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LEY 1090 DE 2006 SOBRE LA PROFESIÓN DE PSICOLOGÍA - Coggle Diagram
LEY 1090 DE 2006 SOBRE LA PROFESIÓN DE PSICOLOGÍA
Responsabilidad del psicólogo
COMPETENCIA
LOS PSICÓLOGOS DEBEN RECONOCER LOS LÍMITES DE SU COMPETENCIA Y LAS LIMITACIONES DE SUS TÉCNICAS
RESPONSABILIDAD
LOS PSICÓLOGOS DEBEN MANTENER LOS MÁS ALTOS ESTÁNDARES DE SU PROFESIÓN Y ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE LAS CONSECUENCIAS DE SUS ACTOS
ESTÁNDARES MORALES Y LEGALES
LOS PSICÓLOGOS DEBEN REGIRSE POR LOS ESTÁNDARES DE LA COMUNIDAD Y ESTAR ATENTOS AL IMPACTO QUE LA CONFORMIDAD O DESVIACIÓN DE ESOS ESTÁNDARES PUEDE TENER SOBRE LA CALIDAD DE SU DESEMPEÑO COMO PSICÓLOGOS
ANUNCIOS PÚBLICOS
LOS PSICÓLOGOS DEBEN PUBLICAR CUIDADOSA Y OBJETIVAMENTE SUS COMPETENCIAS PROFESIONALES, SUS AFILIACIONES Y FUNCIONES
CONFIDENCIALIDAD
LOS PSICÓLOGOS TIENEN UNA OBLIGACIÓN BÁSICA RESPECTO A LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN OBTENIDA DE LAS PERSONAS EN EL DESARROLLO DE SU TRABAJO COMO PSICÓLOGOS
BIENESTAR DEL USUARIO
LOS PSICÓLOGOS DEBEN RESPETAR LA INTEGRIDAD Y PROTEGER EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS Y DE LOS GRUPOS CON LOS CUALES TRABAJAN
RELACIONES PROFESIONALES
LOS PSICÓLOGOS DEBEN ACTUAR CON LA DEBIDA CONSIDERACIÓN RESPECTO DE LAS NECESIDADES, COMPETENCIAS ESPECIALES Y OBLIGACIONES DE SUS COLEGAS EN LA PSICOLOGÍA Y EN OTRAS PROFESIONES
EVALUACIÓN DE TECNICAS
LOS PSICÓLOGOS DEBEN PROMOVER EL BIENESTAR Y LOS MEJORES INTERESES DEL CLIENTE, EVITAR EL USO INDEBIDO DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN Y GARANTIZAR EL USO DEBIDO DE LAS TÉCNICAS DE EVALUACIÓN
Requisitos para ejercer la profesión de psicólogo
ACREDITAR FORMACIÓN ACADÉMICA
LOS PSICÓLOGOS DEBEN ACREDITAR SU FORMACIÓN ACADÉMICA E IDONEIDAD PROFESIONAL MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DEL TÍTULO RESPECTIVO
CUMPLIR DISPOSICIONES DE LEY
LOS PSICÓLOGOS DEBEN CUMPLIR CON LAS DEMÁS DISPOSICIONES DE LEY
OBTENER TARJETA PROFESIONAL
LOS PSICÓLOGOS DEBEN OBTENER LA TARJETA PROFESIONAL EXPEDIDA POR EL COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS
DERECHOS DEL PSICÓLOGO
SER RESPETADO Y RECONOCIDO COMO PERSONAL CIENTIFICO.
RECIBIR PROTECCIÓN ESPECIAL.
EJERCER LA PROFESIÓN DESDE EL MARCO DE LAS NORMAS DE ÉTICA
PROMOVER INNOVACIONES EN EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
CONTAR CON RECURSO HUMANO, TECNOLOGÍA Y INSUMOS ADECUADOS.
Deberes del psicólogo
CUMPLIR CON LAS NORMAS VIGENTES RELACIONADAS CON LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS ÁREAS DE LA SALUD, EL TRABAJO, LA EDUCACIÓN, LA JUSTICIA Y DEMÁS CAMPOS DE ACCIÓN DEL PSICÓLOGO.
RESPETAR LOS PRINCIPIOS Y VALORES QUE SUSTENTAN LAS NORMAS DE ÉTICA VIGENTES PARA EL EJERCICIO DE SU PROFESIÓN Y EL RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS.
CUMPLIR CON LOS DEBERES PROFESIONALES ESTABLECIDOS EN LA LEY.
Prohibiciones del psicólogo
PARTICIPAR HONORARIOS ENTRE PSICÓLOGOS O CON CUALQUIER OTRO PROFESIONAL, SIN PERJUICIO DEL DERECHO A PRESENTAR HONORARIOS EN CONJUNTO POR EL TRABAJO REALIZADO EN EQUIPO
ANUNCIAR O HACER ANUNCIAR LA ACTIVIDAD PROFESIONAL COMO PSICÓLOGO PUBLICANDO FALSOS ÉXITOS TERAPÉUTICOS, ESTADÍSTICAS FICTICIAS, DATOS INEXACTOS; PROMETER RESULTADOS EN LA CURACIÓN O CUALQUIER OTRO ENGAÑO
REVELAR SECRETO PROFESIONAL SIN PERJUICIO DE LAS RESTANTES DISPOSICIONES QUE AL RESPECTO CONTIENE LA PRESENTE LEY
OMITIR O RETARDAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES PROFESIONALES
SOLICITAR O ACEPTAR PREBENDAS O BENEFICIOS INDEBIDOS PARA REALIZAR SUS ACTIVIDADES
REALIZAR ACTIVIDADES QUE CONTRAVENGAN LA BUENA PRÁCTICA PROFESIONAL