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LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS - Coggle Diagram
LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
OBJETOS
Distribuir competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación.
SUJETOS DE LA LEY
Los particulares vinculados con faltas administrativas graves.
Aquellas personas que habiendo fungido como Servidores Públicos se ubiquen en los supuestos a que se refiere la LGRA, y
Servidores Públicos
Las personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en el ámbito federal y local, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
PRINCIPIOS QUE RIGEN EL SERVICIO PÚBLICO
-Disciplina
-Legalidad
-Objetividad
-Profesionalismo
-Honradez
-Lealtad
-Imparcialidad
-Integridad
-Rendición de cuentas
-Eficacia
-Eficiencia
DIRECTRICES
I. Actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo.
II. Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja.
III. Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares.
IV. Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas.
V. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades;
VI. Administrar los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de austeridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados;
VII. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Constitución;
VIII. Corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido;
IX. Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones;
X. Se abstendrán de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros, para establecer cualquier tipo de negocio privado que afecte el desempeño
XI. Separarse legalmente de los activos e intereses económicos que afecten de manera directa el ejercicio de sus responsabilidades en el servicio público
XII. Abstenerse de intervenir o promover, por sí o por interpósita persona, en la selección, nombramiento o designación para el servicio público de personas con quienes tenga parentesco por filiación hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, y
XIII. Abstenerse de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa al Estado mexicano.
AUTORIDADES COMPETENTES PARA SU APLICACIÓN
I. Las Secretarías,
II. Los Órganos internos de control,
III. La Auditoría Superior de la Federación y las Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas,
IV. Los Tribunales,
V. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal; y los poderes judiciales de los estados y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, así como sus consejos de la judicatura respectivos, así como sus constituciones locales y reglamentaciones orgánicas correspondientes.
VI. Las unidades de responsabilidades de las empresas productivas del Estado, de conformidad con las leyes que las regulan.
MECANISMOS DE PREVENCIÓN E INSTRUMENTOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS
Código de ética
Sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal.
sistema nacional de servidores públicos y particulares sancionados
FALTAS ADMINISTRATIVAS NO GRAVES
Cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas, observando en su desempeño disciplina y respeto,
Denunciar los actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir, que puedan constituir Faltas administrativas,
Atender las instrucciones de sus superiores, siempre que éstas sean acordes con las disposiciones relacionadas con el servicio público. En caso de recibir instrucción o encomienda contraria a dichas disposiciones, deberá denunciar esta circunstancia,
Presentar en tiempo y forma las declaraciones de situación patrimonial y de intereses,
Registrar, integrar, custodiar y cuidar la documentación e información que por razón de su empleo, cargo o comisión, tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, divulgación, sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización indebidos,
Supervisar que los Servidores Públicos sujetos a su dirección, cumplan con las presentes disposiciones,
Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones, en términos de las normas aplicables,
Colaborar en los procedimientos judiciales y administrativos en los que sea parte,
Cerciorarse, antes de la celebración de contratos de adquisiciones, arrendamientos o para la enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza, que el particular manifieste bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público,
Sin perjuicio de la obligación anterior, previo a realizar cualquier acto jurídico que involucre el ejercicio de recursos públicos con personas jurídicas, revisar su constitución y, en su caso, sus modificaciones con el fin de verificar que sus socios, integrantes de los consejos de administración o accionistas que ejerzan control no incurran en Conflicto de Interés, y
Abstenerse de realizar Propaganda gubernamental con recursos públicos que incluya nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES
Soborno
Participación ilícita en procedimientos administrativos
Tráfico de influencias para inducir a la autoridad
Utilización de información falsa u obstrucción de facultades de investigación
Colusión
Uso indebido de recursos públicos
Contratación indebida de ex Servidores Públicos