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Obligaciones, Derechos y Prohibiciones - Coggle Diagram
Obligaciones, Derechos y Prohibiciones
Patrones
Preferir, en igualdad de circunstancias, a los guatemaltecos
sobre quienes no lo son
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Dar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para ejecutar el trabajo convenido
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Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares, sin reducción de salario.
Deducir del salario del trabajador las cuotas ordinarias y extraordinarias que le corresponda pagar a su respecto o sindicato o cooperativa
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Permitir a los trabajadores campesinos que tengan su
vivienda en terrenos de la empresa donde trabajan
Permitir a los trabajadores campesinos que aprovechen los frutos y productos de las parcelas de tierra que les concedan
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Trabajadores
Exigir o aceptar dinero u otra compensación de los trabajadores como gratificación para que se les admita en el trabajo
Obligar o intentar obligar a los trabajadores, cualquiera que sea el medio que se adopte
Inducir o exigir a sus trabajadores que compren sus artículos de consumo a determinados establecimientos o personas.
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Retener por su sola voluntad las herramientas u objetos del trabajador sea como grano título de indemnización o de cualquier otro no traslado de propiedad.
Hacer o autorizar colectas o suscripciones obligatorias entre sus trabajadores, salvo que se trate de las impuestas por la ley
Dirigir o permitir que se dirijan los trabajos en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas estupefacientes o en cualquier otra condición anormal análoga
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OBLIGACIONES
Ejecutar el trabajo con la eficiencia, cuidado y esmeros apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
Restituir al patrono los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles que se les faciliten para el trabajo.
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Guardar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente
Desempeñar el servicio contratado bajo la dirección del patrono o de su representante, a cuya autoridad quedan sujetos en todo lo concerniente al trabajo.
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Desocupar dentro de un término de treinta días, contados
desde la fecha en que se termine el contrato de trabajo
PROHIBICIONES
Hacer durante el trabajo o dentro del establecimiento,
propaganda política o contraria a las instituciones demócratas creadas por la Construcción
Trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas estupefacientes o en cualquier otra condición anormal análoga.
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Abandonar el trabajo en horas de labor sin causa justificada sin licencia del patrono o de sus jefes inmediatos.
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