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SEGURIDAD EN EL PROYECTO - Coggle Diagram
SEGURIDAD EN EL PROYECTO
Art. 18.
Reforma
Modificación sustancial que se realicen en el futuro
Construccion
acomodarse a las prescripciones
de la Ley y del presente Reglamento.
Art. 20
Los Municipios comunicarán a
Ministerio de Trabajo
Recursos Humanos
Negado la aprobación de planos de centros de trabajo.
Art. 19.
aplicación de
Reglamentarias.
Las normas
legales
El Comité Interinstitucional
Artículo 34.- De la afiliación.-
El empleador público o privado registrará la afiliación
de las personas que prestan sus servicios
Artículo 35.- De la persona con discapacidad.-
El Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social
Artículo 36.- Materia gravada.-
El cálculo de aportaciones y contribuciones al Seguro
General Obligatorio
Artículo 37.- De las prestaciones del afiliado a tiempo parcial, agropecuario y
bioacuático discontinuo.-
Artículo 3 de la Ley de Seguridad
Social
Bioacuáticos discontinuos tendrán
derecho a las prestaciones que otorga el IESS
Artículo 38.- Del contrato juvenil.-
El empleador deberá registrar a su trabajador
juvenil, en edad comprendida entre dieciocho
Artículo 39.- De la jornada laboral disminuida.-
El aporte personal, se calculará sobre el valor de la remuneración realmente
percibida, durante el período de la reducción de la jornada
Artículo 40.- De la licencia sin remuneración por maternidad y paternidad.-
El afiliado que adopte a un menor de edad, podrá también acogerse a esta licencia y
retirar el fondo acumulado de su cuenta individual de cesantía