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Declaración patrimonial
Base legal
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Art.40 LRTI
Plazos para la declaración.- Las declaraciones del impuesto a la renta serán presentadas anualmente, por los sujetos pasivos.
Concordancias:
LEY DE COMPAÑÍAS, Arts. 404, 405, 406
CÓDIGO CIVIL (TÍTULO PRELIMINAR), Arts. 33
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Fecha de presentación
Será presentado anualmente en el mes de mayo del año respecto del cual se
presenta la información, conforme el noveno dígito de la cédula o RUC, de
acuerdo al siguiente calendario:
Componentes de activos
Vehículos motorizados terrestres, naves y aeronaves
Se los deberá registrar al valor comercial, que en ningún caso podrá ser menor a aquel establecido como base imponible para el pago del impuestoa los vehículos motorizados ;
Bienes inmuebles
Los bienes inmuebles deberán registrarse de acuerdo a su valor comercial, que en ningún caso será inferior al valor que conste en el catastro municipalrespectivo.
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Monto de actividad
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Sociedad conyugal
Presentarán su declaración en forma anual cuando el total de activos supere el monto equivalente a 40 fracciones para el año 2023 es 468.880,00 $
Sanciones
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Faltas Reglamentarias
Serán sancionadas con una multa que no sea inferior a 30 dólares ni exceda de 1.000 dólares de los Estados Unidos de América
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