ORGANOS DEL ESTADO PLURINACIONAL BOLIVIA
ORGANO JUDICIAL
JURISDICCION ORDINARIA
JUSRISDICCION AGROAMBIENTAL
JURISDICCIÓN INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINA
Tribunal Supremo de Justicia
Tribunales departamentales de justicia
Tribunales de sentencia
Jueces
Las Magistradas y los Magistrados
Jueces agroambientales
Propias autoridades
Magistradas y Magistrados
elegidas y elegidos mediante sufragio universal
ALP 2/3 preselección de las postulantes y los postulantes por cada departamento y remitirá al órgano electoral
no podrán pertenecer a organizaciones políticas
elegidos las candidatas y los candidatos que obtengan mayoría simple de votos.
REQUISITOS
Cumplir con los requisitos generales establecidos para los servidores públicos
Haber cumplido treinta años de edad
Poseer título de abogado
Haber desempeñado, con honestidad y ética, funciones judiciales
Profesión de abogado o cátedra universitaria durante ocho años
No contar con sanción de destitución del Consejo de la Magistratura
CALIFICACION DE MERITOS
Haber ejercido la calidad de autoridad originaria bajo su sistema de justicia.
PERIODO
seis (6) años
cesarán en sus funciones por cumplimiento de mandato sentencia ejecutoriada emergente de juicio de responsabilidades, renuncia, fallecimiento y demás causales previstas en la ley.
ATRIBUCIONES
Actuar como tribunal de casación y conocer recursos de nulidad en los casos expresamente señalados por la ley.
Dirimir conflictos de competencias suscitados entre los tribunales departamentales de justicia.
Conocer, resolver y solicitar en única instancia los procesos de extradición.
Juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato.
Designar, de las ternas presentadas por el Consejo de la Magistratura, a los vocales de los tribunales departamentales de justicia.
Preparar proyectos de leyes judiciales y presentarlos a la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Conocer y resolver casos de revisión extraordinaria de sentencia
La magistratura del Tribunal Supremo de Justicia será ejercida de manera exclusiva
REQUISITOS
Serán necesarios los mismos requisitos que los miembros del Tribunal Supremo de Justicia
Elegidas y elegidos mediante sufragio universal, según el procedimiento, mecanismos y formalidades
TIEMPO DE EJERCICIO
La permanencia y la cesación en el cargo establecidos para las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia
ATRIBUCIONES
Resolver los recursos de casación y nulidad en las acciones reales agrarias, forestales, ambientales, de aguas, derechos de uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, hídricos, forestales y de la biodiversidad; demandas sobre actos que atenten contra la fauna, la flora, el agua y el medio ambiente; y demandas sobre prácticas que pongan en peligro el sistema ecológico y la conservación de especies o animales.
Conocer y resolver en única instancia las demandas de nulidad y anulabilidad de títulos ejecutoriales.
Conocer y resolver en única instancia los procesos contencioso administrativos que resulten de los contratos, negociaciones, autorizaciones, otorgación, distribución y redistribución de derechos de aprovechamiento de los recursos naturales renovables, y de los demás actos y resoluciones administrativas.
Organizar los juzgados agroambientales.
Profesión libre o la cátedra universitaria en el área, durante ocho años
Contar con especialidad en estas materias y haber ejercido con idoneidad, ética y honestidad la judicatura agraria
EJERCE
Ambitos de vigencia personal material y territorial
Ley de Deslinde Jurisdiccional
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Responsable del régimen disciplinario de la jurisdicción ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas
Control y fiscalización de su manejo administrativo y financiero
Formulación de políticas de su gestión
REQUISITOS
Se elegirán mediante sufragio universal de entre las candidatas y los candidatos propuestos por la A L P
Condiciones generales de acceso al servicio público
Haber cumplido treinta años de edad
Poseer conocimientos en el área de sus atribuciones y haber desempeñado sus funciones con ética y honestidad
DURACION
Seis (6) años, y no podrán ser reelegidas ni reelegidos.
ATRIBUCIONES
Promover la revocatoria de mandato de las Magistradas y de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Agroambiental, cuando, en el ejercicio de sus funciones, cometan faltas gravísimas determinadas por la ley.
