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LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA A POBLACIONES…
LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA A POBLACIONES VULNERABLES
Menores en riesgo social
Se han identificado como menores en riesgo social las niñas y los niños trabajadores, los adolescentes en conflicto con ley penal y los niños y niñas en protección.
NIÑOS, NIÑAS Y JÓVENES TRABAJADORES
De 5 a 17 años, más de un millón y medio de niños no asisten a ningún tipo de centro educativo ni nivel superior, ya que su mayor motivo es al no tener padres o familiares que hayan asistido a una escuela.
Acciones para la atención educativa:
Se realizó un plan de acción con tres ejes, mayor oportunidad de acceso con aumento de la cobertura educativa en el país, permanencia en condiciones de mayor calidad, puesta en marcha de herramientas y procedimientos con estándares altos
Criterios plan de acción:
En el PEI las instituciones educativas con caso de menores trabajadores tendrán un plan agregado para orientar eficazmente estos menores
Adolescentes en conflicto - Ley penal
Modelos efectivos flexibles y acondicionados para atender las necesidades y retos que implican esta población, se hace estructura de cupos consecutivos para esta población determinada en todas las IE.
Acciones para la atención educativa:
Existe un proceso de seguimiento y evaluación conjugado con el ICBF para el mejoramiento continuo de reinserción y buenas enseñanzas a estos jóvenes para así el día de mañana tener una vida autónoma y fuera de inconvenientes. Los servicios de atención prestados por el ICBF: medio institucional y medio socio familiar según el caso que conlleve cada menor.
Marco Jurídico:
Mediante la ley 12 del 22 de enero de 1991 toma las reglas de Beijing en lo relacionado con la administración de justicia de menores. Con los artículos 37 y 40 se abarca los derechos específicos para niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal, siendo sujetos de derechos y que tienen una educación específica
POBLACIÓN AFECTADA POR LA VIOLENCIA
Identificadas como la población en desplazamiento, menores desarmados del conflicto armado e hijos directos de quienes fueron desvinculados de grupos ilegales.
Acciones para la atención educativa:
Se implementan acciones de atención psicoafectiva y proyectos educativos transversales, para estudiantes que están en situación de desplazamiento y desvinculados de la violencia.
Criterios plan de acción:
Formular las metas a corto, mediano, largo plazo pertinentes para la atención educativa a las poblaciones afectadas por la violencia en el marco de la calidad, eficiencia y cobertura, de acuerdo a las dinámicas locales. Las acciones que se desarrollen se deben orientar a condiciones especiales a los beneficios y servicios que presta el estado. Condiciones educativas para diseñar proyectos de vida
JÓVENES Y ADULTOS ILETRADOS
Son personas adultas o jóvenes mayores de 13 años, residentes en zonas rurales o urbanas que nunca accedieron al servicio público educativo formal escolarizado o en su defecto desertaron prematuramente del mismo.
Programa de alfabetización, educación básica y media de jóvenes y adultos donde se considere fundamental vincular a personas adultas al servicio público educativo
Acciones para la atención educativa:
Se fundamentan en los intereses de personas, jóvenes y adultos, currículos flexibles según el nivel de cada persona
Marco Jurídico:
En el Contexto Nacional, la constitución política de Colombia. Artículo 68, establece las obligaciones especiales del Estado, con objetivo de erradicar el analfabetismo.
POBLACIONES ÉTNICAS
La Constitución política reconoció como patrimonio nacional y cultural del país las diferentes clases de etnias.
La educación para los grupos étnicos hace parte del servicio público educativo y este exige el mismo sistema a las comunidades étnicas organizadas.
Acciones para la atención educativa:
La prestación del servicio étnico educativo se fundamenta en principios de interculturalidad, integración social y educativa, desarrollo humano, oportunidad, equilibrio y soporte técnico.
Marco Jurídico:
Deben promover acciones concertadas para lograr un mayor acceso y cubrimiento en el acceso educativo de estas poblaciones.
HABITANTES DE FRONTERA
Quienes habitan las zonas de frontera constituyen una franja de población diversa con una particularidad que influye directamente de las nociones de identidad: la constante movilidad fronteriza con el país vecino
El objetivo con esta población es mejorar los ambientes de aprendizaje, ampliar el acceso y fomentar la permanencia educativa en las zonas de frontera, mediante la ampliación y mejoramiento de la infraestructura en los municipios fronterizos del país.
Acciones para la atención educativa:
Realizar un inventario de la existencia de programas y proyectos escolarizados y de los recursos institucionales y sociales para la educación de los estudiantes sector frontera. Delimitar las estrategias institucionales, pedagógicas y financieras.
Marco Jurídico:
La Constitución política en sus artículos 337 y 289 abrió la posibilidad jurídica para el establecimiento de normas especiales en materias económicas y sociales tendientes a promover el desarrollo de las zonas de frontera.
ESTUDIANTES CON NEE
Educación inclusiva como estrategia principal, inclusión que se contrapone a la exclusión tradicional, permite un modelo educativo abierto y generoso, atiende a la diversidad como una característica no solo inherente al ser humano sino a la vida misma.
Acciones para la atención educativa
: Las IE o centros educativos definidos para atender poblaciones con necesidades educativas especiales incluirán un PEI, orientaciones adecuadas para la atención de los estudiantes, allí deben contar con apoyo especializado y estrategias de construcción de paz para la educación superior.
Marco Jurídico:
La Conferencia Mundial de Jomtie de 1990 Unesco fija la educación para todos. La Constitución Política de 1991 señala que el estado debe promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva