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CAMBIOS EN EL SISTEMA EDUCATIVO, 1. Tiene valor intrínseco., Acuerdos y…
CAMBIOS EN EL SISTEMA EDUCATIVO
Año lectivo
Art. 168. Año lectivo.
2 periodos académicos
Actividades educativas como:
Clases presenciales
Clases sincrónicas
Evaluaciones
Tutorías
Actividades autónomas
Art. 169. Cronograma escolar.
La autoridad educativa nacional emitirá un cronograma escolar para instituciones fiscales.
Las instituciones particulares elaboraran sus propios cronogramas escolares.
Características de la evaluación estudiantil.
2.
Valora el desarrollo integral del estudiante.
3.
Es continua.
4.
Incluye diversos formatos e instrumentos.
5.
Diferencias, intereses y necesidades educativas.
6.
Criterios de evaluación explícitos.
instrumentos y herramientas de la institución educativa
Art. 89. Plan Educativo Institucional.
Planificación estratégica de la
institución educativa.
Art 93. Plan de Gestión de Riesgo.
Herramienta de análisis y planificación estratégica
destinada a que cada institución educativa.
Art 91. Vigencia.
Tendrá una vigencia de cuatro (4) años.
Art 92. Código de Convivencia
.
Art 90. Desarrollo, registro e implementación.
Construido
de manera participativa con actores de toda la comunidad educativa.
Normativa referente a la evaluación
Proceso continuo
Valoración
Avance hacia los objetivos de aprendizaje.
Observación
Registro
Sistema de retroalimentación
Oportuna
Pertinente
Precisa
Detallada
Inclusión educativa
Parágrafo I
Generalidades
Art. 153. Inclusión educativa
Garantía del ejercicio pleno
del derecho a una educación de calidad.
Art. 157.Accesibilidad universal.
Condición que debe
aplicarse en todos los entornos educativos, instrumentos, herramientas y dispositivos.
Art. 156. Situación de vulnerabilidad.
Personas que tienen poca o nula capacidad
de protección frente a la existencia de una amenaza.
Art. 154. Educación inclusiva.
Facilitará el acceso, permanencia, aprendizaje, participación, promoción y culminación de los estudios.
Art. 155. Barreras de aprendizaje.
factores físicos, metodológicos,
organizativos, comunicacionales, actitudinales, sociales, entre otros.
Parágrafo II
Necesidades Educativas Específicas
Art. 158. Necesidades educativas específicas.
Apoyo o adaptaciones educativas temporales o permanentes.
Eliminación de barreras de aprendizaje, accesibilidad, comunicación.
Art. 159. Necesidades educativas específicas asociadas a la discapacidad.
Discapacidad física
Multidiscapacidad
Sordoceguera
Discapacidad intelectual
Discapacidad sensorial
Discapacidad psicosocial
Art. 160. Necesidades educativas específicas asociadad a la no discapacidad.
Dificultades específicas de aprendizaje: dislexia, discalculia, etc.
Situaciones de vulnerabilidad
Capacidades intelectuales
Art. 161. Promoción de estudiantes con dotación superior o altas capacidades.
Acceso a todos los servicios educativos, modalidades jornadas, niveles educativos.
Art. 162. Particularidades de la oferta de educación inclusiva para personas con necesidades educativas específicas.
Metodología y objetivos inherentes al proceso pedagógico educativo.
Acompañamiento y asesoramiento de los departamentos de inclusión educativa.
Art. 163. Servicio educativo especializado.
Planes, programas y servicios educativos destinado a la atención de personas con discapacidad con edad escolar.
Art. 164. Población objetiva del servicio educativo especializado
.
Evaluación psicopedagógica.
a. Discapacidad intelectual severa o profunda
b. Discapacidades con compromiso intelectual severo o profundo;
c. Multidiscapacidad con compromiso intelectual
d. Sordoceguera
e. Personas Sordas
Gestión escolar
Art. 87. Propuesta pedagógica.
Toma como marco de referencia los principios que señala la Ley Orgánica
de Educación Intercultural.
Para que la institución proponga acciones encaminadas al desarrollo integral de la población estudiantil.
Art. 88. Registro.
La propuesta pedagógica será registrada por el representante legal o promotor
de la institución educativa.
1.
Tiene valor intrínseco.
Acuerdos y compromisos que constituirán las directrices de la comunidad educativa.