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LEY PARA GARANTIZAR A LAS MUJERES UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
OBJETIVOS
Art. 2 establece mecanismo, medidas de prevención atención y protección a las mujeres.
QUIENES HACEN CUMPLIR
Art.5
autoridades y servidores publicos
instituciones públicas
entidades territoriares y autonomas y la socidad civil
A QUIEN PROTEGE
protege a todas las mujeres sin importar su edad
TIPOS DE SANCIONES Art.7
violencia fisica
violencia psicológica
violencia feminisida
violencia sexual
violencia mediatica
violencia contra los derechos y libertad sexual
violencia contra la dignidad honra y nombre
violencia en servicios de salud
violencia laboral
violencia política
violencia institucional
violencia en la familia
OBLIGACIONES DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO Art9
adoptar implementar y supervisar protocolos de atención
crear, fortalecer servicios de atención
crear, sostener servicios de reeducación integreal
adoctar medidas de axcion y resposabilidades para la preservacion de la vida
articular los instrumentos, políticas, servicios y aredicacion
PREVENCIÓN ESTRUCTURAL Art.17
son medidas integrales, acciones y omisiones que tienen como efecto la violencia contra la mujer
PREVENCIÓN INDIVIDUAL Art. 17
son medidas a fortalecer y empoderar a cada mujer
PREVENCIÓN COLECTIVA Art. 17
son medidas destinadas a prevenir la violencia atreves de organizaciones, instituciones, etc.
COMUNIDAD INDIGENA CAMPESINA Art.18
es de cumplimiento obligatorio para las personas en el estado plurinacional sin excepción
Ninguna norma puede vulnerar los derechos de las mujeres
las autoridades de las comunidades indigenas adoptan medidas de atencion y prteccion a mujers
todos los casos de violencia sexual serán derivados a la jurisdicción ordinaria
PRINCIPALES MEDIDAS QUE TIENE QUE IMPLEMENTAR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Art.19
formular y ejecutar una política de prevención del acoso sexual
elaborar para el tratamiento de denuncias de violencia escolar
crear las unidades educativas con centros psicológicas
SERVICIOS DE CASAS ESCOGIDAS
ART.25
Casa de refugio temporal. para refugio de mujeres
garantiza el funcionamiento de alcaldias
art.26 y 27
acoger y proteger de forma gratuita
promover el apoderamiento de las mujeres
ospedaje y alimentacion