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Aspectos clave en el contrato de trabajo y derechos laborales en Ecuador,…
Aspectos clave en el contrato de trabajo y derechos laborales en Ecuador
Clasificación del contrato de trabajo:
Forma de celebrarlo
Contrato de trabajo escrito:
En este caso, el contrato de trabajo se formaliza por escrito y se establecen todos los términos y condiciones laborales acordados entre el empleador y el trabajador.
Contrato de trabajo verbal:
Este tipo de contrato se realiza de forma oral, sin que sea necesario un documento escrito.
Remuneración
1.Contrato de trabajo a salario fijo.
2.Contrato de trabajo a salario por hora.
3.Contrato de trabajo a comisión.
4.Contrato de trabajo a destajo.
5.Contrato de trabajo mixto (combinación de salario fijo y comisión).
Duración
1.Contrato de trabajo por tiempo indefinido o contrato a término indefinido.
2.Contrato de trabajo ocacional.
3.Contrato de trabajo por temporada
Forma de ejecutar el trabajo
1.Contrato de trabajo a tiempo completo.
2.Contrato de trabajo a tiempo parcial.
3.Contrato de teletrabajo
Contrato de trabajo semipresencial
5.Contrato de trabajo nocturno
Por el número de trabajadores.
1.Contrato de trabajo individual.
2.Contrato de trabajo colectivo o contrato de trabajo por equipo.
3.Contrato de trabajo en grupo.
4.Contrato de trabajo en empresas de trabajo temporal.
Contrato individual de trabajo:
Elementos esenciales del contrato de trabajo
A continuación, se describen algunos aspectos clave del contrato individual de trabajo:
1. Identificación de las partes:
El contrato debe incluir la identificación completa del empleador y del trabajador, sus generales de ley incluyendo sus nombres, direcciones y datos de contacto.
2. Descripción del trabajo:
Se debe detallar claramente la naturaleza del trabajo a realizar por el trabajador, incluyendo sus responsabilidades, tareas y funciones específicas.
3. Remuneración:
El contrato debe establecer el salario o remuneración que el trabajador recibirá por su labor, así como la forma y periodicidad de pago.
4. Duración del contrato:
Se debe especificar si el contrato es a término fijo (con una fecha de inicio y fin establecida), a término indefinido (sin fecha de finalización) o por obra o servicio determinado (vinculado a la realización de un proyecto o tarea específica).
5. Jornada laboral:
Se debe indicar la duración de la jornada de trabajo, ya sea a tiempo completo o a tiempo parcial, y los horarios en los que el trabajador estará obligado a prestar sus servicios.
6. Beneficios y prestaciones:
El contrato puede incluir beneficios adicionales, como seguro médico, vacaciones, días festivos pagados, bonificaciones u otros incentivos ofrecidos por el empleador.
7. Cláusulas especiales:
Dependiendo de la legislación laboral y las regulaciones del país, el contrato puede incluir cláusulas especiales relacionadas con la confidencialidad, no competencia, propiedad intelectual, entre otras.
Según el art 8 del Código Laboral, Contrato individual de trabajo es el convenio en virtud del cual una persona se compromete para con otra u otras a prestar sus servicios lícitos y personales, bajo su dependencia, por una remuneración fijada por el convenio, la ley, el contrato colectivo o la costumbre
Este contrato establece los derechos y obligaciones tanto del empleador como del trabajador, y define aspectos fundamentales de la relación laboral, como el tipo de trabajo a realizar, la remuneración, la duración del contrato y las condiciones de trabajo.
El contrato individual de trabajo a tiempo indefinido es la modalidad típica de la contratación laboral estable o permanente, su extinción se producirá únicamente por las causas y los procedimientos establecidos en este Código. Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior:
a) Los contratos por obra cierta, que no sean habituales en la actividad de la empresa o empleador;
c) Los de aprendizaje;
b) Los contratos eventuales, ocasionales y de temporada;
d) Los demás que determine la ley
Art. 169 del codigo laboral determina las causas para la terminación del contrato individual.- El contrato individual de trabajo termina:
Por las causas legalmente previstas en el contrato;
Por acuerdo de las partes;
Por la conclusión de la obra, período de labor o servicios objeto del contrato;
Por muerte o incapacidad del empleador o extinción de la persona jurídica contratante, si no hubiere representante legal o sucesor que continúe la empresa o negocio;
Por muerte del trabajador o incapacidad permanente y total para el trabajo;
Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten el trabajo, como incendio, terremoto, tempestad, explosión, plagas del campo, guerra y, en general, cualquier otro acontecimiento extraordinario que los contratantes no pudieron prever o que previsto, no lo pudieron evitar;
Por voluntad del empleador en los casos del artículo 172
Por voluntad del trabajador según el artículo 173
Por desahucio presentado por el trabajador.
