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CONTRATOS ESPECIALES parte II, Hade Ayala :smiley: - Coggle Diagram
CONTRATOS ESPECIALES parte II
Contrato de fianza
Trilateral
Fiador (garante )pueden a ver varios.
Acreedor (hace la prestación)
Deudor (debe prestaciones)
La fianza debe constar por escrito, bajo sanción de nulidad
ejemplo
le vas a pedir dinero prestado a alguien y pides que yo te fiance, si yo respaldo eso entonces esto quiere decir que si en caso tu incumplas yo voy a tener que responder, como yo tengo que respaldar una obligación ajena entonces este contrato de fianza es accesorio porque hay una obligación antes para que haya una fianza
Renta vitalicia
Formalidad (se constituye por escritura pública, bajo sanción de nulidad)
Duración: debe señalarse la vida de una o varias personas.
Partes
El contribuyente (Deudor de la renta)
Beneficiario o rentista (acreedor de la pensión)
Extinción
Si muere la persona cuya vida se designó para el pago de la renta
Resolución (incumplimiento de las partes)
contrato aleatorio por el que
una parte se compromete a pagar una pensión, por tiempo determinado y vinculado a la vida del rentista o un tercero, a cambio de bienes muebles o inmuebles otorgados a título de dominio.
Hospedaje
Otras disposiciones
Resolución Ministerial 151-2001-ITINCI/DM
La ley N° 30802
El Decreto Supremo N° 001-2015-MINCETUR
Entre otros
Las tarifas son exhibidas
Partes
Hospedante (el que presta el servicio)
El hospedante responde como depositario por el dinero, joyas,
documentos y otros bienes recibidos en custodia del huésped
Deber de brindar un
buen servicio, refiriéndonos al funcionamiento y salubridad de las habitaciones
Huésped (el que recibe albergue)
El huésped está obligado a comunicar al hospedante la sustracción, pérdida o deterioro de los bienes Introducidos en el establecimiento tan pronto tenga
conocimiento de ello.
Retribuirle con lo pactado en el contrato
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
El contrato de obra
Modalidades
Obra por pieza o medida
Obra por ajuste alzado
Obra a satisfacción del comitente
Subcontrato
La responsabilidad frente al comitente es solidaria entre el contratista y el subcontratista, respecto de la materia del subcontrato. (el que rinde cuentas sobre la obra es el contratistas y con el que realizo el subcontrato)
El contratista no puede subcontratar íntegramente la realización de la obra, salvo autorización escrita del comitente.
Partes
Comitente (pagarle una retribución)
Los materiales necesarios para la ejecución de la obra deben ser
proporcionados por el comitente, salvo costumbre o pacto
distinto.
Tiene derecho a inspeccionar por cuenta propia la ejecución de la obra.
Contratista (ejecuta la obra)
A hacer la obra en la forma y plazos convenidos en el contrato
dar inmediato aviso al comitente de los defectos del suelo o de la mala calidad de los materiales proporcionados por éste
El contratista está obligado a responder por las diversidades
y los vicios de la obra.
El mandato
Parte
Mandate (el que retribuye)
Pagar la retribución
Reembolsarle los gastos efectuados para el desempeño del mandato.
Facilitar los medios necesarios para la ejecución
Indemnizarle los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del mandato.
Mandatario (realizar uno o más ACTOS JURÍDICOS)
Realizar los actos de manera personal, salvo disposiciones distintas
Comunicación inmediata de la ejecución del mandato.
Rendir cuentas de sus actuación.
Es responsabilidad del mandatario, si destina el dinero o los bienes a otro acto no mandado, será reparado y pagado por daños y perjuicios.
Causales de extinción
Ejecución total del mandato
Vencimiento del plazo del contrato
Muerte, interdicción o inhabilitación del mandate o del mandatario.
Derecho de retención
El mandatario retiene los bienes que obtenga para el mandate en cumplimiento de mandato, mientras no cumpla aquel las obligaciones.
Locación de servicios
Partes
LOCADOR (Realiza la acción)
COMITENTE (Recibe el servicio/el pago)
Art. 1764. el locador se obliga, sin estar subordinado al comitente, a prestarle sus servicios por cierto tiempo o para un trabajo determinado, a cambio de una retribución.
Características
Personalísima (característica primordial), Ejm: un artista pintor
Autonomía
Sin horarios
Formalidades
Escrito
Tipos
servicios profesionales o técnicos
Servicios para la ejecución de trabajaos artísticos
Servicios de simple apoyo de la gestión
Servicios profesionales o técnicos de notoria especialización
Duración del contrato
3 años en otra clase de servicios
Si se pacta un plazo mayor, el límite máximo indicado solo puede invocarse por el locador
6 años si son servicios profesionales
Obligación de medios
El depósito
Partes
Depositario (custodia el bien)
Deber de cuidado: obligación contractual de velar por el objeto, bajo responsabilidad, las diligencias ordinarias exigidas de las personas, del tiempo y del lugar.
Prohibido de usar el bien del depositario, salvo autorización expresa.
Depositante (entrega el bien)
Normas complementarias
Ley de garantías
Ley de adecuadas
Ley 2763 "Ley sobre almacenes generales de depósito"
No se puede ceder el depósito sin autorización escrita del depositante.
El secuestro
Partes
Depositantes (las que confían, se encuentran en una controversia)
Depositario (conserva y custodia un bien)
Tipos
Contractual
Ambas partes se ponen de acuerdo para que un 3ro custodie un bien, hasta que se termine la controversia
Extracontractual
El juez, nombra a un depositario para que custodie el bien, para que al finalizar el conflicto, se le haga la entrega.
Fin del contrato
Cuando se le reconoce el derecho a una de las partes.
CLAÚSULAS GENERALES
Contrato defectuoso o parcialmente cumplido (inejecución de la obligación)
Indemnización
Novación
Extinción del contrato
Culminación de un contrato (ejecuto la obligación)
Caso fortuito
Resolución de la obra (incumplimiento de la obra o por mutuo acuerdo)
Determinar el plazo
Contrato de suministro (compra venta a plazos)
Pactos especiales
Clausula de exclusividad
Esta referido al deber de abstención del sumunistrado o suministrante de recibir o efectuar, según sea el caso, prestación de tercero de bienes objeto del contrato
Promoción de venta
El beneficiario del suministro que asume la
obligación de promover la venta de los
bienes que tiene en exclusividad responde de los daños y perjuicios si incumple esa obligación, aún cuando haya satisfecho el contrato respecto de la cantidad
mínima pactada
Clausula de preferencia
En caso de pactarse preferencia a favor de suministrante o suministrado, la duración de la misma no
excederá de 5 años. Se reduce a este límite si se ha fijado un plazo mayor.
Partes
Suministrante (ejecuta la prestación)
Suministrado (paga las prestaciones)
Hade Ayala :smiley: