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Reservas legítimas para el cumplimiento de pactos o tratados, Alberto Abel…
Reservas legítimas para el cumplimiento de pactos o tratados
Debe quedar claro que, a pesar de que haya documentos cuyo carácter llega a tener un impacto internacional, a veces llegan a carecer de carácter vinculante u obligatorio
Esto ha generado debates sobre cómo debe abordarse una declaración, pues, al ser unilateral, podría concatenar sus efectos a situaciones especiales, teniendo aceptabilidad o efectos distintos.
Tomar en cuenta la intención del Estado interesado.
Si bien los instrumentos existentes funcionan como una referencia o una serie de lineamientos sobre cuáles son las acciones a tomar en un determinado hecho, esto no significa que todos los países o territorios deban necesariamente ajustarse a ellos.
Por ejemplo, un Estado que no forma parte de un tratado, no se verá obligado a responder por alguna de las cláusulas o conductas fijadas por el mismo.
Lo mismo sucede cuando se habla de Declaraciones; estas son líneas descriptivas sobre el deber ser, mas no cuentan con esa facultad para materializar el cumplimiento absoluto de una tarea como lo haría una Constitución, un pacto o tratado.
Suscripción al marco jurídico mundial
Ratificación de pactos
Adherirse bajo condiciones o excepciones
Interpretación de políticas e implicaciones de Derecho Internacional
Pacta sunt servanda
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados
Instrumentos para la protección de Derechos
Tratados
Entre Estados, o entre Estado-Órgano Internacional.
Protocolos
Directrices ejecutivas para llevar a cabo la materialización de lo exigido en una Convención u otro órgano de índole similar
Pactos
Estricto, condicional, de cumplimiento mandatorio; lograr acciones para obtener retribuciones
Laudo arbitral
Resolución o decisión sobre conflictos
Convenios
Personas naturales y jurídicas, en ámbito laboral o comercial
Las reservas pueden cumplir una función útil al permitir a los Estados adaptar elementos concretos de sus leyes a esos derechos intrínsecos de cada persona según estén enunciados en los pactos.
Será esencial aclarar que las normas perentorias y aquellas que busquen la protección de los Derechos Humanos, no serán objeto de reserva (por tanto, conductas como la promoción del "derecho" a esclavizar, torturar u otras formas, no caben en esta definición).
En todo momento, la creación de reservas debería ser visto no como una dificultad de inscripción para un país, sino como una oportunidad para preservar la validez de su norma constitucional.
Esto, sin recaer en abusos u omisiones que justifiquen un incumplimiento de alguna otra responsabilidad.
Modificar o excluir efectos sobre supuestos o situaciones específicas, sin llegar a generalizar o permitir-prohibir todo simultáneamente.
Alberto Abel Hernández Meneses
Universidad de Xalapa
18 de marzo de 2023