Ejercer el control disciplinario de las vocales y los vocales, juezas y jueces; y personal auxiliar y administrativo del Órgano Judicial. El ejercicio de esta facultad comprenderá la posibilidad de cesación del cargo por faltas disciplinarias gravísimas, expresamente establecidas en la ley.
Controlar y fiscalizar la administración económica financiera y todos los bienes del Órgano Judicial.
Evaluar el desempeño de funciones de las administradoras y los administradores de justicia, y del personal auxiliar.
Elaborar auditorías jurídicas y de gestión financiera.
Realizar estudios técnicos y estadísticos.
Preseleccionar a las candidatas y a los candidatos para la conformación de los tribunales departamentales de justicia que serán designados por el Tribunal Supremo de Justicia.
Designar, mediante concurso de méritos y exámenes de competencia, a los jueces de partido y de instrucción.
Designar a su personal administrativo.
ORGANO LEGISLATIVO
ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
CÁMARA DE DIPUTADOS
130 Diputados
Circunscripción Plurinominal
Son elegidos por voto universal, directa y secreta
El voto se establece mediante el sistema de representación por ley.
Circunscripción Uninominal
El voto se establece por simple mayoría
Se debe tener continuidad geográfica, afinidad y continuidad territorial.
Circunscripción Indígena Originario Campesino (IOC)
El voto se rigen por el principio de densidad poblacional y se establecen solamente en el área rural
CÁMARA DE SENADORES
36 Senadores
4 senadores por circunscripción departamental; 16 Uninominales; 15 nominales y 2 IOC
Los escaños de senadores se hará mediante sistema proporcional
Son elegidos por voto universal, directo y secreto
REQUESITOS:
18 años de edad cumplidos al momento de la elección
Condiciones generales de acceso al servicio publico
Recidencia por al menos dos años anteriores a la lección.
Los asambleístas contaran con:
No podrán desempeñar otra función, excepto docencia.
La renuncia del asambleísta sera definitiva.
gozaran de inviolabilidad personal
La residencia, el domicilio o la habitación seran inviolables.
No gozaran de inmunidad en los procesos penales y no se aplicara la medida cautelar de detención preventiva salvo delito flagrante.
El vicepresidente o vicepresidenta del Estado preside la Asamblea Legislativa Plurinacional.
LAS ATRIBUCIONES SON :
Fijar la remuneración de los asambleístas
Gana la mayoría absoluta 50% + 1; simple Mayoría +votos; cualificada 2/3.
Aprobar autonomamente su presupuesto y ejecutarlo
Dictar leyes, interpretarlas, abrogarlas y modificarlas.
Aprobar el plan de desarrollo económico
Realizar investigaciones en el marco de sus atribuciones fiscalizadoras mediante la comisión elegidas para el efecto.
Las atribuciones son:
Elaborar y aprobar su reglamento
Elegir a su directiva, determinar su organización y su funcionamiento.
Reconocer honores públicos.
Aprobar o negar el nombramiento de embajadores.
Las Atribuciones son:
Elaborar y aprobar su reglamento
Aprobar su presupuesto y ejecutarlo.
Aplicar sanciones de acuerdo al reglamento
Aprobar en cada legislatura la fuerza militar.
PROCEDIMIENTO:
1.Proyecto de ley presentado al presidente;2. entrega a la comisión con visto bueno y vuelve al presidente; 3. el presidente lo lleva a plenaria; 4. cámara revisora de senadores (revisión) ; 5. Organo Ejecutivo Promulga, para su aprobación
PROCEDIMIENTO:
- Proyecto de ley de autonomías y ordenamiento; 2. comisión realiza informe; 3. el presidente lo lleva a plenaria de senadores; 4. retorna a la cámara de origen; 5. si en caso de no trabajar esta pasa a la Asamblea Legislativo Plurinacional. 6. el Presidente lo promulga en la gaceta.
