Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
SUBASTA PÚBLICA, ADJUDICACIÓN GRATUITA Y DESTRUCCIÓN, REFERENCIAS:
…
SUBASTA PÚBLICA, ADJUDICACIÓN GRATUITA Y DESTRUCCIÓN
SUBASTA PÚBLICA.-
Se subastarán los bienes que hayan sido
declarados en abandono definitivo, abandono expreso, decomiso administrativo o judicial,
Será utilizada solo en última instancia si es ventajosa para el Estado y no infringe los derechos de propiedad intelectual, basándose en un informe técnico y económico proporcionado por la autoridad aduanera.
No podrán participar en las subastas, personas relacionadas con delitos o infracciones administrativas contra la administración aduanera
-
-
PROCESO
Se aplica a bienes y mercancías que han estado bajo custodia de la administración aduanera por más de un año
- Se realiza un inventario y avalúo de los bienes
- Se publica la subasta en medios de comunicación, aquellos que no puedan demostrar derechos legítimos serán subastados y el producto se depositará en la Cuenta Única del Tesoro.
Si existen procesos penales relacionados con las mercancías, el valor de la subasta se depositará a nombre del SENAE
En caso de ropa de prohibida importación, se adjudicará de forma gratuita al ministerio encargado de la política social.
No se podrán subastar mercancías:
- de prohibida importación
- bienes perecibles
- animales vivos
ADJUDICACIÓN GRATUITA.-
Se prioriza la adjudicación gratuita a organismos, empresas del sector público e instituciones sin fines de lucro relacionadas con la asistencia social, beneficencia, educación o investigación.
La autoridad aduanera asignará directamente, informando al Fiscal y Tribunal Penal y al Contralor General del Estado, los siguientes bienes:
- Alimentos
- Medicamentos
- Maquinarias
-
-
FORMAS
Pública
Aplica a mercancías en abandono o decomiso administrativo o judicial e incluye animales vivos que no representen un riesgo para la salud
Las instituciones y organizaciones del sector público e instituciones sin fines de lucro, pueden solicitar la adjudicación gratuita presentando una solicitud y justificando la necesidad de las mercancías para cumplir con sus objetivos.
-
Directa
Se aplica a mercancías involucradas en procesos judiciales penales y se otorga exclusivamente a los beneficiarios mencionados en el artículo 203 del COPCI.
Se debe notificar al fiscal, al tribunal penal y al Contralor General del Estado.
Las mercancías de prohibida importación solo pueden ser adjudicadas de forma gratuita a instituciones públicas si se utilizan para actividades institucionales; de lo contrario, deben ser destruidas.
-
Avalúo.- Las mercancías declaradas en abandono, decomiso administrativo o judicial serán evaluadas por un servidor designado por la Dirección Distrital y el valor base para la subasta se determinará según el procedimiento establecido por el SENAE
-
-