Toda persona, natural o jurídica, que inicie operaciones económicas, de ejercicio profesional, gestión de negocios o laborales comerciales, de forma independiente; debe realizar, de forma obligatoria, la Declaración Jurada de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
Con este trámite la persona puede generar ingresos, declararlos y pagar impuesto a la renta, ya sea en primera o segunda categoría.
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