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JUICIO DE AMPARO, UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
LIC. EN DERECHO…
JUICIO DE AMPARO
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TIPOS
DIRECTO
Es un recurso que se presenta ante un ente competente para que sea esta quien se encargue de conceder o negar la suspensión del acto reclamado y enviarlo al Tribunal Colegiado que corresponda. Una vez que dicho Tribunal dicta sentencia ya no procede ningún otro recurso.
Un amparo directo procede contra cualquier resolución que ponga fin al juicio y que sea dictada por un tribunal judicial, de trabajo, agrario o administrativo. Además, se tienen que agotar todos los recursos ordinarios que estén establecidos en la ley y que de alguna manera puedan revocar o modificar una resolución.
Otro caso en el que procede un amparo directo es en aquellas sentencias que pongan fin a un juicio y que sean dictadas por un tribunal en lo contencioso administrativo, siempre y cuando la resolución sea favorable para el afectado.
En esta circunstancia, la resolución se puede impugnar con un recurso administrativo de revocación, luego la sentencia se puede llevar a un juicio contencioso administrativo y, después de que Tribunal Federal dicte su resolución, ya no podrá impugnarse, por lo cabe interponer un juicio de amparo directo ante el Tribunal Colegiado que corresponda.
INDIRECTO
Un amparo indirecto es un juicio que si bien es llevado a cabo por un juez de distrito, su resolución puede ser revisada, bien sea por el Tribunal de Circuito o por el Tribunal Supremo, según corresponda.
Actos realizados fuera de juicio, o luego de concluido este, que no tengan origen en los tribunales anteriormente mencionados o que afecten a personas ajenas a este.
De igual modo, un amparo indirecto tiene lugar frente a actos o leyes que no tengan origen en tribunales administrativos, judiciales o del trabajo.
Un juicio de amparo indirecto procederá contra actos de imposible reparación (acciones que, una vez realizadas, generan consecuencias que no pueden ser restituidas a su estado original).
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