Art. 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia
CPE Art.21
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La privacidad, dignidad y honor de las personas deben ser respetados.
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Pueden expresar sus ideas en cualquier forma, oral, escrita o visual, de manera individual o en grupo.
Todos tienen derecho a buscar, entender y compartir información libremente.
Pueden vivir, quedarse y viajar por todo el país, incluso entrar y salir.