Constituyen elementos no reservables, aquéllos que carezcan de poder distintivo al
referirse a aspectos generales, tales como elementos descriptivos o indicativos de la especie, calidad,
cantidad, composición, destino, valor, lugar de origen de los productos, época o fecha de elaboración o
características comunes de los productos o servicios que ampara la marca.
Los elementos gráficos que no forman parte de la marca deberán señalarse por líneas discontinuas o
punteadas en su representación.