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los contratos de compraventa internacional de mercancias - Coggle Diagram
los contratos de compraventa internacional de mercancias
CAPITULO 1
ARTICULO 4
La Convención regula exclusivamente la formación del contrato de compraventa y los derechos y obligaciones del vendedor y del comprador derivados de dicho contrato.
No aborda la validez del contrato ni sus cláusulas, ni los efectos que el contrato pueda tener sobre la propiedad de las mercaderías vendidas.
ARTICULO 5
: La Convención no se aplica a la responsabilidad del vendedor
por muerte o lesiones corporales causadas por las mercaderías.
ARTICULO 3
Se consideran compraventas los contratos de suministro de mercaderías que deban ser manufacturadas o producidas, a menos que la parte que encargue las mercaderías asuma la obligación de proporcionar una parte sustancial
de los materiales necesarios para su fabricación o producción. La Convención no se aplica a contratos donde la principal obligación de la parte que suministra las mercaderías sea proporcionar mano de obra u otros servicios.
ARTICULO 6
ARTICULO 2
La Convención no se aplica a ciertas compraventas, incluyendo las mercaderías compradas para uso
DOMESTICO
COMPRAS EN SUBASTAS
PERSONAL
COMPRAS JUDICIALES
EFECTOS DE COMERCIO
COMPRAS DE ELECTRICIDAD
ARTICULO 6
Las partes tienen la opción de excluir la aplicación de la Convención, establecer excepciones a sus disposiciones o modificar sus efectos
excepto en lo dispuesto en el artículo 12.
ARTICULO 1
La Convención se aplica a los contratos de compraventa de mercaderías entre partes que tengan sus establecimientos en diferentes Estados contratantes
No se considerará la ubicación de las partes si no está establecido en el contrato, los tratos entre ellas o la información revelada antes o en el momento de la celebración del contrato.
puede aplicarse cuando las normas de derecho internacional privado indiquen la aplicación de la ley de un Estado contratante
La nacionalidad y el carácter civil o comercial de las partes o del contrato no se tienen en cuenta para determinar la aplicación de la Convención.
CAPITULO 2
PRIMERA PARTE
ARTICULO 7
En la interpretación de la Convención, se deben considerar su carácter internacional, promover la uniformidad en su aplicación y garantizar la observancia de la buena fe en el comercio internacional
Las cuestiones no resueltas explícitamente se resolverán según los principios generales de la Convención
o, en su ausencia, según la ley aplicable según las normas de derecho internacional privado
ARTICULO 8
Las declaraciones y acciones de una parte se interpretarán de acuerdo con su intención, siempre que la otra parte la haya conocido o no haya podido ignorarla
En caso contrario, se interpretarán de acuerdo con el sentido que una persona razonable en la misma situación habría dado
Para determinar la intención de una parte o el sentido que habría dado una persona razonable, se deben considerar todas las circunstancias relevantes
PRACTICAS ESTABLECIDAS
NEGOCIACIONES
COMPORTAMIENTO POSTERIOR
ARTICULO 9
Las partes estarán obligadas por cualquier uso acordado entre ellas y cualquier práctica establecida
A menos que se acuerde lo contrario, se considerará que las partes han aplicado tácitamente al contrato o a su formación un uso ampliamente conocido
regularmente observado en contratos similares en el comercio internacional.
ARTICULO 10
Para fines de la Convención, si una de las partes tiene múltiples establecimientos, se considerará que el establecimiento más estrechamente relacionado con el contrato y su cumplimiento es el relevante.
Si una de las partes no tiene establecimiento, se tomará en cuenta su residencia habitual
ARTICULO 11
: El contrato de compraventa no necesita ser celebrado o probado por escrito ni está sujeto a otros requisitos de forma
Puede ser probado por cualquier medio, incluyendo testimonios.
SEGUNDA PARTE
ARTICULO 14
Se establece que una propuesta de contrato se considerará una oferta si es lo suficientemente precisa y muestra la intención del oferente de estar obligado en caso de aceptación.
