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PROCESO PSICOTERAPÉUTICO. - Coggle Diagram
PROCESO PSICOTERAPÉUTICO.
Psicoterapia, marco y proceso
Psicoterapia de acuerdo a su etimología: una terapia de la psique y por la psique, siendo su principal vehículo la palabra.
"Marco" es un sistema de premisas necesarias que da sentido al flujo de los acontecimientos estableciendo con ello unos modos de participación.
Paul Ricoeur (1988), se pregunta si la psicoterapia no será una especie de restructuración narrativa de la personalidad. "La vida es un relato en busca de narrador”
Una dialéctica entre negociación y cooperación permite que las diversas definiciones de la situación acaben generalmente por armonizarse.
Un acto del habla por su fuerza perlocucionaria permite precisamente estructurar una relación terapéutica.
Permite al terapeuta afrontar la incertidumbre de las caídas, de las "resistencias".
Negociaciones que permiten una "construcción evolutiva" de la enfermedad,
Derechos y responsabilidades
Contrato de asistencia médica y/o psicológica
I) Toda persona tiene derecho a recibir un tratamiento, como traducción primaria del derecho a la salud.
a) proporcionar tratamiento particularmente en casos de urgencias, sin discriminación de razas, credo, color, origen y sexo
b) fomentar y favorecer aquellas medidas que permitan el acceso al recurso de salud a rodos aquellos que lo necesitan.
II) El paciente tiene derecho a que el tratamiento le sea ofrecido por un agente competente.
Esto implica por un lado la obligación de una formación continua en el terapeuta.
III) El paciente tiene derecho a un arreglo financiero razonable, sobre la base de tres premisas
El derecho a los honorarios por parte del terapeuta.
La realidad social del contexto.
El derecho a la salud
IV) El paciente tiene derecho a que su tratamiento tenga un término. No es lícito condenar al paciente a un tratamiento prolongado innecesario o a procedimientos diagnósticos similares.
la necesidad de fijar fechas tentativas para la terminación y la necesidad de revisarlas periódicamente, si hay que plantear un cambio.
V) El paciente tiene derecho a recibir el tratamiento más apto, debe para ello recibir una información previa que le permita aceptarlo con un consentimiento informado.
a) conocimiento del tratamiento, donde la prudencia y la sensatez deberán evaluar el nivel de información que pueda ofrecerse al paciente.
b) competencia del paciente para ofrecer consentimiento.
c) disposición voluntaria que puede verse disminuida si el paciente permanece en ese momento en instituciones de reclusión
VI) El paciente tiene derecho a que se lleve un registro preciso del proceso terapéutico.
La confidencialidad -dada la manipulación a que son sometidos los expedientes- presenta dificultades a nivel de instituciones, obras sociales, seguros
VII) El paciente tiene derecho a la reserva y confidencialidad y el incumplimiento de este derecho por parte del terapeuta entraña una sanción jurídica.
La confidencialidad es la ética que protege la relación terapéutica.
El paciente puede renunciar a la confidencialidad dando previamente su consentimiento por escrito
A nivel de terapia de pareja y conyugal, el terapeuta debe definir los límites de lo que cada miembro desea comunicar.
VIII) A los deberes del terapeuta corresponden otros tantos del paciente. Laín En- tralgo los sintetiza como lealtad, confianza, y distancia,
a) La lealtad para declarar todo lo concerniente al problema a tratar aun cuando no haya sido interrogado expresamente
b) La confianza en el terapeuta, se traduce en un trabajo participativo
c) Distancia para evitar una transferencia "viciosa".
d) La confidencialidad en el material elaborado en sesión, no sólo rige para el terapeuta sino también para el paciente, y es indicio de un yo fuerte.
La obligación por otra parte es un vínculo de derecho o Una situación en virtud de la cual una persona se encuentra con el deber jurídico de cumplir con una prestación.
La responsabilidad, a nivel jurídico constituye la obligación de dar satisfacción y reparación por los daños voluntarios e involuntarios de las propias acciones, ya sea a nivel penal como a nivel civil.