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Postulados de la escuela clásica y la escuela positiva - Coggle Diagram
Postulados de la escuela clásica y la escuela positiva
La escuela Clásica
Se limitó a estudiar el crimen como hecho individual y como abstracción jurídica.
Principios básicos comunes a los penalistas clásicos
El delito
según Carrara es un ente jurídico
Entendiéndose como tal la contradicción entre la conducta humana y la ley penal
Fuerzas
Fuerza física objetiva
El daño causado, la lesión del derecho del agraviado; o el
peligro que ha corrido ese derecho
Fuerza moral subjetiva
La inteligencia y la voluntad con que actúa el ser humano
Fuerza física subjetiva
El movimiento corporal o el no hace (delito de omisión)
Fuerza moral objetiva
La alarma y el mal ejemplo que el delito produce en la
sociedad
Examen de la calidad, cantidad y grado del delito
Calidad
Alude a la mayor o menor gravedad del delito de acuerdo al daño causado
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Grado del delito
Se toman en cuenta las variantes
producidas por diversas causas que
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Impiden la consumación del resultado delictivo
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Cantidad
Depende de la naturaleza del derecho lesionado:
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La responsabilidad penal
El fundamento último de la responsabilidad penal es la imputabilidad moral, que a su vez es una consecuencia del libre albedrío
Serán imputables
Las personas que posean inteligencia para conocer
Voluntad para decidir, es decir personas que tengan normalidad psíquica
No será imputables
Los alienados mentales por carecer de normalidad psíquica
Los niños, porque no han llegado todavía al grado suficiente de desarrollo psíquico
El método
Lógico- abstracto
Establece el alcance de las instituciones jurídicas a través de un proceso de razonamiento deductivo
Silogismo del juez:
Premisa mayor es la ley
La premisa menor es la conducta del delincuente
Carrara sostiene que la pena
Debe acomodarse al criterio
de proporcionalidad
En su estructura intervienen también la fuerza física y la moral,
subjetiva y objetivamente consideradas
Cumple simultáneamente las funciones de justicia y de defensa
Es una tutela jurídica
Fundamento filosófico
Se fundamenta en la filosofía
política del liberalismo
Intenta dar a la ley penal una función de garantía de las libertades y los derechos humanos
Eliminar el abuso y la arbitrariedad en la justicia penal
Punto de partida: principio de legalidad
Preocupación en
Determinación de la culpabilidad
Sistema de penas
Análisis jurídico del delito
Reformas que debían necesariamente introducirse en el procedimiento penal
Igualdad
El hombre ha nacido libre e igual en derechos, ya que la igualdad entre desiguales es la negación de la propia igualdad.
La escuela positiva
Propugnó un cambio radical del objeto y del método de la actividad científica.
El delito
Es un ente de hecho
Un acto del hombre, un fenómeno natural y social, producido por factores endógenos y exógenos de la persona, ya sea antropológicos, psíquicos o sociales
Interés por estudiar al hombre que cometió este hecho y al medio que provocó su comisión
La responsabilidad penal
El hombre no es libre, dicen, sino que está
predeterminado a obrar de cierta manera por la influencia decisiva ciertos factores
El hombre tiene una responsabilidad social
Mientras viva en sociedad, debe responder de sus acciones y la sociedad tiene derecho a defenderse de aquellos actos que considera dañosos.
Todo delincuente es
un ser anormal
un enfermo,
su conducta obedece a factores que no dependen de él
El sujeto sano no comete delitos
Las medidas que adopta el estado no están dirigidas en contra del delincuente, que en verdad no “merece” un castigo, sino que se aplican exclusivamente en defensa de la sociedad
El método
Aplican al estudio del delito el inductivo-experimental
Sus obras están llenas de gráficos, cuadros estadísticos, mapas, etc., con los cuales tratan de probar sus conclusiones.
Las penas y las medidas de seguridad
Las sanciones que adopta el estado
No tienen un carácter represivo sino eminentemente defensivo
Deben adecuarse a la peligrosidad del delincuente, sin proporcionalidad al daño causado
Deben ser indeterminadas y durar tanto tiempo cuanto dure la peligrosidad de la persona a la cual se aplican
Medidas de seguridad
Deben aplicarse, antes de que cometan delitos, a las personas que están en situaciones predelictuales y que, por lo tanto presentan un alto factor de peligrosidad
Sustitutivos penales
medidas de política general destinadas a proporcionar a la población posibilidades de distracción o recreación que le alejen del delito, tales como el fomento de la cultura o el deporte
Evitar determinadas situaciones de riesgo, lo que se logra, por ejemplo, combatiendo el alcoholismo o los espectáculos violentos
Fundamento
Punto de partida
Aplicar al estudio del delito, del delincuente y de la criminalidad, los principios y métodos de las ciencias experimentales, del positivismo científico
Deducir de este estudio las alternativas jurídicas para atender eficazmente el fenómeno criminal
Nace como resultado de la divulgación de las teorías del médico italiano César Lombroso (1835-1909)
Conclusiones
Las bases de la Criminología se sientan en la escuela positiva, debido al énfasis que se le dio al estudio del delincuente, como problema central en materia criminal.
La escuela clásica fomentó el Derecho penal debido a que postularon que una persona es capaz de decidir lo que está bien o mal, en el caso de realizar una acción mala, debe ser sancionado, lo cual se basa en el Derecho Penal, el cual hace referencia a la actividad punitiva del Estado.
La escuela clásica se enfoca en el delito y la sanción, mientras que la escuela positiva busca investigar las causas del delito
La escuela clásica considera al delito como un ente jurídico, mientras que la positiva considera al delito como un ente de hecho.
La escuela clásica solo ve el delito y lo sanciona, no toma en cuenta al delincuente; por otro lado, la escuela positiva busca la readaptación del delincuente.
La escuela clásica no trata de encontrar de encontrar las causas del delito, debido a que ellos postulan el libre albedrío; por otro lado, la escuela positiva busca e investiga las causas del delito.
La escuela Clásica y la Positiva son las dos grandes corrientes de pensamiento jurídico penal que han marcado el rumbo de la criminología desde el siglo XIX hasta hoy en día.
Referencias
Albán, E. (2016).
Manual de derecho penal ecuatoriano
. Ediciones Legales.
Ferri, E. (1887).
Los nuevos horizontes del Derecho y Procedimiento Penal
. Centro editorial de Góngora.
Díaz, G., Montenegro, M., y Martínez, J. (2012).
Apuntes acerca de las escuelas criminológicas: Clásica y Positiva
. Facultad de Psicología.