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SUCESIÓN TESTAMENTARIA, DEFINICIÓN, FUNDAMENTO, CONDICIONES, CARACTERES,…
SUCESIÓN TESTAMENTARIA
Es un acto jurídico de la voluntad que crea derechos y obligaciones, en donde existe una transmisión a titulo universal o particular, según se instituyan herederos o legatarios.
Por ser un acto de manifestación de voluntad, el testamento se rige por las reglas comunes a los demás negocios jurídicos. Adicional a ello, la voluntad del testador debe manifestarse directamente, debe ser manifestada de manera inequívoca, debe ser consciente y libre y el testador debe estar en plena capacidad para efectuar el acto:
Los caracteres del testamento, al igual que su definición; se encuentran establecidos dentro de la misma norma: Unilateral, de última voluntad, esencialmente revocable, formal y solemne.
El legislador ha consagrado algunas formas o ciertas circunstancias que debemos tomar en cuenta para limitar, en protección siempre a los intereses de los parientes y allegados del de cujus, es decir, incapacidades relativas, que afectan a ciertas personas en relación con otras expresamente señaladas.
El fundamento de la sucesión se deriva, según Noda (2002) de las relaciones familiares y de los derechos provenientes de los vínculos parentales.
El Código Civil, en su Artículo 839, establece que pueden recibir por testamento todos los que no estén declarados incapaces de ello por la Ley.
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REFERENCIAS
Sojo Bianco,R. y Hernández de Sojo M. (2015).Apuntes de Derecho de Familia y Sucesiones. (16º Edición). Ediciones Paredes. Caracas – Venezuela.