DERECHO
Concepto
Conjunto de reglas y normas jurídicas
creadas por el Estado
a las cuales los ciudadanos deben obligatoriamente
ajustar su conducta
para que la convivencia en sociedad sea armoniosa
Dos aspectos
Subjetivo
Objetivo
conjunto de normas que regulan la conducta humana en la sociedad
otorga facultades (posibilidades) al ciudadano para que pueda lograr sus fines
Coexisten
Comparado con otros sistemas de reglas
Preceptos religiosos
Normas morales
Reglas sociales
Normas jurídicas
aspectos superficiales del comportamiento humano
obligatorias
el Estado las impone coactivamente
obliga a cumplir o impone sanciones
Coacción: presión psicológica generada por el miedo a la sanción
juzga un Juez
sanción: pena (prisión, multa, trabajo comunitario)
juzga la sociedad
sanción: rechazo, condena social
no son obligatorias
sanción: culpa, remordimiento
se juzga uno mismo
juzga Dios por medio del hombre
sanción: penitencia, muerte, excomulgación
Dos tipos
Natural
Positivo
reglas universales e inmutables
sentido común, naturaleza humana
objetivo, que rige en un Estado determinado en un momento dado, puede cambiar
Cuando no coinciden
Positivismo
Iusnaturalismo
Solo es Derecho el Derecho Positivo, sin importar si está o no de acuerdo con la moral
No es válido el Derecho si no es justo desde el punto de vista moral y del Derecho Natural
la injusticia de la norma justifica su desobediencia
Ramas
Público
Privado
Mixto
Estado como poder público/particulares
relación de subordinación
ejemplos: Derecho Penal, Constitucional, Administrativo
interés de los particulares
relación de coordinación
ejemplos: Derecho Civil, Comercial, Agrario, Industrial
Minero
Laboral
relación entre particulares, intervención estatal por la situación de desigualdad que existe entre empleado y empleador
la mayoría de las minas son de propiedad del Estado pero operadas por particulares
interés general
Fuentes
modos de creación o expresión del Derecho Positivo
dónde busca el Derecho el Juez
Formales
Materiales
de aplicación obligatoria para el intérprete (Juez)
Ley
Costumbre
Jurisprudencia Plenaria
no son de aplicación obligatoria
se aplican por su poder de convicción
cuando las fuentes formales no contemplan la solución para un caso determinado
Jurisprudencia No Plenaria
Doctrina
Equidad
Constitución Nacional
innato
Según su codificación o no
Consuetudinario
Escrito
se basa en la "fuerza del precedente", de casos similares y cómo fueron resueltos
se basa en leyes escritas en la Constitución y los Códigos
se reúnen en pleno los 7 integrantes de la Suprema Corte
concuerdan las pautas para resolver cierto tipo de casos análogos (fallo plenario)
Un Juez utiliza un fallo de otro Juez para resolver un caso similar llegando a la misma conclusión
Opiniones y conclusiones de juristas, personas que no son jueces pero estudian el derecho y luego lo explican en sus obras (ej: abogados)
reiteración de cierta conducta en la sociedad
"common law"
costumbre
Ej: EEUU
Ej: Argentina
Derecho Natural interpretado objetivamente por el Juez
"darle a cada uno lo suyo"
"hacer lo correcto"
ser agradable o no
ej: el Estado quiere alquilar una propiedad privada
Caracteres
obligatoria y coactiva
origen público
general
elemento subjetivo
elemento objetivo
encontrar una solución justa
principal fuente formal
Tratados de DDHH de los que la República sea parte
se aplica a todos los hechos y personas
establecida por la autoridad pública
conciencia de que es obligatoria porque responde a una necesidad jurídica
uniforme
constante
largo uso
generalidad
publicidad
europeo
precedentes judiciales
fallos anteriores que la aplicaron
prueba de la existencia de la costumbre vigente
tipos
secundum legem
praeterlegem
contra legem
de acuerdo con la ley
situación no contemplada por la ley
intenta derogar la ley
10 años
40 años
regla social obligatoria
jurisprudencia: serie de sentencias que han resuelto casos similares de la misma manera
tipos
de lege data
de lege ferenda
se limita a explicar objetivamente el derecho vigente
propone nuevas normas