El contrato:
Segun el art 1454 del C.C El contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser, una o muchas personas.
En la mayoría de los contratos, se encuentran los siguientes elementos generales:
Consentimiento:
Todas las partes involucradas deben estar de acuerdo con los términos y condiciones del contrato de manera voluntaria y libre.
Capacidad legal:
Las partes deben tener la capacidad legal necesaria para celebrar un contrato, lo cual implica ser mayores de edad, tener capacidad mental y no estar incapacitados legalmente para contratar.
Objeto lícito:
El contrato debe tener un propósito y contenido que sean legales y estén en conformidad con la ley. No se pueden establecer contratos que vayan en contra del orden público, la moral o las buenas costumbres.
Causa o motivo:
El contrato debe tener una razón válida por la cual se celebra, es decir, una causa o motivo legítimo. Esta causa debe ser real, legítima y no contraria a la ley.
Determinación o especificación:
Los contratos deben ser claros y precisos en cuanto a los términos, condiciones, derechos y obligaciones de las partes involucradas. Deben establecer de forma concreta lo que se espera de cada parte y cuáles son las condiciones para el cumplimiento del contrato.
Derechos que pierden los trabajadores al no encontrarse afiliados al IESS.
Seguro de salud: Los trabajadores tienen derecho a recibir atención médica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación a través del IESS.
Seguro de invalidez, vejez y muerte: Los trabajadores tienen derecho a recibir una pensión en caso de invalidez, alcanzar la edad de jubilación o fallecimiento, y sus beneficiarios pueden recibir una pensión de sobrevivencia.
Prestaciones por enfermedad y maternidad: Los trabajadores tienen derecho a recibir prestaciones económicas durante su incapacidad temporal debido a enfermedad o accidente, así como durante el período de licencia de maternidad.
Prestaciones por riesgos del trabajo: Los trabajadores tienen derecho a recibir beneficios en caso de accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales, que pueden incluir atención médica, subsidios por incapacidad temporal o permanente, y rehabilitación.
Prestaciones por desempleo: Los trabajadores tienen derecho a recibir una compensación económica por desempleo cuando pierden su empleo de forma involuntaria.
Art 44. Prohibiciones al empleador.
Art. 42 Obligaciones del Empleador
1.Pagar al trabajador según lo acordado en el contrato y las disposiciones legales.
2.Cumplir con las medidas de prevención, seguridad e higiene en los lugares de trabajo.
3.Indemnizar a los trabajadores por accidentes laborales y enfermedades profesionales.
4.Establecer comedores y escuelas elementales cuando se cumplan ciertas condiciones.
5.Proporcionar almacenes con artículos de primera necesidad a precios de costo para los trabajadores y sus familias.
6.Llevar un registro de trabajadores actualizado con información relevante.
7.Suministrar los útiles, instrumentos y materiales necesarios para el trabajo.
8.Conceder permisos para ejercer el sufragio, recibir atención médica o cumplir requerimientos judiciales.
9.Permitir a las trabajadoras víctimas de violencia de género el tiempo necesario para tramitar medidas administrativas o judiciales.
11.Permitir a los trabajadores ausentarse para cumplir comisiones de la asociación, siempre que se avise con anticipación.
12.Sujetarse al reglamento interno aprobado legalmente.
13.Tratar a los trabajadores con respeto y evitar cualquier forma de maltrato verbal o físico.
10.Respetar las asociaciones de trabajadores.
El empleador debe otorgar certificados relacionados con el trabajo al trabajador cuando lo solicite y proporcionar un certificado al trabajador que se separe, que incluya el tiempo de servicio, la clase de trabajo y los salarios percibidos.
El empleador debe atender las reclamaciones de los trabajadores.
El empleador debe ofrecer un lugar seguro para guardar los instrumentos de trabajo del trabajador y no puede retenerlos como indemnización.
El empleador debe permitir la inspección y vigilancia de las autoridades en los lugares de trabajo y proporcionar los informes necesarios.
El empleador debe compensar al trabajador por el tiempo perdido debido a la culpa del empleador.
El empleador debe pagar al trabajador el 50% de su remuneración durante un máximo de dos meses al año en caso de enfermedad no profesional, previa presentación de un certificado médico.
El empleador debe proporcionar a las asociaciones de trabajadores un espacio para instalar sus oficinas en los lugares de trabajo fuera de las poblaciones.
El empleador puede deducir de las remuneraciones las cuotas exigidas por las asociaciones de trabajadores, si así lo solicitan.
