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Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN, ¿CÓMO OPERA EL PROCEDIMIENTO…
Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN
La descentralización.
Engloba distintos elementos como proyectos, expectativas, anhelos y descontentos.
Implica reclamos de poblaciones en desventaja en comparación con un centro totalizador.
Transferir autoridad a diversas corporaciones u oficios que antes ejercía el gobierno supremo.
La desconcentración
: La administración centralizada presta servicios o desarrolla acciones en distintas zonas de un territorio.
Acercamiento de la prestación de servicios al lugar del usuario y descongestión del poder central.
Órganos desconcentrados ejercen atribuciones o competencias en forma regional o local, fuera del centro geográfico
Las municipalidades como muestra de un proceso de descentralización.
La Constitución Política del Perú establece lineamientos sobre la descentralización en los artículos 188° al 199
Las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa
Existe una ley que regula la organización y atribuciones de las municipalidades
Bienes y rentas que corresponden a las municipalidades en la Constitución Política.
Las municipalidades tienen bienes muebles e inmuebles de su propiedad
: Reciben tributos creados por ley, contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanzas Municipales.
Obtienen recursos por privatizaciones, concesiones y servicios, así como por el Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN).
Reciben transferencias específicas, recursos por canon y recursos provenientes de sus operaciones financieras.
COMO SE DISTRIBUYE EL FONCOMUN
¿CÓMO SE ESTABLECE LA ASIGNACIÓN PROVINCIAL Y DISTRITAL
Sobre la asignación geográfica por provincia, se asigna el 20% a la municipalidad provincial y el 80% restante se distribuye entre todas las municipalidades distritales de la provincia.
Asignación del 20% a la municipalidad provincial.
Distribución del 80% restante entre las municipalidades distritales
¿CÓMO SE ESTABLECE LA ASIGNACIÓN DISTRITAL?
La asignación distrital se establece utilizando criterios de distribución que incluyen la ruralidad, gestión municipal y extensión territorial.
Criterio de ruralidad: se pondera la población rural y urbana de cada distrito
Criterio de gestión municipal: se calcula en función de indicadores de generación de ingresos propios y priorización del gasto en inversión.
Criterio de extensión territorial: se calcula en función de la superficie territorial de cada distrito.
¿QUÉ COMPONENTES INTEGRAN AL CRITERIO DE GESTIÓN MUNICIPAL?
El criterio de gestión municipal está compuesto por el incentivo por generación de ingresos propios y la priorización del gasto en inversión.
Incentivo por generación de ingresos propios: utiliza la variación de los ingresos propios per cápita.
Priorización del gasto en inversión: utiliza la relación de los gastos en inversión del FONCOMUN respecto a los gastos totales.
¿EXISTE UN MONTO MÍNIMO MENSUAL DE DISTRIBUCIÓN DEL FONCOMUN?
Los recursos mensuales del FONCOMUN no pueden ser inferiores a un monto equivalente a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Determinación del monto mínimo mensual.
Relación del FONCOMUN con la recaudación del Impuesto General a las Ventas (IGV).
¿QUÉ INFORMACIÓN SE UTILIZA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS ÍNDICES DEL FONCOMUN?
El artículo 9° de la norma reglamentaria establece la información utilizada para elaborar los índices del FONCOMUN
Información demográfica y socioeconómica: Población, urbana y rural, carencia de servicios básicos en la vivienda, NBI, y extensión territorial por distritos y provincias. Esta información es proporcionada por el INEI.
Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI): Método utilizado para medir la pobreza y caracterizarla. Se verifica si los hogares satisfacen una serie de necesidades elementales para tener una vida digna. Permite la elaboración de "mapas de pobreza" para identificar carencias y orientar políticas sociales. El INEI proporciona la información censal necesaria para aplicar este método.
¿QUIÉN DETERMINA LOS ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL FONCOMUN?
Los índices de distribución del FONCOMUN son determinados anualmente por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) mediante Resolución Ministerial
Autoridad competente: El MEF es la autoridad encargada de establecer los índices de distribución, y las municipalidades no tienen injerencia en este proceso.
Periodicidad: Los índices de distribución del FONCOMUN se aprueban anualmente mediante Resolución Ministerial del MEF.
¿CUÁL ES EL DESTINO DE LOS RECURSOS DEL FONCOMUN?
: Los recursos del FONCOMUN recibidos por las municipalidades deben ser utilizados íntegramente para los fines determinados por los gobiernos locales, mediante acuerdo de su Concejo Municipal y de acuerdo con sus necesidades reales.
Utilización de recursos
Los gobiernos locales deciden anualmente cómo se utilizarán los recursos del FONCOMUN, estableciendo porcentajes para gasto corriente e inversiones y determinando los niveles de responsabilidad correspondientes.
Concejo Municipal
Órgano encargado de determinar la forma en que se utilizarán los montos transferidos del FONCOMUN. Puede decidir destinar los recursos mayoritariamente al gasto corriente o priorizar su uso en obras de inversión.
¿SE PUEDE EJERCER LA POTESTAD TRIBUTARIA PARA CREAR TRIBUTOS?
Las municipalidades tienen la potestad tributaria para crear tributos.
a) Las municipalidades pueden crear, modificar, suprimir y exonerar tasas y contribuciones dentro de su jurisdicción.
b) Algunas municipalidades no ejercen su potestad tributaria y prefieren depender de las transferencias mensuales del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) para su presupuesto.
Dificultades de las municipalidades para ejercer su autonomía financiera
a) Muchas municipalidades enfrentan dificultades para tener un desarrollo institucional mínimo, especialmente las que tienen menos de 10,000 habitantes y recursos reducidos.
b) Algunas municipalidades no recaudan ningún tributo y dependen únicamente del FONCOMUN y el Programa del Vaso de Leche como ingresos.
c) Existe una alta tasa de morosidad en el pago del impuesto predial y arbitrios por parte de los contribuyentes.
d) Los municipios no emplean la fuerza coactiva para el cobro de impuestos.
e) La frecuente implementación de amnistías tributarias contribuye a la falta de una cultura de pago.
Limitaciones en la autonomía financiera de las municipalidades
a) Aunque teóricamente tienen potestad tributaria en impuestos, en la práctica no tienen la capacidad de definir la base imponible ni los elementos que configuran los tributos municipales.
b) En el caso de tasas y contribuciones, también existen parámetros definidos que restringen su intervención.
c) Las municipalidades no pueden influir en la configuración, recursos y distribución del Fondo de Compensación Municipal.
¿CÓMO OPERA EL PROCEDIMIENTO DE DISTRIBUCIÓN DEL FONCOMUN?
El procedimiento de distribución del FONCOMUN comprende el cálculo de la asignación geográfica por provincias y la distribución entre todas las municipalidades distritales.
Cálculo de la asignación geográfica por provincias.
Distribución entre todas las municipalidades distritales
¿QUÉ CRITERIOS DE UTILIZAN PARA ESTABLECER LA ASIGNACIÓN GEOGRÁFICA POR PROVINCIA?
La asignación geográfica por provincia se establece considerando los criterios de demografía y pobreza.