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SISTEMA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, Universidad Central del Ecuador, Facultad…
SISTEMA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
MANUAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS A EFECTUARSE EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA
Contratación de bienes y servicios por Íntima cuantía
La unidad requirente deberá solicitar la adquisición de un bien o contratación de un servicio, dicha documentación será remitida a la Unidad de Gestión de Compras
La unidad de Gestión de Compras verificará si el bien o servicio consta en los lineamientos o Plan de Dirección
La unidad de Coordinación Zonales realizará un cuadro comparativo en base a 3 proformas para la contratación del bien
La coordinación general administrativa financiera autorizará la contratación correspondiente con el proveedor que cumpla con todas las condiciones establecidas.
La unidad de Gestión de compras, notificará al proveedor seleccionado la correspondiente orden de compra o servicios.
El proveedor entregará el bien o prestará el servicio o ejecutará la obra correspondiente y emitirá la factura respectiva.
Contratación de bienes y servicios normalizados Catálogo Electrónico
La Unidad de Gestión de compras realizará el estudio del presupuesto referencial en base a los valores establecidos en el portal de Compras Públicas.
La dirección financiera remitirá la disponibilidad presupuestaria y económica original por órgano regular
Se solicitará a la máxima autoridad o su delegado la autorización de inicio del proceso y designación del administrador.
Se verificará que se cumplan con las especificaciones técnicas y demás documentos precontractuales recibirá el bien y remitirá el documento de ingreso y la factura firmada.
Previo a la recepción, el administrador del contrato solicitará a la máxima autoridad la conformación de la comisión de recepción.
Contratación de Bienes y servicios menor cuantía
La máxima autoridad solicitará a la dirección de Asesoría Jurídica la elaboración de la correspondiente resolución.
La unidad de compras, elaborará los pliegos de Menor Cuantía de bienes y servicios conforme al modelo obligatorio utilizando el modulo USHAY PL
La máxima autoridad aprobará los pliegos y remitirá el expediente firmado a la unidad de Gestión de compras
El responsable administrativo procederá con la creación del mismo y la publicación en el portal de compras públicas
El portal de compras públicas enlista mínimo 3 proveedores del nivel cantonal, provincial o nacional, que hayan prestado su manifestación de interés y selecciona al proveedor automáticamente.
Una vez, seleccionado al proveedor, este podrá realizar las preguntas y/o solicitar aclaraciones conforme al cronograma establecido en el pliego.
La unidad de Gestión de compras, publicará el contrato en el portal de compras públicas.
Contratación de Régimen especial
Se realiza la audiencia de preguntas, respuestas y aclaraciones, para lo cual los oferentes acuden en el día y hora establecida en el cronograma del proceso
Las respuestas o aclaraciones al formar parte de los documentos relevantes que deben publicarse en el portal, deben ser consideradas por el proveedor al momento de elaborar sus ofertas.
Los proveedores presentarán sus ofertas de manera física en sobre cerrado en la unidad de Gestión de Compras a través del portal hasta el día y hora señalada en el cronograma
La máxima autoridad remitirá todo e l expediente a la Dirección de asesoría jurídica y a su vez enviará dicha documentación a la Coordinación General Administrativa Financiera.
Contratación de Consultoría Lista Corta
La dirección Administrativa solicitará a la máxima autoridad o su delegado, la conformación de la Comisión Técnica.
La comisión técnica tendrá la facultad de conformar una o más subcomisiones de apoyo para que analicen las ofertas presentadas, cuyo informe se pondrá en consideración a la comisión técnica.
La comisión analizará las convalidaciones y procederá a la evaluación de las ofertas técnicas aplicando la metodología si cumple o no.
En caso que ninguna oferta llega a un puntaje mínimo de 70 puntos, se declarara desierto en el proceso para luego reaperturar el proceso
La comisión en un plazo no mayor a 5 días calendario después de publicar los resultados, se reunirá para conocer el orden de negociación.
La comisión negociará con el oferente los aspectos técnicos, contractuales y los ajustes de la oferta técnica y económica en comparación a lo requerido en los pliegos.
