Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Función y alcance de la lex mercatoria en la conformidad material de las…
Función y alcance de la lex mercatoria en la conformidad material de
las mercancías
La lex mercatoria en presencia de Derecho material uniforme
Regulación material uniforme de la conformidad de las mercancías
Conformidad material de las mercancías objeto de compraventa internacional
En el marco de la compraventa internacional existe una regulación
material uniforme
La contenida en la Convención de Viena de 1980
sobre compraventa internacional de mercaderías
Se encuentra
extraordinariamente extendida.
Problemática de la inspección inter partes de las mercancías
La posibilidad de que el comprador denuncie la falta de conformidad
material de las mercancías marco de la Convención de Viena de
1980
Pasa porque el comprador las examine previamente
“en el plazo
más breve posible atendidas las circunstancias” (art. 38 de la CV de
1980).
La omisión por parte del comprador de tal carga
Privará a éste
de la posibilidad de ejercitar los derechos que le asisten ante la
mencionada falta de conformidad (art. 39).
Funciones de la lex mercatoria en presencia de Derecho material uniforme
Actualización, integración e interpretación de las normas materiales uniformes a
través de la autonomía de la voluntad
La vía principal para la intervención de instrumentos propios de la lex mercatoria en el contrato de
compraventa internacional se encuentra dispuesta
Carácter general, en los artículos 8.1 y 9 de
dicha Convención.
Actualización, integración e interpretación
Normas
materiales uniformes a través de la autonomía de la voluntad
Sintéticamente, el artículo 8.1 de la CV de 1980
Reforzando el principio de
libertad de pactos ya previsto en el artículo 6 del mismo instrumento
Dispone el modo en que han
de interpretarse las declaraciones de las partes58
Concede a la autonomía de la voluntad
prioridad sobre las normas de la propia Convención.
Integración e interpretación uniforme de las normas materiales
El empleo de los principios generales en materia de conformidad de
las mercancías
Ha comportado, que cuando no ha sido posible derivar del contrato
Las condiciones que han de cumplir las mercancías
objeto de compraventa (art. 35.1 CV 1980)
La aplicación de las
condiciones tácitas (art. 35.2 CV 1980)
No ha permitido alcanzar
ninguna conclusión al respecto
La determinación de la conformidad se
haya efectuado en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.2 de la CV de
1980
No en aplicación de la ley estatal demandada por las normas
de DIPr
Acudiendo a estándares tales como el “estándar de calidad
razonable”.
La lex mercatoria en defecto de Derecho material uniforme: la conformidad
de las mercancías y el contrato internacional de inspección de mercancías
La inspección de las mercancías por tercero: el contrato de inspección
La falta de seguridad que comporta para el comprador efectuar el examen de
las mercancías
En un momento posterior al de la transmisión de los riesgos
El excesivo coste que puede comportar realizarlo en ese momento
Unidos en ocasiones a la necesidad de realizar exámenes con personal e instrumental especializado, explican que resulte cada vez más habitual que el examen de
las mercancías se encargue a terceros
En un primer momento fueron los
transportistas
En la actualidad son entidades especializadas en la
prestación de servicios de inspección y certificación.
La referida seguridad en lo que respecta a la conformidad de las mercancías objeto de compraventa
Cuando ambas partes en este contrato acuerdan que se realice la inspección por una de estas
entidades especializadas
Efectúan a través de la introducción en el contrato de
una cláusula conocida como “cláusula-inspección”
El acuerdo también comporta que el resultado de la inspección, que se recoge en el denominado “certificado de inspección”
Sea definitivo y
vinculante.
Funciones de la lex mercatoria en defecto de Derecho material uniforme
Función conformadora: las condiciones generales de las sociedades
certificadoras
El vacío legal existente respecto de los contratos
internacionales de inspección de mercancías
Colmado a través de las condiciones generales
Sociedades certificadoras emplean en la contratación de sus servicios.
Contratos de adhesión
El principal se encuentra ante la consabida tesitura de “tomar o dejar”
La contratación en los términos establecidos por la sociedad certificadora, sin poder negociar las condiciones
Los usos, prácticas y costumbres y los Principios de Derecho contractual en la
integración de las normas de la lex mercatoria
La importancia de los usos, costumbres y prácticas del sector de la inspección y certificación de mercancías
Se hace patente en el hecho de
que las propias condiciones generales de los contratos de inspección
Se refieran a ellos de forma expresa, en relación con determinados aspectos del cumplimiento de las obligaciones.
De esta forma, pasan a
constituir parte del contenido contractual
Por efecto del reconocimiento
de la autonomía de la voluntad de las partes.
Alcance de la lex mercatoria: intervención de las normas estatales
Función supletiva del Derecho estatal
Integración de las lagunas intra legem
El Derecho uniforme internacional convencional o transnacional privado
Presenta lógicas limitaciones que la lex mercatoria no es capaz de superar
Respecto de las cuales
han de intervenir necesariamente los Derechos estatales.
Una última cuestión en la que importa detenerse es la relativa a la función que pueden
desempeñar los Principios UNIDROIT
Desplazando a los Derechos estatales en la integración de estas lagunas en relación con los contratos que no se sujetan
Como es el caso de los contratos de inspección, a una normativa internacional uniforme.
Antes ya se puso de relieve que la inclusión de estos Principios en un contrato de inspección
Puede comportar una mejora sustancial de la ordenación del aspecto no regulado por las
condiciones generales de las sociedades certificadoras.
Interpretación de las normas materiales e integración de las lagunas praeter legem
Si existe un diferencia de entidad entre el modo en que intervienen las normas estatales
En el marco de una relación regulada por normas
materiales convencionales
La forma en que lo hacen cuando la relación se rige por determinadas normas materiales pertenecientes a la lex
mercatoria
Radica en la obligación de contención que aquéllas suelen disponer a la hora de dar aplicación al Derecho estatal
Tanto en la interpretación de dichas normas, cuanto en la integración de
las lagunas que puedan presentar.
Intervención de las normas imperativas
Es de todos sabido que las normas materiales uniformes de
fuente internacional o de fuente privada
No sólo han de convivir
con las leyes estatales cuando éstas han de regular cuestiones que aquéllas no abarcan
Cuando resulta ineludible su aplicación
en orden a interpretar los términos de las mencionadas normas
Que también van a ver limitado su alcance
Aplicación de
las disposiciones materiales estatales
Que tengan carácter
imperativo.
A modo de recapitulación
Las normas materiales internacionales que regulan la conformidad material de las mercancías objeto de compraventa internacional
Son completadas o desplazadas, en un
afán de precisión o puesta al día
Por diversos instrumentos pertenecientes a la lex
mercatoria.
Desempeña una función integradora, interpretativa y actualizadora
Normas uniformes por efecto de la autonomía de la voluntad de los contratantes
Sirve a la interpretación uniforme e
internacional de dichas normas