Si en la audiencia preliminar el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución logra conciliar las posiciones de las partes a través de los medios de auto composición procesal, se dará por concluido el proceso, mediante sentencia en forma oral, dictada por el juez de forma inmediata, homologando el acuerdo de las partes, la cual reducirá en acta y tendrá efecto de cosa juzgada (art. 133 LOPT).