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Capítulo XIV Agentes de Aduana - Coggle Diagram
Capítulo XIV Agentes de Aduana
¿Qué es un Agente de Aduana?
Es la persona natural o jurídica cuya licencia le faculta gestionar de manera habitual y por cuenta ajena, el despacho de las mercancías.
Los agentes de aduana, por tener el carácter fedatarios de la función pública y sus auxiliares, estarán sujetos al control de la Autoridad Aduanera.
Para obtener la licencia de Agente de Aduana
Los requisitos y procedimientos será establecido por la Dirección General del SENAE.
Las personas naturales deberán contar con un título profesional o de nivel tecnológico conferido por una universidad o escuela superior politécnica y otras instituciones reconocidas legalmente.
Como requisito, el postulante deberá rendir un examen de suficiencia o acredite mínimo 100 horas de capacitación anual u obtenga una certificación internacional.
No podrán ser Agente de Aduna:
Quienes hayan sido condenados en materia penal aduanera o tributaria.
Quienes mantengan obligaciones con la Autoridad Aduanera o estén como contratistas incumplidos.
Quienes hayan sido declarados insolventes o en quiebra.
Quienes ocupen cargos públicos con excepción la docencia universitaria.
Quienes no cuenten con la garantía general vigente
Aquellas personas naturales o jurídicas sean OCE.
Quienes la Autoridad Aduanera les haya cancelado o revocado la licencia.
Parientes hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los funcionarios y trabajadores del SENAE.
Los ex- servidores públicos, ex- funcionarios y ex- trabajadores del SENAE que por cualquier causa legal hayan sido destituidos de su cargo.
Autorización para operar como OCE Agente de Aduana
Requisitos documentales
Ser mayor de edad, con capacidad para obligarse.
Estar inscrito en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), con actividad exclusiva para ejercer la actividad de agente de aduana.
Haber obtenido título profesional universitario o de nivel tecnológico conferido por una universidad o escuela superior politécnica u otras instituciones reconocidas por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT). Aplica para Agente de Aduana, persona natural.
Declaración juramentada otorgada ante Notario Público que certifique:
a. Estar en plena capacidad de contratar;
b. Experiencia en actividades de comercio exterior en el sector público o privado, como mínimo 5 años.
c. No encontrarse incurso en ninguna de las causales de impedimentos contempladas en el Art. 3 del Reglamento que Regula la Actividad de los Agentes de Aduana y sus Auxiliares.
d. El origen de sus ingresos provienen de actividades lícitas.
Aprobar el examen de suficiencia. Aplica para Agente de Aduana, persona natural, para autorizaciones y renovaciones.
Para renovación
No tener obligaciones pendientes con el SENAE al momento de solicitar trámites de autorización o renovación de Agente de Aduana, persona natural y persona jurídica.
Requisitos Físicos
Contar con una oficina con acceso independiente, con un espacio exclusivo e identificado para el archivo de la documentación de los trámites en los que haya intervenido con el respectivo respaldo digital.
Sistema de comunicación de datos y equipos de cómputo que permitan su interconexión con el sistema informático del SENAE, para su operatividad aduanera.
Contar con equipos indispensables para su funcionamiento; así como también acceso a internet y correo electrónico seguro.
Seguridades para funcionamiento del sistema informático, mismo que deberá ser compatible con el requerido por el SENAE para interconexión. (Aplica para todos los tipos de OCES).
¿Cuáles son los derechos del Agente de Aduana?
Conocer sobre los procedimiento inherentes a sus actividad y todas las disposiciones legales vigentes.
Conocer la tramitación de los procedimiento en los que sea parte.
Conocer la identidad de las autoridades del SENAE.
Formular quejas y sugerencias en relación al funcionamiento del SENAE.
Gozar de las protecciones y garantías en los caso en que el Agente de Aduana denuncie el incumplimiento de las normas legales y actos de corrupción ante el SENAE.
Estos derechos son aplicables a sus auxiliares, en lo que hubiere lugar.
Los demás derecho establecidos en la Constitución y normas de comercio exterior nacional e internacional.
¿Qué Obligaciones principales tiene los Agente de Aduana?
Realizar sus actividades en la forma y condiciones establecidas en el COPCI y su reglamento, las normas supranacionales, las disposiciones dictadas por el SENAE, entre otras normas.
Es responsable de la obligación tributaria aduanera en los despachos de mercancías en los que intervenga y debe verificar el cumplimiento de los requisitos que acompañan a la Declaración Aduanera.
Llevar un registro en el que se detallen cronológicamente de los despachos aduaneros efectuados y conservarlo por el término de 5 años contados a partir de la fecha del cumplimiento de las formalidades aduaneras de los trámites en lo que intervenga.
Colaborar en las investigaciones o acciones de control aduanero que ejerza el SENAE.
Dar a conocer los hechos que puedan causar daño al fisco y a la administración.
Presentar las declaraciones aduaneras debidamente firmadas, en la forma y condiciones según las disposiciones legales nacionales y supranacionales vigentes.
Cumplir con las demás disposiciones que determine que se determinen mediante resolución.
Auxiliar del Agente
Cuando los auxiliares de un Agente de Aduana cometan una infracción administrativa aduanera por acción u omisión, la responsabilidad recaerá sobre el Agente de Aduana.
Cancelación Voluntaria
Cuando el Agente de Aduana decida libre y voluntariamente dejar de ejercer sus actividades, deberá comunicar su decisión por escrito a la Dirección General del SENAE, quién mediante resolución aceptará la petición.
Suspensión Voluntaria
El Agente de Aduana podrá solicitar la suspensión temporal de su licencia como agente de aduana en los siguientes casos:
Por enfermedad grave debidamente sustentada.
Por haber aceptado el ejercicio de un cargo público.
En estos caso la suspensión se mantendrá por el plazo que dure el motivo.
Por decisión voluntaria
En este caso la suspensión no podrá durar más de dos años.
Procedimiento para la suspensión o cancelación de la licencia
El procedimiento será establecido por la Dirección General del SENAE
El acto administrativo que disponga la suspensión se ejecutará cuando hayan transcurrido los plazos que se encuentre firme y ejecutoriada.
El Agente de Aduana debe mantener siempre vigente el monto total de la garantía exigida hasta un año posterior a la fecha de cancelación o suspensión.
Durante este periodo el SENAE verificará las declaraciones aduaneras transmitidas bajo su nombre y representación.
Solo en casos de cancelación de licencia voluntaria solicitada por un Agente de Aduana de tercera edad, se devolverá la garantía.
Caducidad
La caducidad de la licencia se da en el caso que el titular no se hubiese sometido al proceso de renovación de la licencia y hubiera expirado su vigencia.
La Dirección General, mediante resolución declarará la caducidad de las licencias de Agente de Aduana y la deshabilitación definitiva del respectivo código operador.
Responsabilidad Penal
La responsabilidad tributaria aduanera en que puede incurrir el Agente de Aduana, es independiente de la facultad de la Autoridad Aduanera de establecer responsabilidades administrativas en el ejercicio de sus funciones