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proceso de conocimiento ordinario de cumplimiento de obligacion y…
proceso de conocimiento ordinario de cumplimiento de obligacion y consecuente devolucion de capital de anticretico
demandante sujeto activo VIRGINIA MAMANI CONDORI REQUISITOS DE LA DEMANDA) Art.
110 del CPC ...Fs. 8-12(
pretension-cumplimiento de obligacion y consecuente devolucion de anticretico Nro 2 del Art 110 del CPC
Art. que se ampara su peticion. Art. 291, 339, 344,568, I. 1399, 1431, 1432. 1435 III., 1465 CC. y Art 110.362 CPC.
crtitica deberia indicar Nro 7 del Art. 110 del CPC LA INVOCACION DEL DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DEMANDA
relacion de hechos constitutivos: incumplimiento de contrato con escritura publica 003/2017 escrito en fecha 4 de enro de 2017 vencido en fecha 4 de enero de 2019
cuantia (quince mil dolares americanos 00/100) por contrato de anticreisis Nro. 5 del Art 110 del CPC
hechos constitutivos : el mismo inmueble tiene anotacion preventiva a favor de Liliana Pinto Machicado por 3000 Sus americanos y gravamen a nombre de Jhovana Mamani Sarsuri por suma de 40.123.00 Sus Nro. 6 del Art. 110 del CPC
prueba documental Art,. 111 CPC. escritura publica de anticresis 003/217 y fotocopias simples de Cedulas de indetidad para acreditar legitimacion de sujeto activo
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PROVIDENCIA se dicta fecha 17 de febrero 2020 observa para que subsane en tres dias apartir de la notificacion los siguienntes observados. segun Art.113 CPC Fs. 14
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aclare los hechos constitutivos puesto que contrato de anticreisi tiene una obligacion unilateral y no bilateral
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CRITICA
no presenta el acta de tentativa de conciliacion obligatorio para interponer un proceso de conocimiento ordianrio Art 362 Nro II CPC
ante los hechos constitutivos no presenta el folio real para demostrar que existe una anotacion preventiva sobre el inmueble y un gravamen a favor de terceros Art. 136 CPC siguiendo la carga de la prueba.
ante la presentacion de la demdanda el juez deberia rechazarla de inmediato por no presentar el acta de conciliacion obligatorio Art.292 y 362 CPC.
no hace una realcion precisa y CRONOLOGICA numerando los numerales del Art 110 del CPC. que son los requsitos para interponer la demanda
de dicta providencia 11 de marzo para que en tres dias subsane lo observado segun el art. 113 CPC puesto en despacho 7 de marzo 2020
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CRITICA
el jues deberia dictar auto definitivo rechazando la demanda, porque el demadante subsana en cuatro dias las observaciones y no como dicta el Art. 113 Nro II CPC
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providencia 14 de septiembre 2020 Fs.45 ordena aclare y subsane en tres dias la sig. observaciones egun el Art. 113 CPC
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se notifica el 16 de sep 2020 a señora casilda flores para que subsane y asi mismo se corre en traslado a virginia mamani para que conteste a las excepciones en 15 dias Fs. 46
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ante esto el abpogado de la parte demandada anuncia el recurso de apelacion en efecto diferido por que no se valoro la inspecion ocular como el solicito en la contestacion a la demadanda
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interpone el demandado el recuros de apelacion en efecto suspensivo y el recurso contra autos interlocutorios concedidos enefecto diferido en fecha 10 de diciembre de 2020 Fs. 91-96
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- observacion mas favorables al proceso
deberia interponer un proceso ejecutivo de estrucutura monitoria para exigir en cumplimiento de la obligacion ya que este proceso tiene por objeto cobro de dinero de sumas liquidas y exigibles Art. 378 y 379 CPC.
CRITICA
ante tantos errores el cual el sujeto activo no puede aclarar incumpliendo los presupuesto del Art.110 CPC deberia el juez rechazar la demanda como dicta el Art. 113 del CPC.
