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Prescripción - Coggle Diagram
Prescripción
Deudas
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Aprovecha a los fiadores
La prescrición que esté a favor del deudor principal, aprovecha a sus fiadores (CCEM, 2002, art. 7.470).
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Personas beneficiadas
La prescripción extintiva aprovehca a todos, aún los que no puedan obligarse por sí mismos (CCEM, 2002, art. 7.466).
Renuncia al tiempo
Se puede renunciar al tiempo ganado, pero no como tal al derecho para prescribir en lo sucesivo y debe ser expreso (CCEM, 2002, art. 7.471).
Plazo genérico
Las obligaciones se extinguen por prescripción en cinco años, que se cuentan desde que se pudieron exigir, a excepción de lo que establezca la ley (CCEM, 2002, art. 7.474).
Terceros interesados
Quienes tengan un interés legírimo, pueden hacer valer el tiempo corrido, sin importar que el deudor hata renunciado a los derechos adquiridos (CCEM, 2002, art. 7.472).
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