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Legitimación de Capitales
Formas de prevención
Conocimiento del tercero
Verificación de la Información
Monitoreo y seguimiento
Señales de alerta
Reserva de la información
Efectos
Debilitamiento de los Valores Sociales
Corrupción
Incremento de la Violencia
Malestar y Tensión Social
Afecta la economía formal y el empleo
Empaña la imagen Internacional del País
Definición
Proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de algunas actividades ilegales o criminales
Refiere a la legalización de dinero proveniente del tráfico de drogas, terrorismo y de otras actividades criminales, que buscan incorporarse en el sistema financiero, nacional o internacional, a través de diversas transacciones o inversiones realizadas por personas naturales y jurídicos
Etapas
Estratificación, Ocultamiento, Procesamiento o Transformación
Los fondos ilegítimos se disfrazan a través de transacciones para ocultar su origen y así se pierda su rastro, mediante giros a cuentas anónimas o de empresas fachada.
Integración
Se insertan nuevamente los fondos en la economía para crear percepción de legitimidad con inversiones en inmuebles, vehículos, negocios y otros activos de lujo como joyas y obras de arte, etc. En este momento es muy difícil distinguir la riqueza ilegal de la legal.
Colocación
Se introducen las ganancias ilegales en el sistema financiero, nacional o internacional, a través de instituciones financieras y no financieras como bancos, seguros, comercios, casinos, casas de cambio, entre otros.
Causas
Venta de productos o bienes ilícitos
Obtener mayores ingresos finales al no tener que pagar los procesos de comercio, producción ni distribución
No declarar productos ante las autoridades las cuales pueden suponer gastos para la empresa
Marco regulatorio,
nacional e internacional
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
G.O. No. 5.453 extraordinaria, de fecha 24 de marzo de 2000
Código Penal. G.O. Nro. 39.866 de fecha 16/02/2012
Ley Orgánica del Sistema Financiero. G.O. Nº 39.447 del 16/06/2010
Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento
al Terrorismo. (LOCDO/FT), G.O. Nro. 39.912 de fecha 30/04/2012
Ley Orgánica de Drogas, G.O. Nro. 40.286 de fecha 04/11/2013
Ley de La Actividad Aseguradora, G.O. Nro. 6211 del 30/12/2015
Providencia N.°002 de la ONCDOFT, publicada en Gaceta Oficial N°42.118.
Resolución N.°083.18 de la SUDEBAN, publicada en Gaceta Oficial N°41.566.
Providencia N.°SAA-8-004-2021 de la SUDEASEG, publicada en Gaceta Oficial N.°42.128.
Resolución N.°001.21 (FINTECH) de la SUDEBAN, publicada en Gaceta Oficial N.°42.162
Providencia N.°209 de la SUNAVAL, publicada en Gaceta Oficial N°42.115.
Resolución N.°020 del MINTUR, publicada en Gaceta Oficial N°42.106.
Providencia N.°044-2021 de la SUNACRIP, publicada en Gaceta Oficial N°42.110.
Providencia N.°054-2022 (FINTECH) de la SUNACRIP.
Resolución N.°8-12-01 del BCV publicada en Gaceta Oficial N°41.547.
Providencia DE-19-01 de la CNC, publicada en Gaceta Oficial N°41.581.
Diego Alberto Madriz Lorente C.I.: 28158536