CRITICA
la anotacion preventiva solo procede cuando la pretension es declarativa o constitutiva anotando sobre bienes sujetos a registro su objeto es dar publicidad al litigio unicamente
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CRITICA
no describe de manera corecta los agravios de la senetencia . los agravios origina cuando existe incongruencia objetiva cuando el juez otorga mas de lo pedido en la pretension de la demanda
plantea recuso de casacion el abg, de la parte demandada en fecha 11 de febrero de 2021 en Fs. 121-127
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CRITICA
no describe los errores de forma y de fondo presupuestos necesarios para el recurso de casascion segun Art 271 del CPC
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DOCTRINA autor Ramiro Arciniega B.2020 pag, 396 (instituciones del codigo procesal civil)
en caso de subsanar fuera de plazo establecido de 3 dias como establece el Art.113 par. I de CPC. la autoridad judicial, deberia rechazar la demanda de manera inmediata (in limine), cuando esta fuese manifiestamente improponible, emitiendo auto definitivo motivado: en este caso el actor podra apelar dicha resolucion, la que sera concedida en efecto suspensivo Art 113 par. II de CPC.
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**flujograma numero 2 de la linea del tiempo de la relacion de hechos (demandante) No se realiza la linea del tiempo de los hechos de la demandada porque unicamente responde negativamente poniendo excepciones segun el art.128 del CPC
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no cumple el plazo el juez para dictar providencia en 24 horas desde que entra despacho el memorial Art. 212 CPC
se dicta providencia en fecha 19 de junio 2020 suspendiendo plazos procesales por llegada de pandemia COVID-19 Fs 26
en fs 29 se notifica con providencia mediante watshaPP para vuelva a subanar las observaciones del memorial. fecha 28 de julio 2020
el 31 de julio se admite la demanda y se ordena citar a casilda flores en 10 dias apartir de la notificacion de la presente providencia Fs 32
notifica a virginia mamani 11 de agosoto con la admicion de la demanda y acasilda flores el 13 de agosto de 2020 para que consteste en 30 dias Fs 36
ante la notificacion de admision de la demanda virginia mamani flores solcita medidas cautelar de anotacion preventiva art. 325 cpc Fs. 37
no cumple partes los plazos procesales el demadado subsana fuera de plazo de tres dias como establece el art. 113 CPC
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no cumple el plazo para responder a las exceiones contesta fuera de plazo establecido de los 15 dias como establece el Art 129 del CPC
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en fecha 30 de octubre presenta memorial la demandante reiterando solcitud para fijar fecha y hora de audiencia
en fecha 4 de noviembre de 2020 se dicta providencia fijando fecha y hora de audiencia preliminar para fecha 18 de noviembre de 2020 ah horas 14: 00 Pm
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ante esto el demandado anuncia que interpondra recurso de apelacion en efecto diferido art. 259 Nro 3 CPC y 260 Nro III del CPC
en FS 99 se notifica en fecha 14 de diciembre a la demandante para que responda en 10 dias el recurso de apelacion
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responde a al recurso de casacion el demandante en fecha 19 de febrero de 2021 pidiendo que el auto supremo declare improcendente el recurso Fs 131-132
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8 LILA ACTOS DE AUDIENCIA Y SENTEnCIAS, AUTO DE VISTA Y AUTO SUPREMOS
DOCTRINA. segun Ramiro Arcienga B. 2020. pag,395 " la norma adjetiva , exige que para acceder a la via ordinaria, previamente debe ejercitarse la tentativa de conciliacion, que constiuye en un presupuesto legal y obligatorio bajo pena de nulidad Art. 362 par. II CPC
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FLUJOGRAMA NUMERO 1 DE ANALISIS DEL EXPEDIENTE (analisis de acciones - decisiones- estrategia-doctrina-criticas y observaciones de plazos procesales
FLUJOGRAMA NUMERO 1 DE ANALISIS DEL EXPEDIENTE (analisis de acciones - decisiones- estrategia-doctrina-criticas y observaciones de plazos procesales) identificado en COLORES que se consigna
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FLUJOGRAMA Nro 3 DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO ORDINARIO SEGUN LEY 439 CODIGO PROCESAL CIVIL (color verde)