Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
1) FORMACIÓN DE CLIENTELA - Coggle Diagram
1) FORMACIÓN DE CLIENTELA
Prohibiciones
Solicitacion con fines de lucro
En elogio de su propia situacion
Evitar solicitacion directa o indirecta
Informacion falsa, efecuatuada con bases indemostrables, asegura medios que exceden las capacidades del abogado o medios ilegales.
Terminos importantes
Bienes de Confianza
Aquellos respecto de los cuaes el cliente carece de los conocimientos necesarios para evaluar su real necesidad, calidad y utilidad.
Solicitacion
Toda comunicación de un abogado relativa a uno o más asuntos específicos, dirigida a un
destinatario determinado,
por sí o por medio de terceros, y cuyo sentido sea procurar la contratación de sus servicios profesionales.
Excepciones
No hay situacion de vulnerabilidad
Cliente puede aceptar o rechazar libremente
Voy directamente a alguien para que me contrate aprovechandome, muchas veces, de su vulnerabilidad.
Permitido
Publicacion o reparto de tarjetas meramente enunciativas.
Informar honesta y verazmente sobre sus servicios.
Cementar reputacion y honradez
¿Porque se regula la forma de captar clientes?
Debe apoyarse en su prestigio y reputacion
Reducir asimetria de la informacion con cliente
Dignidad de la profesion
Articulos
ART. 13: “Prohibición de la solicitación.
Siempre está prohibida una comunicación dirigida a obtener un encargo profesional si media engaño, hostigamiento o aprovechamiento abusivo de la situación o estado de vulnerabilidad de los destinatarios”.
Está prohibido al abogado recurrir a la solicitación para formar su clientela. Se entiende por solicitación toda comunicación de un abogado relativa a uno o más asuntos específicos, dirigida a un destinatario determinado, por sí o por medio de terceros, y cuyo sentido sea procurar la contratación de sus servicios profesionales.
No constituyen solicitación las siguientes comunicaciones:
c) La dirigida a otro abogado o estudio
d) La dirigida a un órgano del Estado
b) La dirigida a un cliente o a quien fue cliente personal del abogado
e) La realizada en el marco de actividades pro bono
a) La dirigida a personas con quienes el abogado tenga relaciones de parentesco o amistad
ART. 12: “Información sobre servicios profesionales. Para formar su clientela el abogado podrá informar honesta y verazmente sobre sus servicios profesionales. En particular, al abogado está prohibido:
a) Prometer resultados que no dependan exclusivamente de su desempeño profesional;
b) Ofrecer el empleo de medios contrarios al derecho;
c) Dar a entender que posee la capacidad de influir en la autoridad personalmente o por medio de terceros;
d) Revelar información protegida por el deber de confidencialidad;
e) Informar la identidad de sus clientes sin contar con su autorización
f) Valerse de comparaciones con otros abogados o estudios sobre bases indemostrables”.