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Tema 6: Aceptación y renuncia de herencia: Es aquel acto en virtud del…
Tema 6: Aceptación y renuncia de herencia: Es aquel acto en virtud del cual una persona llamada por ley o voluntad del testador asume voluntariamente la titularidad de los derechos y obligaciones a la calidad de heredero
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Plazo para pedir judicialmente la aceptación o renuncia de herencia: Art 1023 CC: 9 días tras el fallecimiento del de cujus
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Abandono de la herencia: El heredero bien puede abandonar la herencia haciendo saber en forma expresa esta decisión al juez mediante memorial.