A partir de la década de 1970, las políticas territoriales en México dieron un importante giro y comenzaron a tener una orientación y alcance nacional. En 1976 se decretó la Ley General de Asentamientos Humanos (LGAH), que tuvo modificaciones en 1981 y 1993, en la cual por primera vez apareció el concepto de ordenamiento territorial en relación con los asentamientos humanos y se estableció como objetivo lograr una “distribución sustentable de la población y las actividades económicas”, con lo cual se integraron a dicha ley los aspectos ambientales. La institución encargada de dar seguimiento a lo señalado por la LGAH fue la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas (SAHOP), la cual, desde la Dirección General de Ecología Urbana, diseñó y coordinó la elaboración de los Ecoplanes, que se convirtieron en los primeros instrumentos de gestión ambiental en el país (Rosete, 2006).
En 1982, la SAHOP se transformó en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (Sedue), la cual sumó a las atribuciones de coordinar las políticas de Ordenamiento Territorial en los asentamientos humanos del país, las referentes a la protección al ambiente y el Ordenamiento Ecológico (OE) (Rosete, 2006), concepto que aparece por primera vez en la Ley Federal de Protección al Ambiente (Semarnat, 2006, citado por Wong, 2010).
En 1983 la protección ambiental en el país se elevó a rango constitucional, y se creó la Subsecretaría de Ecología, dependiente de la Sedue. En ese mismo año se decretó la Ley de Planeación (LP), la cual estableció la creación de un sistema de planeación a nivel nacional, con las competencias respectivas en cada secretaría de Estado y señaló la obligación del titular del poder ejecutivo de elaborar el Plan Nacional de Desarrollo al inicio de su administración (Sánchez, 2011).