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DECLARACION PATRIMONIAL
La "Declaración Patrimonial" se refiere al proceso de declarar los bienes e intereses de una persona, generalmente con fines fiscales o de transparencia.
BASE LEGAL
(LRTI) Art. 40.- Plazos para la declaración.- Las declaraciones del impuesto a la renta serán presentadas anualmente, por los sujetos pasivos en los lugares y fechas determinados por
el reglamento.
En el caso de la terminación de las actividades antes de la finalización del ejercicio impositivo, el contribuyente presentará su declaración anticipada del impuesto a la renta.
Una vez presentada esta declaración procederá el trámite para la cancelación de la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes o en el registro de la suspensión de actividades económicas, según corresponda.
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Art. 69 del RALRTI señalan que las personas naturales (individual ) residentes en el Ecuador, cuyos
activos al primero de enero de cada año superen los 20 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta USD 226.20, deben declarar
ii) el porcentaje que les corresponda en la sociedad conyugal o unión de hecho
que integren, y
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i) su patrimonio considerando para el
cálculo,
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Sociedad conyugal o unión de hecho deben presentar una declaración conjunta si sus activos comunes superan los 40 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta USD 452.40.
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