Procedimiento especial de arrendamiento de inmuebles
La unidad de gestión de compras solicitará la disponibilidad presupuestaria y económica
La dirección financiera remitirá la disponibilidad presupuestaria al órgano regular
El órgano regular solicitará a la máxima autoridad la autorización del inicio del proceso y remitirá el arte final de la publicación para su revisión y aprobación.
Se solicitará la elaboración de la correspondiente resolución en la que se dispondrá la publicación en la prensa
La Unidad de gestión de compras elaborará los pliegos de arrendamiento de bienes inmuebles
Se publicará en prensa nacional o local conforme al arte final aprobado.
El administrado del contrato consolidará el expediente de la contratación con los documentos habilitantes para el pago y solicitará la autorización de gasto total, parcial o restante al servidor designado.
El servidor ordenador de pago, previo el correspondiente "control previo", autorizará el pago
La dirección financiera será el responsable de realizar el control previo, verificar la documentación y realizar el pago.
Políticas especificas para el proceso de contratación publica
El ejercicio del control de los actos y contratos, asesoramiento legal a Las entidades, empresas y organismos del sector público y personas Jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos y capacitación en la normativa aplicable a la contratación del estado.
Arrendamiento de bienes inmuebles - Capacitación de formación e inducción - Charlas eventos y reuniones de trabajo - Comunicación social - Consultorías - Contratación de bienes - Seguridad y vigilancia
Todo esto procesos de tiene que pasar por una documentación que sede contener el expediente administrativo de un proceso de contratación publica
REGLAMENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
CAPÍTULO I:
DEL SISTEMA Y SUS ÓRGANOS
Es la entidad rectora del Sistema Nacional de Contratación Pública (SNCP), responsable de las políticas, gestión y administración desconcentrada.
Las entidades contratantes tienen ahora más flexibilidad en sus contrataciones, pudiendo reformar el cronograma precontractual hasta antes de la fase de preguntas y aclaraciones.
El Director Ejecutivo es la máxima autoridad del "Servicio Nacional de Contratación Pública"
Entre las medidas más novedosas, la prohibición de responder preguntas o aclaraciones señalando que el interesado se remita a los pliegos, especificaciones técnicas o términos de referencia.
CAPÍTULO II
DE LAS HERRAMIENTAS DEL SISTEMA
REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES
El proveedor que desee registrarse en el RUP observará el procedimiento que para el efecto dicte el SERCOP
Los procedimientos de selección de proveedores para catálogo electrónico y catálogo dinámico inclusivo, no requieren el Informe de Pertinencia por parte de la Contraloría General del Estado, que tiene por objetivo determina la pertinencia y favorabilidad de la contratación conforme la ley.
Más aún, en los casos en que los proveedores presenten denuncias del procedimiento de contratación en esta sección de preguntas y aclaraciones, la entidad contratante está en la obligación de solventarlas y responder de manera motivada.
Los proveedores del Estado interesados en incorporarse en el catálogo electrónico y en el catálogo dinámico inclusivo, lo podrán hacer de manera permanente durante toda la vigencia del convenio marco respectivo
LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
CONTROL, MONITOREO Y EVALUACION DEL SISTEMA
NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA
Alcance del control
del SNCP
Intensivo, interrelacionado y completamente articulado entre los diferentes entes con
competencia para ello.
Incluirá la fase precontractual, la de ejecución del contrato y la de evaluación
del
mismo.
Cumplimiento de
Atribuciones
Uso obligatorio de las herramientas del Sistema, para rendir cuentas, informar, promocionar
Uso obligatorio de los modelos precontractuales, contractuales oficializados por el Servicio
Nacional de Contratación Públic
proveedores seleccionados no presenten inhabilidad o incapacidad alguna hasta el
momento de la contratación
Atribuciones de los
Organismos de Control
realizar los controles posteriores a los procedimientos
de contratación efectuados por las Entidades Contratantes
Es obligación del Servicio Nacional de Contratación Pública informar a la Contraloría General del
estado y a la procaduria general del estado cada vez que conozca el cometimiento de infracciones a lo dispuesto en la ley
III.
