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Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA3-2012, Asistencia Social. Prestación de…
Norma Oficial Mexicana NOM-031-SSA3-2012, Asistencia Social. Prestación de Servicios de asistencia social a adultos y adultos mayores en situación de riesgo y vulnerabilidad
OBJETIVO
Establece las características de funcionamiento, organización e infraestructura que deben observar los establecimientos de los sectores público, social y privado, que presten servicios de asistencia social a personas adultas y adultas mayores en situación de riesgo y vulnerabilidad.
Algunas definiciones:
Establecimiento de asistencia social permanente
Aquel lugar que proporciona atención integral permanente para personas adultas y adultas mayores con características
especiales de atención.
Deben estar vinculados y promover el desarrollo de programas de la comunidad, para facilitar al usuario su reincorporación a la vida familiar, productiva, laboral y social.
La prestación de los servicios y apoyo de asistencia social comprende:
Actividades de Trabajo social
Apoyar trámites legales y administrativos.
Apoyar las actividades recreativas y culturales.
Apoyar la referencia a unidades de atención médica.
Gestionar descuentos y concesiones.
Elabora el estudio social de ingreso.
Apoyar en trámites en instituciones de seguridad social.
Atención Psicológica
Vestido y calzado
Deben proporcionarse en buen estado, limpias, desinfectadas,
cómodas y adecuadas a las necesidades de los usuarios.
Apoyo Jurídico
Alimentación
Debe elaborarse con las medidas higiénicas, además de contar con los aportes calóricos y nutrientes necesarios de acuerdo al estado de salud de usuario.
Atención Médica
Sila atención se presta dentro de los establecimientos, se debe de contar con el equipo médico necesario.
Debe estar sustentada en principios científicos, éticos que orientan la práctica médica y social; comprende actividades preventivas, curativas y de rehabilitación, que se llevan a cabo por el personal de salud.
Alojamiento
Actividades de Autocuidado, físicas, recreativas, ocupacionales, culturales y productivas.
Establecimiento de asistencia social temporal:
Aquel lugar que proporciona servicios y apoyos, asistenciales durante periodos menores a 24 Hrs, continuas a personas adultas y adultas mayores que incluyen: alternativas para la ocupación creativa y productiva del tiempo libre y en su caso alimentación de acuerdo al Modelo de Atención.
En sus programas de de atención deben incluir las acciones de ejecución, evaluación y seguimiento que favorezcan la incorporación de la persona adulta y adulta mayor a la vida productiva.
La prestación de servicios y apoyo de asistencia social comprende:
Alimentación de acuerdo al Modelo de Atención
Actividades de prevención, de promoción a la salud, cultural, deportiva, recreativa, productiva y de estimulación.
Dentro de las actividades preventivas comprende las siguientes acciones:
Fomento de una cultura de dignificación de las personas adultas y adultas mayores, implicando la difusión de preceptos gerontológicos que permitan conocer y comprender el proceso de envejecimiento.
Detectar de manera oportuna los factores de riesgo y enfermedades, para prevenir secuelas discapacitantes, mantener y prolongar la funcionalidad y autonomía física, mental, emocional y social del individuo, conservando un estado de salud biopsicosocial.
Educación y promoción de la salud de la persona adulta y adulta mayor.
Alojamiento temporal
Asistencia social:
Conjunto de acciones que modifican y mejoran las circunstancias de carácter social que impiden el desarrollo integral del individuo(protección física, mental y social) de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
DE ASISTENCIA SOCIAL
TEMPORAL Y PERMANENTE
ESTARÁN ORIENTADOS A:
Promover la participación social.
Realizar acciones que promuevan la participación en actividades educativas, físicas, ocupacionales, productivas y recreativas.
Favorecer la interacción de la persona adulta y adulta mayor con la familia y la sociedad.
Realizar acciones de referencia y contra-referencia para la resolución de urgencias medico quirúrgicas.
Otorgar con oportunidad la prestación de servicios de asistencia social.
Fomentar una cultura de respeto y reconocimiento de los derechos humanos.
Promover el bienestar presente y futuro de la persona adulta y adulta mayor.
Otorgar vigilancia, protección y seguridad.
Persona adulta y adulta mayor en estado de abandono:
Aquella persona que presenta cualquiera de las características siguientes: carencia de familia, rechazo familiar, maltrato físico, psicológico y carencia de recursos económicos.
Recursos Humanos:
Los establecimientos de asistencia social permanentes para personas adultas y adultas mayores se debe contar
preferentemente con el siguiente personal:
Responsable sanitario del establecimiento, médico, psicólogo, terapeuta ocupacional, enfermera, cuidador, trabajador social, dietista, cocinera, intendente y vigilante, éste las 24 hrs del día.
Los establecimientos de asistencia social temporales para personas adultas y adultas mayores se debe contar
preferentemente con el siguiente personal:
Responsable sanitario del establecimiento, trabajador social,
terapeuta ocupacional, promotor de la salud, cocinera, intendente, cuidador y vigilante, éste las 24 hrs del día.
Registro e información:
Toda institución que brinde servicios de asistencia social para personas adultas y adultas mayores, debe llevar para sus controles un expediente administrativo por cada usuario, o en su caso expediente clínico; así como los índices de mortalidad, reporte de enfermedades infectocontagiosas a la Secretaría de Salud en términos de las disposiciones aplicables.
Infraestructura:
Área física con dimensiones suficientes, ventilada e iluminada para albergar el área administrativa que comprende dirección, recepción, vestíbulo, acceso
y sanitarios de acuerdo a la capacidad del establecimiento y su estructura; así como área de descanso, área para artículos de aseo y depósito de basura.
W.C., lavabos y regaderas suficientes de acuerdo al número de usuarios.
Los baños tendrán excusados y regaderas con pasamanos tubulares de 5 cm de diámetro y los lavabos estarán asegurados con ménsulas metálicas.
Los pisos deben ser uniformes, con material antiderrapante de fácil limpieza, con iluminación y ventilación natural.
Paredes, techos y puertas con
acabados lisos.
Dormitorios (cuartos individuales, grupales o matrimoniales).
Instalaciones hidráulicas, eléctricas, contra incendios, de
gas, intercomunicación y especiales.
Sala de usos múltiples.
Instalación eléctrica controlada por áreas a través de circuitos de alumbrado y contactos, con interruptores tipo magnético polarizado, luces de emergencia a base de batería eléctrica en lugares estratégicos y luces de emergencia en los cuartos.
Sala de T. V.
Ventilación adecuada para mantener un eficiente intercambio de aire y una temperatura agradable.
Consultorios médicos para la
atención de la salud.
Iluminación natural.
Acceso al área de servicios generales.
Seguridad.
Extintores colocados en lugares estratégicos.
Sistema de alarma de emergencia sonoro.
Detectores de humo instalados en el techo y conectados a un tablero con indicadores luminosos, accesible para el personal del establecimiento.
Sistema de iluminación de emergencia en las áreas de tránsito del personal y los usuarios.
Prevención contra incendios.
Ubicación de señalamientos apropiados de tamaño mayor que el usual, para que orienten al usuario en caso de desalojo.
Puertas de salida de emergencia con la dimensión necesaria y
dispositivos de fácil operación.
Diseño arquitectónico para desalojo del inmueble en caso de siniestro.
Acceso principal que brinde seguridad y
protección al público usuario.
ELABORÓ: MARTINEZ GUATEMALA ISAAC FERNANDO.
GRUPO: 803 EF