Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
ROLES DEL PSICOLOGO FORENCE EN EL PROCESO PENAL COLOMBIANO - Coggle Diagram
ROLES DEL PSICOLOGO FORENCE EN EL PROCESO PENAL COLOMBIANO
ASESOR
instruye o señala, bien sea a un fiscal o a un defensor, cuestiones puntuales de la
disciplina psicológica, en cualquier momento de la actuación procesal (Lobo, 2014, p. 7).puede asesorar a la víctimas.
INVESTIGACION
La audiencia de solicitud de imposición de medida de aseguramiento
la Fiscalía pretende que, en una audiencia preliminar, el juez de control de garantías imponga límites a libertades y derechos del procesado, con el propósito de que este no vaya a evadir la administración de justicia; no altere, destruya o afecte las potenciales
La audiencia preliminar de revocatoria de la medida de aseguramiento
se busca dejar sin efecto la medida impuesta, sea privativa o no privativa de la libertad; por tanto, resulta oportuna la colaboración de un psicólogo forense, porque, a través de su orientación sería factible desvirtuar alguno de los elementos que el juez de control de garantías de turno tuvo en cuenta al momento de decretar la medida de aseguramiento.
EN ETAPA DE JUICIO O JUZGAMIENTO
Audiencias preliminares de medida de aseguramiento y de su revocatoria.
En la audiencia de Juicio oral.
quien es solicitado como asesor, eventualmente puede intervenir en la audiencia como
perito
Psicologo asesor
La asesoría prestada en juicio implica que el psicólogo acuda a las diferentes sesiones de audiencia, o haga una asesoría “fuera de la sala”, al monitorear el desarrollo de las sesiones a través de los videos que resultan de las mismas, solo que esto limita sus posibilidades y el aprovechamiento del rol.
PERITO
En sentido estricto
El psicólogo forense cumple alguna actividad relacionada con una audiencia preliminar, debe estar preparado para pasar al estrado a declarar y sustentar el informe que entregó a la parte que lo presentó.
Peritos con quienes se ejerce el principio de contradicción
las partes e intervinientes podrán conocer, controvertir o confrontar los medios de prueba, así como oponerse a las peticiones y alegatos de unos y otros.
Testigo perito de confrontación (refutación en sentido general; De Castro, 2010) o intrínseca (Fajardo, 2013 y Carvajal, 2014).
su controversia será desde un
plano técnico-científico y práctico.
Testigo perito de refutación en sentido estricto (refutación extrínseca [Fajardo
2013]).
Solo esta presente cuando hay una afirmacion en el juicio oral y debe ser cuestionada.
perito ilustrador (testigo experto)
El perito en sentido estricto (tomando como referente al psicólogo), conoce del caso, porque ha llevado a cabo una evaluación psicológica forense.
El perito ilustrador, que expone en la audiencia aspectos, teorías, o conocimientos propios de la Psicología .( corte teórico o académico).
Testigo perito ilustrador (deducendi)
TESTIGO MEDIO O DE ACREDITACION
El testigo de acreditación
persona que asiste al juicio para por el sujeto procesal que pretende aducir el elemento material probatorio..
Prueba de referencia admisible.
el juicio oral no son pruebas.
La admisión excepcional de la prueba de
referencia, en cinco circunstancias:
el testigo padece de una grave enfermedad que le impide declarar.
el testigo ha fallecido.
el testigo ha sido
víctima de un delito de secuestro, desaparición forzada o evento similar a estos.
el caso en que el testigo sea menor de dieciocho (18) años y es víctima de un delito contra la libertad, integridad y formación sexuales.
cuando el testigo manifieste, bajo la
gravedad de juramento, que ha perdido la memoria.
APOYO EN LA PRACTICA DE LOS TESTIMONIOS ESPECIALES
El psicólogo como colaborador para la recepción del testimonio
o la declaración de niños, niñas o adolescentes
disposiciones del Código de la infancia y la adolescencia (ley 1098 de 2006)