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CTE (Consejo Técnico Escolar)
Oportunidad
Discutir y acordar
Hablar del Consejo Técnico no es algo que esté fuera del conocimiento de los actores educativos; sus antecedentes se encuentran en los Acuerdos Secretariales 96, 97 y 98,
Instancia en donde docentes y directivos velarán por hacer cumplir los principios del Artículo 3º.
Organización y funcionamiento
Tareas educativas
Organizativas y administrativas
Órgano de apoyo al director
Apartado I: Disposiciones generales
Artículo 1. Del objeto de los lineamientos.
Establecer las características, la organización y las atribuciones generales que regirán el trabajo de los Consejos Técnicos Escolares de Educación Básica.
Artículo 2. De la definición del Consejo Técnico Escolar.
Es el órgano colegiado encargado de tomar y ejecutar decisiones comunes enfocadas a que el centro escolar cumpla de manera uniforme y satisfactoria su misión.
Apartado II: De la organización de los Consejos Técnicos Escolares
Artículo 6. Del número de sesiones en el ciclo escolar.
Fase intensiva: se llevará a cabo durante los cinco días previos al inicio del ciclo escolar.
Fase ordinaria: se llevará a cabo a lo largo del ciclo, de acuerdo con las disposiciones de la autoridad educativa.
Artículo 7. De la obligatoriedad de la participación.
La participación en las sesiones de cte es obligatoria para todos los actores referidos en el Artículo 3.
Artículo 5. De la periodicidad de las reuniones.
Según las condiciones de cada centro escolar y las circunstancias que favorezcan la eficacia del trabajo.
Artículo 8. De los ámbitos de acción.
Las acciones y acuerdos generados en el cte tendrán
impacto en:
Las aulas.
La comunidad.
Las escuelas de Educación Básica.
Artículo 4. De la presidencia.
La presidencia del cte la asume el director de la escuela o el supervisor escolar, según corresponda en cada caso.
Artículo 9. De los procesos que atiende.
La gestión escolar.
La gestión de los procesos de enseñanza y aprendizaje en el aula.
La participación social en favor de los aprendizajes.
Artículo 3. De los participantes.
Actores educativos en general.
Artículo 10. De la organización de las sesiones de trabajo.
Las sesiones del cte deben estructurarse y organizarse al inicio y a lo largo de todo el ciclo escolar para cumplir satisfactoriamente con sus propósitos.
Apartado III: Del funcionamiento de los Consejos Técnicos Escolares
Artículo 13. De sus atribuciones.
Asegurar
Revisar
Autoevaluación
Artículo 12. De los propósitos generales del cte.
Fomentar
Planear
Revisar
Artículo 14. De los estilos de trabajo.
La observación y el aprendizaje entre pares
El trabajo colaborativo
Artículo 15. De las herramientas de trabajo.
Evaluación.
Diálogo.
Seguimiento.
Retroalimentación.
Planeación.
Transitorio Único
Artículo 11. De la misión.
La misión del cte es asegurar la eficacia y eficiencia del servicio
educativo que se presta en la escuela.