ARTICULO 15
La oferta surtirá efecto cuando llegue al destinatario. Incluso si la oferta es irrevocable, se puede retirar si el retiro llega al destinatario antes o al mismo tiempo que la oferta.
ARTICULO 16
La oferta puede ser revocada hasta que se perfeccione el contrato si la revocación llega al destinatario antes de que este envíe la aceptación
ARTICULO 17
: La oferta quedará extinguida cuando el rechazo llegue al oferente
ARTICULO 31
El vendedor tiene la obligación de entregar las mercaderías, transferir su propiedad y entregar los documentos relacionados de acuerdo con lo establecido en el contrato y en la Convención.
a) si el contrato implica el transporte de las mercaderías, el vendedor debe ponerlas en manos del primer transportista para su traslado al comprador
si se trata de mercaderías específicas o no identificadas que deben ser extraídas de una masa determinada o manufacturadas en un lugar conocido al momento de la celebración del contrato, el vendedor debe ponerlas a disposición del comprador en ese lugar
en otros casos, el vendedor debe poner las mercaderías a disposición del comprador en el lugar donde el vendedor tenga su establecimiento en el momento de la celebración del contrato.
ARTICULO 32
en otros casos, el vendedor debe poner las mercaderías a disposición del comprador en el lugar donde el vendedor tenga su establecimiento en el momento de la celebración del contrato.
Si el vendedor no está obligado a contratar un seguro de transporte, debe proporcionar al comprador, a petición de este, la información necesaria para obtener un seguro.
Si el vendedor tiene la responsabilidad de organizar el transporte, debe realizar los contratos necesarios para que se realice hasta el lugar designado utilizando los medios de transporte adecuados
FABRICIO VIZCAINO
CAPITULO 3
ARTICULO 53
El comprador tiene la obligación de pagar el precio de las mercaderías y recibirlas de acuerdo con lo establecido en el contrato y en la Convención
ARTICULO54
La obligación del comprador de pagar el precio incluye tomar las medidas y cumplir los requisitos establecidos en el contrato o en las leyes y regulaciones aplicables para facilitar el pago.
ARTICULO 55
Si el contrato no establece expresamente el precio o un método para determinarlo, se considerará que las partes implícitamente se refieren al precio generalmente cobrado
en el momento de la celebración del contrato por mercaderías similares en el mismo ámbito comercial.
ARTICULO 57
: El comprador debe pagar el precio en el establecimiento del vendedor o en el lugar de entrega si el pago se realiza contra la entrega de las mercaderías o los documentos.
Si el vendedor cambia su establecimiento después de la celebración del contrato, debe asumir cualquier aumento en los gastos relacionados con el pago
ARTICULO 58
El comprador debe pagar el precio cuando el vendedor ponga las mercaderías o los documentos a su disposición de acuerdo con el contrato y la Convención.
El vendedor puede hacer del pago una condición para la entrega.
Si el contrato implica el transporte de las mercaderías, el vendedor puede exigir el pago antes de entregar las mercaderías o los documentos
El comprador no está obligado a pagar el precio hasta que haya tenido la oportunidad de examinar las mercaderías, a menos que las condiciones de entrega o pago acordadas sean incompatibles con esta posibilidad.
ARTICULO 59
El comprador debe pagar el precio en la fecha acordada o determinable según el contrato y la Convención, sin necesidad de requerimiento u otra formalidad por parte del vendedor.
ARITUCLO 60
La obligación del comprador de recibir las mercaderías implica realizar los actos razonables para permitir que el vendedor realice la entrega y hacerse cargo de las mercaderías.
ARTICULO 61
Si el comprador no cumple con sus obligaciones según el contrato o la Convención, el vendedor puede ejercer sus derechos y acciones establecidos en los artículos 62 a 65 y exigir una indemnización por daños y perjuicios
El vendedor no pierde el derecho a reclamar una compensación incluso si ejerce otros derechos o acciones.
