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CLAUSULADO GENERAL A TENER EN CUENTA A LA HORA DE REDACTAR UN CONTRATO…
CLAUSULADO GENERAL A TENER EN CUENTA A LA HORA DE REDACTAR UN CONTRATO INTERNACIONAL
Un contrato internacional debe establecer de forma clara, específica y coherente las partes involucradas, el propósito del acuerdo y su contenido esencial.
Cláusulas esenciales a incluir en un contrato internacional:
Encabezamiento y título del contrato
Predefine jurídicamente el contrato, y suele constar en la primera página del contrato.
“Contrato De Joint Venture Internacional (Joint Venture Societaria O Equity Joint Venture)”.
Identificación de las partes contratantes
El contrato internacional se inicia con la identificación de las partes contratantes.
Lugar y fecha del contrato
La fijación del lugar donde se ha concluido el contrato es relevante para determinar la ley aplicable.
Mientras que la fecha del contrato es importante para establecer su validez y las leyes que se aplican en ese momento.
“En la ciudad de ………, a …… de ……… de ……”.
Preámbulo del contrato
Las partes expresan cuál es el motivo que las ha llevado a contratar.
Definiciones
Definen los conceptos que se van a manejar a lo largo del propio contrato.
“BBB” persona jurídica destinada a llevar a cabo la promoción inmobiliaria en los terrenos de “AAA”.
“Sociedad” es la sociedad fundada por “AAA” y “BBB” para llevar a cabo el objetivo común de desarrollar la actividad de construcción
“AAA” entidad propietaria de los terrenos.
Validez del contrato
Todos los contratos son válidos únicamente por el acuerdo de las partes involucradas, sin necesidad de cumplir con otros requisitos formales para su celebración, modificación o terminación.
Obligaciones de las partes
Se deben definir las responsabilidades de ambas partes de manera clara, simple y coherente, especificando aspectos como la entrega de la mercancía, el precio y las condiciones de pago.
Tercera: La venta se realizará bajo términos comerciales específicos, siguiendo las Reglas Internacionales de la CCI INCOTERMS.
Cuarta: El vendedor asegura al comprador que las mercancías entregadas no tienen defectos de fabricación.
Segunda: El comprador deberá pagar al vendedor el precio de las mercancías en la moneda acordada.
Quinta: El comprador pagará al vendedor el precio acordado en el contrato.
Primera: el objeto de la compraventa está detallado en el Anexo 1 del contrato.
Cláusula de fuerza mayor
Término en un contrato que permite suspender o terminar el acuerdo sin responsabilidad.
Si circunstancias excepcionales perturban el equilibrio inicial del contrato y dificultan el cumplimiento de las obligaciones de alguna de las partes.
Cláusula penal
Supone la indemnización tasada de daños y perjuicios en el caso de incumplimiento contractual.
Cláusula de reserva de dominiol
El vendedor retiene la propiedad de la mercancía hasta que el comprador haya pagado el precio
Cláusula de revisión de precio
Permite protegerse contra cambios inesperados y significativos en el costo de los bienes o servicios acordados.
Entrada en vigor
El contrato generalmente entra en vigor en el momento de su formalización, es decir, cuando se firma.
Cláusula de resolución de controversias
Incluir una cláusula de este tipo en el contrato
b) Excluye la intervención de los órganos jurisdiccionales para resolver el litigio.
c) Concede atribuciones a los árbitros para decidir sobre las cuestiones planteadas por las partes.
a) Crea una serie de obligaciones entre las partes contratantes.
d) Indica que, en caso de litigio, ambas partes se someterán al arbitraje de un organismo especializado.
Arbitraje comercial internacional: mecanismo de resolución de controversias extrajudicial rápido, económico y eficaz.
La designación de la ley aplicable al fondo del asunto son dos cuestiones que deben quedar bien “atadas” a la firma del contrato.
La determinación por las partes contratantes del órgano competente para resolver las controversias que puedan surgir derivadas de la firma del contrato.
Cláusula de elección de ley
Es esencial por tres razones:
3) Permite a las partes seleccionar el derecho que mejor se adapte a sus intereses.
2) Previene problemas y reduce costos en caso de disputas
1) Facilita el cumplimiento del contrato al conocer la ley aplicable
Terminación del contrato
Determinar las causas de finalización del contrato internacional
Terminación de la Joint Venture:
a) Por vencimiento del plazo señalado anteriormente.
b) Por mutuo acuerdo de las partes.
Rescisión contractual
El contrato puede ser rescindido por cualquiera de las partes en caso de
a) Que exista una situación de incumplimiento, por una de las partes, de las obligaciones que asume por el presente contrato.
b) Por contravenir cualquiera de los pactos que se estipulan en el presente contrato.
Cláusulas finales
El contrato finaliza con la firma de las partes o de sus representantes legales, que han de tener el poder para obligar a su representado en virtud del contrato.
a) Cláusula “modificación por forma escrita”.
En contratos internacionales escritos, es común incluir una cláusula que requiere que cualquier modificación o terminación del contrato también sea realizada por escrito.
b) Cláusula Entire agreement.
Establece que el contenido del contrato, acordado por ambas partes, es definitivo y excluye cualquier otro documento.
c) Cláusula de confidencialidad.
Establece que la información intercambiada para concluir el contrato debe mantenerse en secreto.
d) Cláusula sobre notificaciones entre las partes.
Establece los domicilios de las partes involucradas en el contrato internacional para realizar cualquier comunicación relevante.
e) Cláusula de impuestos y gastos.
Busca dividir justamente los impuestos y gastos incurridos durante las negociaciones necesarias para firmar el contrato.
f) Cláusula de idioma.
Se determina la lengua o lenguas oficiales del contrato.
g) Cláusula “número de copias” y firma de las partes.
Establece que todas las copias oficiales del contrato son parte integrante del mismo. Para finalizar el contrato, es necesario:
Que las partes firmen el documento, demostrando así su acuerdo y compromiso para cumplir con lo estipulado en el contrato.
Nombre:
María Paula Sulca López.
Materia:
Contratación Internacional.
NRC:
10798.
Tutor:
Ing. Machado Espinosa Franco Agustín.