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FUNCIONES DEL ESTADO ECUATORIANO
Función Ejecutiva
Su función es cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia.
También convoca a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.
Está delegada al Presidente de la República y a su Vicepresidente, actualmente es ejercida por el Presidente Guillermo Lasso y Vicepresidente Alfredo Borrero.
Función Legislativa
Su función es posesionar a la Presidenta o Presidente y a la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República proclamados electos por el Consejo Nacional Electoral.
Aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda.
Conocer los informes anuales que debe presentar la Presidenta o presidente de la República y pronunciarse al respecto.
Ejercida por la Asamblea Nacional que está integrada por 137 asambleístas, son elegidos para un período de cuatro años.
Función Judicial
Su función es definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial.
Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.
Conformada por el Consjeo de la Judicatura, Corte Nacional de Justicia, Tribunal Constitucional y Cortes Provinciales.
La Corte Nacional de Justicia está integrada por 21 jueces elegidos para un término de nueve años.
Función Electoral
Su función es organizar, dirigir, vigilar y garantizar transparencia en los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados y posesionar a los ganadores de las elecciones.
Conformada por el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral.
Función de Transparencia y Control Social
Su función es formular políticas públicas de transparencia, control, rendición de cuentas, promoción de la participación ciudadana y prevención y lucha contra la corrupción.
Además debe informar anualmente a la Asamblea Nacional de las actividades relativas al cumplimiento de sus funciones.
Constituido por El Consejo de Participación Social y Control Ciudadano, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las superintendencias.