Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Reglamentación del buque y su explotación - Coggle Diagram
Reglamentación del buque y su explotación
averías marítimas
concepto y clases de averías
Se entiende por avería todo daño o menoscabo que sufra la embarcación en puerto o durante la navegación, o que afecte a la carga desde que es embarcada hasta su desembarque en el lugar de destino.
clases: avería común o gruesa y avería particular o simple
avería simple o particular
Son todos los daños y menoscabos que no se hicieran deliberadamente en bien común de la nave y el cargamento separadamente
introducción
las averías en el Código de Comercio, hablan desde el artículo 806 al 816.
avería gruesa
Existe un acto de avería gruesa cuando, y solamente cuando, se ha efectuado o contraído, intencional y razonablemente, algún sacrificio o gasto extraordinario para la seguridad común, con el objeto de preservar de un peligro a los bienes comprometidos en una expedición marítima.
responsabilidad por daños de abordaje
abordaje culpable bilateral
Es producido por causa imputable a ambas embarcaciones y su solución es diferente en atención a si se aplica el Convenio o el Código de Comercio
abordaje fortuito
es el causado por caso fortuito, fuerza mayor, o hecho de
tercero.
abordaje culpable unilateral
es el causado por culpa, negligencia o impericia
abordaje dudoso
se califica así cuando no puede determinarse cuál de las
embarcaciones ha sido el causante del abordaje
abordaje culpable
El abordaje culpable es el causado por culpa, negligencia o impericia
supuestos especiales
El naufragio, ha suscitado muy diversas actitudes en las legislaciones.
clases de abordaje
Los abordajes son tratados según sean fortuitos o causados por fuerza mayor, por negligencia o imprudencia y los dudosos.
concepto y delimitación del acto de avería gruesa
supuestos legales
Llámese arribada forzosa la entrada necesaria de la nave a un puerto o lugar distinto del prefijado para el viaje convenido. La arribada forzosa es legítima o ilegítima. Es legítima la que procede de caso fortuito, e ilegítima, la que trae su origen del dolo, la negligencia o la impericia del capitán.
naturaleza jurídica
El capital sujeto a riesgos del mar; Las pérdidas y daños cuantiosos
elementos característicos
el peligro • la voluntad: • el sacrificio • interés o beneficio común
contribución a la avería gruesa
Contribuirán en común a la avería gruesa, sueldo a libra, las mercaderías salvadas y las perdidas por echazón u otras medidas de salvamento y la nave y su flete. La contribución se arreglará al valor que dichas cosas tuvieren en el lugar de la descarga deducidos antes los gastos de salvamento.
concepto
Que haya existido un peligro cierto e inminente. Que haya sacrificado, voluntariamente parte de la carga o de barco. Que el sacrificio haya resultado en beneficio para la parte no sacrificada.
obligación de indemnizar
requisitos formales
El acto mediante el cual el Capitán o las personas que tienen conocimiento de un hecho que puede generar su responsabilidad, la de sus principales y dependientes
limitación de responsabilidad
En el caso que la jurisdicción corresponda cuando el demandado haya sido citado personalmente en el territorio de la República, los tribunales podrán discrecionalmente declinar su jurisdicción, a solicitud del demandado, en favor de los tribunales de otro país en el cual se hubiere intentado una acción por los mismos hechos y causas, siempre que le otorgasen al demandante iguales garantías para responder de las resultas de dicha acción intentada por ante ese otro Estado .
contenido del deber de indemnización
El Deber de Indemnización seguro del buque, comprende todas sus pertenencias, dentro del concepto expresado por la ley, inclusive los gastos de equipamiento y provisiones.
aspectos penales y administrativos
El propietario de un buque, al ocurrir un siniestro será responsable de todos los daños que le sean imputables causados a terceros por la explotación de dicho buque o por la carga derramada o descargada desde el buque a resultas del siniestro, así como de las medidas tomadas para prevenir o minimizar esos daños.
legitimación pasiva
Comunicar de inmediato el hecho por todos los medios de comunicación de que se disponga y enviar una llamada internacional de auxilio cuando la gravedad del abordaje lo requiera
obligaciones del capitán en relación del abordaje
El capitán ha de poner toda su diligencia en atenuar las consecuencias de la colisión y evitar la pérdida del buque, realizar con prontitud un reconocimiento pericial del mismo y una tasación por expertos de los daños ocasionados, a efectos de su ulterior reclamación de resarcimiento.
legitimación activa
En caso de desacuerdo o de incumplimiento de lo establecido en la liquidación acordada, las partes pueden acudir a la vía judicial
salvamento marítimo
concepto
El salvamento: aquella intervención que se realiza después de ocurrido el siniestro marítimo con el fin de aminorar sus efectos
elementos constitutivos
la propia tripulación o los pasajeros del buque salvado los prácticos, fuera de los límites geográficos donde presten sus servicios. La ayuda ha de ser prestada a un buque, una aeronave, personas o cosas que se encuentren a bordo de los mismos.
disciplina normativa
Las legislaciones suelen contener normas que castigan el incumplimiento de este deber de asistencia en el caso de peligro de un buque que la pide por radio o por otro método de comunicación, y las extienden al caso de abordaje.
delimitación frente a figuras afines
Ha de referirse a un peligro real, de cualquier naturaleza y origen. Ha de ser un peligro más o menos de carácter inminente.
antecedentes históricos
El rescate, auxilio y sostén de personal y materiales a través de diferentes métodos (reflotamiento, zafado de varaduras, remoción, dispersión, etc.).
prestación de salvamento
Relación de causalidad entre la acción del salvador y el resultado obtenido. Ausencia de prohibición del asistido
introducción
se considera salvamento marítimo en el derecho español vigente a “todo acto de ayuda prestado a un buque de navegación marítima, su cargamento o flete que se encuentren en peligro y que haya producido la salvación total o parcial de tales bienes”.
remuneración
Éxito o un resultado útil es necesario, porque la remuneración de salvamento depende del valor de la propiedad salvada.
distribución de la remuneración
El valor del buque y otros bienes salvados. La pericia y los esfuerzos desplegados por el salvador o los salvadores para evitar o reducir al mínimo los daños al medio ambiente.
abordaje
antecedentes históricos
En el Derecho romano clásico algunos juristas (Ulpiano y muy probablemente ya Alfeno y Próculo) consideraban que, en los casos de abordaje de una nave causado por la dotación con culpa, la víctima del daño podía ejercitar contra el naviero la actio damni in factum adversus nautas.
disciplina normativa
Si ha habido culpa por parte de los dos capitanes, o de los individuos de las dos tripulaciones, cada buque soportará su daño. Si el choque o abordaje ha tenido lugar por accidente puramente fortuito, el daño es soportado, sin repetición alguna, por el buque que lo ha sufrido.
introducción
En su significación general se considera como la colisión o choque entre dos barcos.
concepto y delimitación
Que exista un contacto material entre las embarcaciones abordadas, aun cuando nuestra ley lo hace extensible al caso del que el contacto no haya existido. Que exista un daño resultante del hecho. Que el hecho es independiente de las aguas en que se registre: maritimas, fluviales, lacustres, etc.