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ANTECEDENTES NACIONALES E INTERNACIONALES DEL DERECHO MERCANTIL …
ANTECEDENTES NACIONALES E INTERNACIONALES DEL DERECHO MERCANTIL
ANTECEDENTES NACIONALES
para 1842 se organizaron tribunales especiales para conocer de las causas mercantiles y la creación de juntas de fomento, para velar los intereses del comercio.
El Código de Lares (1854), dicho Código constaba de 1091 artículos; regulaba de manera sistemática el Derecho Mercantil con una fuerte influencia europea; este código tuvo efímera vigencia, ya que al caer Santa Anna fue abrogado.
En el año de 1883 se confirieron facultades al Congreso Federal para legislar en materia de comercio; en virtud de lo cual se elaboró un nuevo Código de Comercio cuya vigencia inició en julio de 1884, el cual tenía grandes imperfecciones y también tenía grandes aciertos, al poco tiempo de su entrada en vigor se pensaba en abrogarlo.
1890, entró en vigencia nuestro actual Código de Comercio, el cual ha sufrido diversas modificaciones en su contenido.
Existen tres leyes relacionadas con el Derecho Mercantil, las cuales son consideradas ya como leyes mexicanas: a) Ley sobre Derechos de Propiedad de los Inventores o Perfeccionadores de algún ramo de la industria (1832), b) Reglamento de Corredores (1842), y, c) Ley de Bancarrotas (1853)
ANTECEDENTES INTERNACIONALES
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El origen del Derecho mercantil, como rama del Derecho privado desgajada del Derecho común, se sitúa en la Baja Edad Media (a partir del siglo XI) y en las ciudades del centro y del norte de la península italiana.
Su ámbito de aplicación está constituido por las relaciones jurídicas nacidas de una concreta actividad económica —el comercio—, y su delimitación frente al derecho civil se hace en función de los sujetos protagonistas —los comerciantes,
los mercaderes— y de su ejercicio profesional. Surge así un Derecho privado especial, que acota la materia regulada por razón de las personas y de la actividad.
Las Ordenanzas generales del comercio terrestre (1673) y del comercio
marítimo (1681) promulgadas por Luis XIV de Francia "llamadas Ordenanzas de Colbert"
Se designan así las debidas a dicho Ministro de Luis XIV, de Francia, se refieren al derecho mercantil y marítimo. Constituyen una pieza histórica fundamental del derecho comercial continental y fuente principal del celebre código francés de 1807. fueron importantes en la historia del derecho mercantil porque establecieron un marco legal y normativo para el comercio y la actividad económica en Francia.
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