Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, 4.- De la revalorización de las maestras y los…
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
TTULOS
1.- Del derecho a la educación.
2.- De la nueva escuela mexicana.
3.- Del Sistema Educativo Nacional.
I.- De la naturaleza del Sistema Educativo Nacional.
33.- Programación para armonizar la formación docente, directiva, infraestructura y materiales con las necesidades.
36.-La educación responderá a la diversidad de las características y necesidades de los sectores poblacionales.
35.- Organización de tipos, niveles, modalidades y opciones educativas.
32.-SEN: coordinarán los esfuerzos para el cumplimiento de las leyes en la materia.
34.- Componentes del SEN.
31.- SEN: Conjunto de actores, instituciones y procesos para la prestación del servicio público de la educación.
III.- Del tipo de educación media superior.
44.- Comprende los niveles de bachillerato, de profesional técnico bachiller y los equivalentes.
46.- Establecerán, de manera progresiva medidas tendientes a fomentar oportunidades de acceso.
45.- Se ofrece a quienes han concluido estudios de educación básica.
IV.- Del tipo de educación superior.
47.- Compuesta por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado. Comprende también la educ. normal.
48.- La obligatoriedad de la educación superior corresponde al Estado.
49.- Las autoridades educ. respetarán el régimen jurídico de las universidades a las que la ley les otorga autonomía.
50.- Se impulsará el establecimiento de un sistema nacional de educación superior.
51.- Se apoyará el desarrollo de un espacio común de educación superior.
V.- Del fomento de la investigación, la ciencia, las humanidades, la tecnología, y la innovación.
52.- Derecho de toda persona a gozar los beneficios del desarrollo científico, humanístico, tecnológico y de la innovación.
53.- Impulsar el desarrollo de la investigación.
54.- Participación de ES en el desarrollo de la investigación.
55.- Impulsar programas de investigación en instituciones públicas de ES.
VI.- De la educación indígena.
56.- Contribuir al conocimiento, aprendizaje, reconocimiento, valoración, preservación y desarrollo de la cultura.
57.- Elaboración de PyPE, y materiales educativos dirigidos a comunidades indígenas.
58.- Acciones para cumplir con lo dispuesto.
VII.- De la educación humanista.
59.- Favorecerá las habilidades socioemocionales, aprender a pensar, sentir, actuar y desarrollarse como persona
60.- El Estado generará mecanismos para apoyar y promover la creación y difusión artística.
VIII.- De la educación inclusiva.
61.- