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Propiedad industrial - Coggle Diagram
Propiedad industrial
Modelo de utilidad
El modelo de utilidad es el derecho otorgado respecto de los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que al ser modificados presentan una función diferente respecto de las partes que los integran o ventajas en cuanto a su utilidad, siempre que tengan novedad y aplicación industrial.
Los productos que pueden obtener el registro de los productos que pueden obtener el registro de modelo de utilidad son aquellos que no alcanzan un desarrollo tecnológico similar al de una patente, en cuanto al requisito de actividad inventiva. Esta creación debe tener una función distinta o presentar una mejora en cuanto al funcionamiento de otros productos.
La protección a los registros de modelos de utilidad tiene una vigencia de 15 años improrrogables.
Marcas
Se entiende por marca todo signo perceptible por los sentidos y susceptible de representarse de manera que permita determinar el objeto claro y preciso de la protección, que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.
Las marcas se registrarán en relación con productos o servicios específicos determinados conforme a la clasificación y reglas que establezca el Reglamento de esta Ley
El registro de marca tendrá una vigencia de diez años contados a partir de la fecha de su otorgamiento y podrá renovarse por períodos de la misma duración.
Ejemplo:
Pueden constituir una marca los siguientes signos:
I.- Las denominaciones, letras, números, elementos figurativos y combinaciones de colores, así como los hologramas;
II.- Las formas tridimensionales;
III.- Los nombres comerciales y denominaciones o razones sociales, siempre que no queden comprendidos en el artículo siguiente;
IV.- El nombre propio de una persona física, siempre que no se confunda con una marca registrada o un nombre comercial publicado;
V.- Los sonidos;
VI.- Los olores;
VII.- La pluralidad de elementos operativos o de imagen, incluidos, entre otros, el tamaño, diseño, color, disposición de la forma, etiqueta, empaque, decoración o cualquier otro que al combinarse, distingan productos o servicios en el mercado, y
VIII.- La combinación de los signos enunciados en las fracciones I a VI del presente artículo
Secreto Industrial
Secreto industrial es toda información de aplicación industrial o comercial que guarde la persona que ejerce su control legal con carácter confidencial, que signifique la obtención o el mantenimiento de una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas y respecto de la cual haya adoptado los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma.
-Éste no es registrable ante el IMPI u otra institución. Tú debes resguardarlo.
Si una persona que no es el propietario del secreto industrial revela el secreto sin consentimiento del propietario o bien habiendo sido prevenido de no revelarlo, lo hace, independientemente de las acciones penales que pueden ser ejercidas en su contra, será responsable del pago de daños y perjuicios que ocasione.
Ejemplos:
Listas de proveedores o clientes
Estrategias de marketing Formulaciones de productos
Procesos industriales Operaciones financieras Resultados de estudios de mercado Listas de precios
Bases de datos
No son secretos industriales
No son secretos industriales:
La información de dominio público.
La información que resulte evidente para un técnico en la materia.
La información que deba ser divulgada por disposición legal o por orden judicial.
Signos Distintivos
Los Signos Distintivos son todos aquellos símbolos, figuras, vocablos o expresiones que se utilizan en la industria o en el comercio para distinguir un producto, servicio o establecimiento, de otros de su misma especie, clase o actividad en el mercado
Se protegen mediante las marcas, avisos y nombres comerciales y las denominaciones de origen.
Algunos beneficios de registrar un signo distintivo:
El derecho exclusivo al uso del signo para distinguir los productos o servicios para los cuales se solicitó.
El derecho exclusivo al uso en todo el territorio mexicano (con la salvedad del nombre comercial).
El derecho exclusivo a usar la leyenda “Marca Registrada”, las siglas “M.R.” o el símbolo “R”.
El derecho exclusivo a conceder el uso a terceros mediante licencias de uso (con la salvedad del nombre comercial o de las marcas colectivas).
Esquema de trazado de circuito integrado
Un circuito integrado es el producto en su forma final o intermedia, en el que uno de los elementos que lo integran, por lo menos sea activo y alguna o todas las interconexiones formen parte integrante del cuerpo o de la superficie de una pieza de material semiconductor, y que esté destinado a realizar una función electrónica.
Esquema de trazado o topografía: la disposición tridimensional expresada en cualquier forma, de los elementos, de los cuales uno por lo menos sea un elemento activo, y de alguna o todas las interconexiones de un circuito integrado o dicha disposición tridimensional preparada para un circuito integrado destinado a ser fabricado.
Esquema de trazado de circuito integrado
El registro de un esquema de trazado tendrá una vigencia de diez años improrrogables contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de registro y estará sujeto al pago de las tarifas correspondientes a cada anualidad.