Sentencia. Los requisitos por establecer en la sentencia se enuncian en el art 74 de la LAmp. Entre otros, se señala que deberá establecerse el análisis sistemático de todos los conceptos de violación o en su caso de todos los agravios, asi como las consideraciones y fundamentos legales en que se apoye para conceder, negar o sobreseer.
Respecto al fondo de la resolución en la materia de amparo directo, el art 189 de la LAmp agrega que el órgano jurisdiccional procederá al estudio de los conceptos de violación atendiendo a su prelación lógica y privilegiando en todo caso el estudio de aquellos que, de resultar funda-dos, redunden en el mayor beneficio para el quejoso.
Asimismo, en todas las materias, se privilegiará el estudio de los conceptos de violación de fondo por encima de los de procedimiento y forma, a menos que invertir el orden redunde en mayor beneficio para el quejoso, según dicho principio pro persona.
Habrá de estarse también al principio de suplencia de la queja, según el art 174 de la LAmp, el cual dispone que el tribunal colegiado de circuito deberá decidir respecto de todas las violaciones procesales hechas valer y aquellas que, en su caso, advierta en suplencia de la queja.