CAPITULO 4
ARTICULO 66
La pérdida o el deterioro de las mercaderías después de que el riesgo se haya transferido al comprador no exime al comprador de su obligación de pagar el precio, a menos que sea causado por un acto u omisión del vendedor
ARTICULO 67
En los contratos de compraventa que implican transporte de las mercaderías, el riesgo se transmite al comprador cuando las mercaderías son entregadas al primer transportista para su traslado al comprador.
Si el vendedor está obligado a entregar las mercaderías a un transportista en un lugar determinado, el riesgo no se transmite al comprador hasta que las mercaderías estén en poder del transportista en ese lugar
ARTICULO 68
El riesgo de las mercaderías en tránsito se transfiere al comprador desde la celebración del contrato
Sin embargo, si se desprende de las circunstancias que el riesgo debe ser asumido por el comprador desde el momento en que las mercaderías están en poder del transportista que emitió los documentos de transporte, el riesgo se transmite en ese momento
articulo 69
En los casos no contemplados en los artículos 67 y 68, el riesgo se transmite al comprador cuando este toma posesión de las mercaderías o, si no lo hace a tiempo,
, desde el momento en que las mercaderías están a su disposición y él incurre en incumplimiento del contrato al rechazar su recepción.
Sin embargo, si el comprador está obligado a hacerse cargo de las mercaderías en un lugar distinto al establecimiento del vendedor, el riesgo se transmite cuando se debe realizar la entrega y el comprador sabe que las mercaderías están disponibles en ese lugar
articulo 70
Si el vendedor incumple de manera significativa el contrato, las disposiciones de los artículos 67, 68 y 69 no afectan los derechos y acciones del comprador como consecuencia del incumplimiento
CAPITULO 5
ARTICULO 71
ualquiera de las partes puede retrasar el cumplimiento de sus obligaciones si es evidente que la otra parte no cumplirá una parte sustancial de sus obligaciones debido a una grave disminución de su capacidad o solvencia
ARTICULO 72
Si es evidente antes de la fecha de cumplimiento que una de las partes incumplirá de manera significativa el contrato, la otra parte puede declararlo resuelto
ARTICULO 73
En contratos que involucran entregas sucesivas de mercaderías, si el incumplimiento de una de las partes en relación con una entrega constituye un incumplimiento esencial, la otra parte puede declarar resuelto el contrato en relación con esa entrega.
ARITUCLO 74
establece que la indemnización por incumplimiento del contrato debe cubrir la pérdida sufrida y la ganancia dejada de obtener como consecuencia del incumplimiento, pero no puede exceder la pérdida prevista o que debiera haber sido prevista en el momento de la celebración del contrato
SECCION 3
Si una parte no paga el precio u otra suma adeudada, la otra parte tiene derecho a recibir intereses, además de cualquier indemnización por daños y perjuicios según el artículo 74
SECCION 4
Una parte no será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones si puede demostrar que dicho incumplimiento se debe a un impedimento ajeno a su voluntad
y que no podía razonablemente haberlo tenido en cuenta al momento de la celebración del contrato o haberlo evitado o superado.
Si el incumplimiento se debe a un tercero al que se le encargó la ejecución del contrato, la parte estará exonerada de responsabilidad solo si cumple con los requisitos anteriores y si el tercero también estaría exento según dichos requisitos.
La exoneración se mantendrá mientras persista el impedimento. La parte que no cumpla sus obligaciones debe comunicar el impedimento y sus efectos a la otra parte
y si la comunicación no se recibe dentro de un plazo razonable, la parte incumplidora será responsable de los daños causados por la falta de recepción.
ARTICULO 80
Una parte no puede invocar el incumplimiento de la otra parte si dicho incumplimiento fue causado por la primera parte.
SECCION V
La resolución del contrato libera a ambas partes de sus obligaciones, excepto la indemnización por daños y perjuicios que pueda ser debida.
