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NORMATIVAS DE GESTIÓN DE DERIVACIONES - Coggle Diagram
NORMATIVAS DE GESTIÓN DE DERIVACIONES
Principios aplicables a la asistencia en los centros, servicios y unidades de referencia (CSUR) del Sistema Nacional de Salud
Pacientes a los que hubiera que realizarles los procedimientos acordados por el Consejo Interritorial del SNS, que figura como Anexo III del Real Decreto 1207/2006, será remitidos a un CSUR del SNS
Atención se realizará en un CSUR acordados por el Consejo Interritorial como referencia del SNS y designados por el Ministerio de Sanidad
CSUR se compromete a atender a pacientes de otras CCAA cuando soliciten asistencia a través SIFCO
Atención en los CSUR a los pacientes derivados de otras CCAA se hará con las mismas condicions y con idénticas garantías de los ciudadanos residentes
Atención en un CSUR, el paciente deberá ser remitido por la CCAA en la que está siendo atemdido el paciente
En casos de urgencia, se coordinará el translado al CSUR y en el plazo másximo de 1 semana desde la urgencia a través del SIFCO
En caso del CSUR no atender a pacientes se debe poner en conocimiento de los centros de asistencia y comunicarlo al Comité de Designación de CSUR
Todos los CSUR deben contar con un registro de los pacientes que atienden como centro de refencia
Es imprescindible conocer la normativa aplicable a la derivación de pacientes
Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud
Real Decreto1207/2006, de 20 de octubre, regula la gestión del FCS y distribución del Fondo de Cohesión Sanitaria
La finalidad del FCS es garantizar la igualdad de acceso a los servicios de asistencia sanitaria públicos en todo el territorio español
Actividades objeto de compensación
Asistencia sanitaria a pacientes residentes en España derivados entre comunidades autónomas :
Asistencia sanitaria a pacientes residentes en España derivados entre comunidades autónomas para su atención en CSUR del Sistema Nacional de Salud
Real Decreto 1302/2006, de 10 de noviembre
Esta norma define los Centros, Servicios y Unidades de Referencia del Sistema Nacional de Salus (CSUR)
Centro de referencia
Dar cobertura todo el territorio nacional y atender a todos los pacientes en igualdad
Proporcionar atención en equipo multidisciplinar
Garantizar continuidad en la atención entre etapas de la vida del paciente
Evaluar los resultados
Dar formación a otros profesionales
Se crea un Comité de Designación de centros, servicio y unidades de referencia, dependientemente del Consejo Interritorial del SNS
Estudiar las necesidades y proponer las patologías o las técnicas, tecnologías y procedimientos diagnósticos o terapéuticos
Proponer los criterios para la designación y acreditación de los centros, servicios y unidades de referencia del SNS
Proponer el procedimiento de derivación d elos usuarios a los centros, servicios y unidades de referencia