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EL DERECHO DE LAS OBLIGACIONES - Coggle Diagram
EL DERECHO DE LAS OBLIGACIONES
Origen
Tiene su origen en la antigua Roma,
La persona esta obligada a trabajar como esclavo, amarrado con cadenas en casa de otro. La posición antagónica de "obligare", era "solvere" (Solvente), que significa liberación de las cueras o cadenas. Y es la persona obligada quien paga y por ende el que se libera.
Derechos Subjetivos Patrimoniales.
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1. Derechos Reales:
Facultad que tiene una persona de aprovecharse de manera autónoma de una cosa.
2. Derechos Personales:
Facultad que tiene una persona para exigirle a otra una conducta para lo cual se comprometió.
Dentro de los Derechos Personales tenemos:
Derecho Personal Activo:
el acreedor exige al deudor el cumplimiento de su obligación.
Derecho Personal Pasivo:
El Deudor se compromete con el Acreedor a realizar una cosa y si no cumple responderá con su patrimonio.
Elementos de la Obligación.
Elementos Subjetivos:
Deudor
: Persona que se compromete a realizar una determinada conducta o prestación a favor del acreedor. Pueden ser: Solidarios, Mancomunados, Principal, Subsidiario
.
Acreedor
: Persona en beneficio de la cual el deudor va a realizar la actividad a que se ha comprometido.
Elementos Objetivos:
Obligaciones de dar:
consisten en la entrega de un bien.
Obligaciones de hacer:
en la ejecución de un hecho.
Obligaciones de no hacer:
en una abstención.
Elemento Jurídico:
Es el vínculo de derecho que liga al acreedor con el deudor.
Explica la sujeción del deudor a la necesidad de cumplir al acreedor prestación a que se ha comprometido y el poder jurídico que tiene el acreedor de obligar al deudor a cumplir mediante la intervención de los órganos jurisdiccionales.
La Obligación y su fundamento jurídico.
Es el vínculo jurídico
Que une a las partes deudor y acreedor, quedan ligadas, en donde el deudor debe cumplir con una prestación, que es el objeto de la obligación y el acreedor a recibirla.
Se encuentran ajustadas por la legislación vigente, cimentadas con bases sólidas, desde los artículos 1088 hasta el 1230 del Código Civil Venezolano.
Fuentes de Las Obligaciones.
Son los hechos jurídicos de los que nacen las obligaciones.
Los contratos. La declaración unilateral de voluntad.El enriquecimiento sin causa.La gestión de negocios. La responsabilidad civil.
Estas fuentes son:
La Obligación
Es un vínculo jurídico
Donde el acreedor, puede exigir al deudor, el cumplimiento de una prestación.
Clasificación de las Obligaciones.
Estas son:
Prestación de dar: Es una conducta positiva que consiste en trasmitir la Propiedad u otro derecho real.
Prestación de hacer: Se trasmite y se adquiere por el efecto del consentimiento.
Prestación de no hacer: La no realización de una conducta debida que trae como consecuencia que tienes que indemnizar los daños que pueda acarrearle al acreedor.
Luis Fernando Yepez Suárez / C.I. 30.376.258