La resolución no afecta las cláusulas del contrato relacionadas con la solución de controversias ni otras disposiciones que regulen los derechos y obligaciones en caso de resolución
ARTICULO 82
El comprador pierde el derecho a declarar resuelto el contrato o exigir al vendedor la entrega de otras mercaderías en sustitución de las recibidas si le es imposible restituir las mercaderías en un estado sustancialmente idéntico al recibido.
hay excepciones si la imposibilidad de restitución no es imputable al comprador, si las mercaderías han perecido o deteriorado debido al examen prescrito o si el comprador ha vendido,
ARTICULO 83
A pesar de perder el derecho a la resolución o a la entrega de mercaderías de reemplazo, el comprador conserva todos los demás derechos y acciones que le corresponden según el contrato y la Convención.
ARTICULO 84
Si el vendedor está obligado a restituir el precio, también debe pagar los intereses correspondientes desde la fecha del pago.
Si el comprador debe restituir las mercaderías o parte de ellas, o si le es imposible hacerlo pero ha declarado la resolución del contrato, debe compensar al vendedor por los beneficios obtenidos de las mercaderías.
SECCION 6
Del mismo modo, si el comprador ha recibido las mercaderías y tiene la intención de ejercer el derecho a rechazarlas,
debe adoptar medidas razonables para su conservación y tiene derecho a retenerlas hasta que se le reembolsen los gastos razonables.
debe tomar medidas razonables para su conservación y tiene derecho a retener las mercaderías hasta que se le reembolsen los gastos razonables.
Si el comprador se retrasa en la recepción de las mercaderías o no paga el precio cuando la entrega y el pago deben ser simultáneos, el vendedor, si está en posesión de las mercaderías
capitulo 87
Si la otra parte se retrasa en la toma de posesión, aceptación o pago de las mercaderías, la parte obligada a conservarlas puede
venderlas por cualquier medio apropiado después de comunicar con antelación razonable su intención de vender. Si las mercaderías están expuestas a un deterioro rápido o si su conservación implica gastos excesivos
la parte obligada a conservarlas debe tomar medidas razonables para venderlas y comunicar su intención de hacerlo.
articulo 89
El Secretario General de las Naciones Unidas es designado como depositario de la Convención.
articulo 90
La Convención no prevalecerá sobre acuerdos internacionales existentes o futuros que contengan disposiciones relacionadas con los temas cubiertos por la Convención, siempre que las partes tengan sus establecimientos en Estados partes en esos acuerdos.
articulo 91
La Convención estará abierta a la firma hasta el 30 de septiembre de 1981 y estará sujeta a ratificación, aceptación o aprobación por los Estados signatarios. También estará abierta a la adhesión de otros Estados.
articulo 92
Los Estados pueden hacer declaraciones al momento de la firma, ratificación, aceptación, aprobación o adhesión para excluir su obligación en la Parte II o Parte III de la Convención.
articulo 93
Los Estados con unidades territoriales que aplican diferentes sistemas jurídicos pueden hacer declaraciones sobre qué unidades territoriales estarán sujetas a la Convención
articulo 94
Dos o más Estados con normas jurídicas idénticas o similares pueden hacer declaraciones para excluir la aplicación de la Convención a los contratos de compraventa cuando las partes tienen establecimientos en esos Estados.
artculo 97
Las declaraciones hechas en el momento de la firma deben ser confirmadas durante la ratificación, aceptación o aprobación. Las declaraciones entrarán en vigor en diferentes momentos según la fecha de notificación formal al depositario
aritculo 98
No se permiten reservas adicionales más allá de las autorizadas por la Convención
articulo 99
La Convención entrará en vigor después del depósito del décimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.
Los Estados que ratifiquen o se adhieran después de ese momento serán parte de la Convención después de 12 meses desde la fecha de depósito de su instrumento.
articulo 100
La Convención se aplicará a la formación y los contratos celebrados después de su entrada en vigor para los Estados partes especificados.
arituclo 96 Los Estados cuya legislación requiera contratos por escrito pueden hacer declaraciones para no aplicar ciertas disposiciones relacionadas con contratos no escritos cuando una de las partes tiene su establecimiento en ese Estado.