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REGLAMENTO DE FORMACION POLICIAL Y ACADEMICO - Coggle Diagram
REGLAMENTO DE FORMACION POLICIAL Y ACADEMICO
DEL OBJETO, ÁMBITO, FINALIDAD Y
DEFINICIÓN
Objeto.- El presente Reglamento tiene por objeto, regular el quehacer policial y académico de los
procesos de formación de los aspirantes a servidores policiales directivos y técnico operativos; y,
establecer los lineamientos generales de la formación policial y el sistema de evaluación de los
centros de formación policial.
DEL RÉGIMEN Y
MODALIDAD
Régimen.- El proceso de formación del aspirante a servidor policial se efectuará bajo el régimen
de internado, pudiendo considerarse régimen semi-internado u otros que en determinado ciclo o
periodo académico conforme a la planificación se considere necesario.
DE LOS DERECHOS Y
DEBERES
Derechos.- Además de los derechos consagrados en la Constitución de la República del
Ecuador, las leyes, los tratados y convenciones internacionales, son derecho de los aspirantes a
servidores policiales:
DEL PROCEDIMIENTO PARA EL APLAZAMIENTO Y SEPARACIÓN DEFINITIVA DEL
PROCESO DE FORMACIÓN POLICIAL Y ACADÉMICO
Procedimiento para el aplazamiento.- Una vez que la dirección de los centros de formación
policial avoque conocimiento de alguna de las causales establecidas en el Art. 10, remitirá al
Consejo Directivo, para su estudio y resolución; igual trámite se requerirá para la reincorporación
al proceso de formación.
Para cada caso se deberá contar con un informe emitido por la entidad u organismo que
corresponda, así como demás elementos que sustenten dicha decisión, debiendo establecer el
tiempo de aplazamiento.