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ORGANO ELECTORAL
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que es
Es uno de los cuatro Organos del poder publico del Estado Plurinacional de
Bolivia, con igual jerarquia constitucional a la de los Organos. Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
Es la maxima intancia que esta conformada
por 7 miembos, quien duraran en sus funciones durante 6 años sin posibilidad
de releccion.
funcion
Garantizar ejercicios de la democracia
Directa y participativa
Representativa
Comunitaria
ESTA COMPUESTO POR
Los Tribunales Electorales Departamentales
Atribuciones
Atribuciones Electorales Atribuciones Jurisdiccionales Atribuciones para el Fortalecimiento democratico
Atribuciones vinculadas a la legislacion
Atribuciones sobre las organizaciones politicas
Atribuciones Admonistrativas
Obligaciones
Son las mismas que el Tribunal Supremo Electoral, ya que se encuentran bajo las directrices del mismo pero evidentemente en un campo de aplicacion unicamente Departamental.
Compuesta por
Esta integrado por 5 vocales de las cuales al menos 1 sera de la nacion o pueblo indigena originario el total de los vocales almenos 2 seran mujeres
Para cada departamento se establece un Tribunal Electoral Departamental
Los Notarios Electorales
Atribuciones
Remitir a los Tribunales Electorales Departamentales los informes y documentos determinados por Ley.
Atender el dia de la votacion las reclamaciones de las electoras y los electores
Apoyar logisticamente a las autoridades electoralesen los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato.
Recoger de los Jurados Electorales los sobres de seguridad y el material electoral.
Entregar personal y oportunamente a la Presienta o el Presidente de cada Mesa de Sufragio el material Electoral recibido del Tribunal Electoral Depatamental.
Asistir a las organizacion de los Jurados de Mesa de sufragio y apoyar en la capacitacion
Denunciar ante las autoridades competentes las violaciones a la ley donde observan irregularidades en el proceso electoral.
Dar fe de los actos electorales conforme a lo establecido por la ley
El Tribunal Supremo Electoral
compuesta por
Responsable de
Ejecutar los procesos
Organizar
Administrar
Atribuciones
Atribuciones Electorales Atribuciones de Registro Civil y Electoral Atribuciones Juridiccionales Atribuciones para el fortalecimiento democratico Atribuciones vinculadas a la legislacion Atribuciones sobre las organizaciones politicas
Atribuciones administrativas
Desempeñaran sus funciones por un periodo de 6 años sin derecho a postularse nuevamente para el mismo cargo.
7 Vocales, 2 seran de origen indigena originario campesino y el total de el Tribunal supremo electoral 3 deben ser mujeres.
Los Jurados de las Mesas de sufragio
Justificantes para no llevar acabo como jurado de mesa
Ser dirigente o candidato de organizaciones politicas, debidamente acreditado.
Enfermedad Probada con certificado medico
Fuerza mayor o caso fortuito comprobando documentos.
Estado de gravidez
Seleccion
El resultado del sorteo constara en Acta firmada por el Presidente o la Presidente y vocales del Tribunal Electoral competente.
La seleccion de los jurados de cada mesa de sufragio esta avargo de los Tribunales Electorales Departamentales, la cual mediante un sorteo de la lista de personas habilitadas para votar.
La seleccion de jurados se realizara en acto publico, al cual se invitara a los delagados y delagadas de organizaciones politicas con personalidad juridica e instancias del Contro Social.
Los Juzgados Electorales
Atribuciones
Requerir el apoyo de la fuerzapublica para el cumplimiento de sus funciones y resoluciones.
Conocer y resolver, en primera instancia controversias sobre procesos electorales
Sancionar, en primera instancia, las faltas electorales en procesos electorales referendos y revocatoria de mandato.
Disponer las medias cautelares conforme a la ley durante la sustancion del proceso.
Vigilar el funcionamiento y la organizacion de los notarios, jurados, y mesa de sufragio.