El empleador debe cubrir los gastos de viaje, alojamiento y alimentación cuando el trabajador se traslade por razones laborales.
Las multas impuestas a los trabajadores por incumplimiento del contrato de trabajo se destinan en un 50% a la asociación a la que pertenece el trabajador.
Las empresas con cierto número de trabajadores deben contratar trabajadores sociales titulados.
El empleador debe pagar al trabajador sustituto una remuneración igual o superior a la del trabajador reemplazado.
El empleador debe acordar el procedimiento de quejas y establecer un comité obrero-patronal con los trabajadores o sus representantes.
Se concede permiso remunerado a los trabajadores que obtienen becas de estudio en el extranjero o para especializarse en el país, sujeto a ciertas condiciones.
El empleador debe permitir la propaganda sindical en los lugares de trabajo.
29.El empleador debe proporcionar al menos un vestido de trabajo gratuito cada año a los trabajadores.
Se otorgan tres días de licencia remunerada al trabajador en caso de fallecimiento de su cónyuge, conviviente o parientes cercanos.
Imponer multas que no se hallaren previstas en el respectivo reglamento interno, legalmente aprobado;
Hacer propaganda política o religiosa entre los trabajadores;
Sancionar al trabajador con la suspensión del trabajo;
Retener más del diez por ciento (10%) de la remuneración por concepto de multas;
Exigir al trabajador que compre sus artículos de consumo en tiendas o lugares determinados;
Exigir o aceptar del trabajador dinero o especies como gratificación para que se le admita en el trabajo, o por cualquier
Cobrar al trabajador interés, sea cual fuere, por las cantidades que le anticipe por cuenta de remuneración;
Obligar al trabajador, por cualquier medio, a retirarse de la asociación a que pertenezca o a que vote por determinada
Imponer colectas o suscripciones entre los trabajadores;
Hacer propaganda política o religiosa entre los trabajadores;
Sancionar al trabajador con la suspensión del trabajo;
Inferir o conculcar el derecho al libre desenvolvimiento de las actividades estrictamente sindicales de la respectiva organización de trabajadores;
Obstaculizar, por cualquier medio, las visitas o inspecciones de las autoridades del trabajo a los establecimientos o centros de trabajo, y la revisión de la documentación referente a los trabajadores que dichas autoridades practicaren; y,
Recibir en trabajos o empleos a ciudadanos remisos que no hayan arreglado su situación militar.
El cometimiento de actos de acoso laboral o la autorización de los mismos, por acción u omisión.
Obligaciones del trabajador
Prohibiciones del trabajador
a) Poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros de trabajo o la de otras personas, así como de la de los establecimientos, talleres y lugares de trabajo;
b) Tomar de la fábrica, taller, empresa o establecimiento, sin permiso del empleador, útiles de trabajo, materia prima o artículos elaborados;
c) Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la acción de estupefacientes;
d) Portar armas durante las horas de trabajo, a no ser con permiso de la autoridad respectiva;
e) Hacer colectas en el lugar de trabajo durante las horas de labor, salvo permiso del empleador;
f) Usar los útiles y herramientas suministrados por el empleador en objetos distintos del trabajo a que están destinados;
g) Hacer competencia al empleador en la elaboración o fabricación de los artículos de la empresa;
h) Suspender el trabajo, salvo el caso de huelga; e,
i) Abandonar el trabajo sin causa legal.
j) El cometimiento de actos de acoso laboral hacia un compañero o compañera, hacia el empleador, hacia un superior jerárquico o hacia una persona subordinada en la empresa.
a) Ejecutar el trabajo en los términos del contrato, con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma, tiempo y lugar convenidos;
b) Restituir al empleador los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles de trabajo.
c) Trabajar, en casos de peligro o siniestro inminentes, por un tiempo mayor que el señalado para la jornada máxima
d) Observar buena conducta durante el trabajo;
e) Cumplir las disposiciones del reglamento interno expedido en forma legal;
f) Dar aviso al empleador cuando por causa justa faltare al trabajo;
g) Comunicar al empleador o a su representante los peligros de daños materiales que amenacen la vida o los intereses de empleadores o trabajadores;
h) Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurra, directa o indirectamente, o de los que él tenga conocimiento por razón del trabajo que ejecuta;
i) Sujetarse a las medidas preventivas e higiénicas que impongan las autoridades; y,
Derechos de los trabajadores de los trabajadores afiliados al IESS
Prestamo Hipotecario
Prestamo Quirigrafario
Monte Pio
Jubilacion por vejez
Gastos funerles
Jubilacion por invalidez
Fondos de reserva