DE LAS HERRAMIENTAS DEL SISTEMA
Registro único de proveedores RUP
Publicidad de la información
• Será pública y estará disponible en el Portal COMPRASPUBLICAS.
• Las Entidades Contratantes no podrán llevar registros adicionales ni exigir a sus oferentes o proveedores la presentación de los documentos.
Obligatoriedad de la inscripción
• Constar en el RUP como proveedor habilitado para participar individualmente o en asociación en las contrataciones. oferentes que intervengan en procesos de menor cuantía podrán no estar inscritos en el RUP; pero, deberán inscribirse en el RUP previa a la suscripción de sus respectivos contratos.
Causales de la suspensión de la RUP
1)
Ser declarado contratista incumplido o adjudicatario fallido, durante el tiempo de cinco (5) años y tres (3) años, respectivamente, contados a partir de la notificación de la resolución de terminación unilateral del contrato o de la resolución con la que se declare adjudicatario fallido;
2)
No actualizar la información requerida para su registro por el Servicio Nacional de Contratación Pública, suspensión que se mantendrá hasta que se realice la actualización correspondiente; y,
3)
Haber sido inhabilitado de conformidad a lo previsto en los incisos segundo y tercero del artículo 100 de esta Ley.
Derechos
• El Servicio Nacional de Contratación Pública establecerá los derechos de inscripción al RUP que deberán pagar los proveedores, los que se regularán en relación de los costos de operación del Sistema.
Portal de compras públicas
• El Sistema Oficial de Contratación Pública del Ecuador COMPRASPUBLICAS será de uso obligatorio para las entidades sometidas a esta Ley y será administrado por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
• Contendrá el RUP, Catálogo electrónico, el listado de las instituciones y contratistas del SNCP, informes de las Entidades Contratantes, estadísticas, contratistas incumplidos y la información sobre el estado de las contrataciones públicas.
• Deberá integrar mecanismos para la capacitación en línea de los actores del SNCP.
Sistema público de información y habilitación de las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, con capacidad para contratar según esta Ley.
I: DEL SISTEMA Y SUS ÓRGANOS
Sistema nacional de contratación Pública
Organos competentes
Objetivos del sistema
El servicio nacional de contratación pública
Directorio
Funciones
Financiamiento del servicio nacional de contratación pública
1 more item...
Son funciones exclusivas del Directorio
Planificar, priorizar, proponer y dictar la política nacional en materia de contratación pública.
Dictar las normas o políticas sectoriales de contratación pública que deben aplicar las entidades competentes
El Directorio del Servicio Nacional de Contratación Pública estará integrado por:
El ministro responsable de la Producción, Empleo y Competitividad, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente.
La máxima autoridad del Organismo Nacional de Planificación
Créase el Servicio Nacional de Contratación Pública, como organismo de derecho público, técnico regulatorio, con personalidad jurídica propia y autonomía administrativa, técnica, operativa, financiera y presupuestaria
Es el objetivo prioritario del Estado:
Garantizar la calidad del gasto público y su ejecución en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo.
Garantizar la ejecución plena de los contratos y la aplicación efectiva de las normas contractuales
Ejerce funciones en materia de presupuestos, planificación, control y contratación pública, forman parte del Sistema Nacional de Contratación Pública, en el ámbito de sus competencias
es el conjunto de principios, normas, procedimientos, mecanismos y relaciones organizadas orientadas al planeamiento, programación, presupuestos, control, administración y ejecución de las contrataciones realizadas por las Entidades Contratantes.
Universidad Central del Ecuador
Facultad de Ciencia Administrativas
Carrera de Administración de Empresas
Gestión de proyectos
Tema:
Sistemas de contratación Publica en el Ecuador
Bustos Lara Ana Belén
Prado Paillacho Luis Alfredo
Quisphe Imba Josselyn Nicole
Sanguña Muzo Kathya Jazmín
Tandazo Collaguazo Johanna Katherine
Topón Jaguaco Marjorie Lizbeth
Integrantes:
Curso:
AE8-1
Peñaherrera Rengifo Luis Antonio (Coordinador)
De las herramientas del sistema
GRUPO
1
Aporte
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100%
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