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ORGANO EJECUTIVO
VICEPRESIDENTE DEL ESTADO (A)
ATRIBUCIONES
Desempeñar misiones diplomáticas
Participar con el presidente (a) a formulación de política exterior
Y Gobiernos autónomos
Coordinar relaciones entre Órgano Ejecutivo, La Asamblea Legislativa
Asumir la Presidencia en los casos establecidos por la CPE
requisitos
Acceso al servicio publico
Tener 30 años cumplidos al día de la elección
Residir por lo menos cinco años anteriores a la elección
PRESIDENTE DEL ESTADO (A)
ATRIBUCIONES
Designar al procurador (ar) General del Estado
Presentar proyectos de ley
Designar Ministros y Ministras
Designar a sus representantes del Órgano Electoral
Designar al Comandante en jefe de las Fuerzas Armadas, Aérea y de la Armada
Designar al Contralor General del Estado, al presidente (a) del BCB
Presentar informe anual sobre el curso y estado de la Administración Publica
Presentar plan de desarrollo económico y social a la Asamblea Legislativa Plurinacional
Promulgar leyes sancionadas por la Asamblea Legislativa Plurinacional
Políticas exteriores (tratados internacionales, nombrar servidores públicos, diplomáticos y admitir funcionarios extranjeros en general
Proponer y dirigir políticas del Gobierno y de Estado
Cumplir y hacer cumplir la CPE
En ausencia
Sin exceder los 90 días
El presidente de la Cámara de Diputados
Reemplazado por el vicepresidente
Coordinar con los otros Ministerior la planificacion y ejecucion de las politicas del gobierno :
LIMINITACIONES
MINISTROS Y MINISTRAS DEL ESTADO
ATRIBUCIONES
Proponer y dirigir las politicas gubernamentales en su sector
La gestion de la Administracion Publica en el ramo correspondiente
Dictar normas administrativas en el ambito de su competencia
Proponer proyectos de decreto supremo y suscribirlos con la Presidenta o el Presidente del Estado
Resolver en ultima instancia todo asunto adminstrativo que corresponda al Ministerio
Presentar a la Asamblea Legislativa Plurinacional los informes que les soliciten
Coordinar con los otros Ministerior la planificacion y ejecucion de las politicas del gobierno :
Proponer y coadyugar en la formulacion de las politicas generales del gobierno
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No formar parte de la Asamblea Legislativa Plurinacional
No ser directivo, accionista ni socio de entidades financieras o empresas con intereses opuestos con el Estado
No ser conyugue ni pariente consanguíneo de quienes se hallen ejerciendo como Presidente (a) o el Vicepresidente (a)
Como persona legal de persona jurídica no tener cumplimiento de deudas ejecutoriadas con el Estado
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL
control de
Constitucionalidad, y precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales.
Interpretación, con preferencia, la voluntad del constituyente
INTEGRADO
Magistradas y Magistrados elegidos con criterios de plurinacionalidad, con representación del sistema ordinario y del sistema indígena originario campesino
No recibirán
remuneración
Se elegirán mediante sufragio
universal
REQUISITOS
Requisitos generales para el acceso al servicio público
Haber cumplido treinta y cinco años
Tener especialización o experiencia acreditada de por lo menos ocho años en las disciplinas de Derecho Constitucional, Administrativo o Derechos Humanos
Propuestas y propuestos por organizaciones de la sociedad civil y de las naciones y pueblos indígena originario campesinos
ATRIBUCIONES
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En única instancia, los asuntos de puro derecho sobre la inconstitucionalidad de leyes, Estatutos Autonómicos, Cartas Orgánicas, decretos y todo género de ordenanzas y resoluciones no judiciales.
Los conflictos de competencias y atribuciones entre órganos del poder público.
Los conflictos de competencias entre el gobierno plurinacional, las entidades territoriales autónomas y descentralizadas, y entre éstas.
Los recursos contra tributos, impuestos, tasas, patentes, derechos o contribuciones creados, modificados o suprimidos en contravención a lo dispuesto en esta Constitución.
Los recursos contra resoluciones del Órgano Legislativo, cuando sus resoluciones afecten a uno o más derechos, cualesquiera sean las personas afectadas.
La revisión de las acciones de Libertad, de Amparo Constitucional, de Protección de Privacidad, Popular y de Cumplimiento.
Las consultas de la Presidenta o del Presidente de la República, de la Asamblea Legislativa Plurinacional, del Tribunal Supremo de Justicia o del Tribunal Agroambiental sobre la constitucionalidad de proyectos de ley.
Las consultas de las autoridades indígenas originario campesinas sobre la aplicación de sus normas jurídicas aplicadas a un caso concreto.
El control previo de constitucionalidad en la ratificación de tratados internacionales.
La constitucionalidad del procedimiento de reforma parcial de la Constitución.
Los conflictos de competencia entre la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisdicción ordinaria y agroambiental.
Los recursos directos de nulidad.
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Funcion es
Padron Electoral
Organizar y Administrar
Registro Civil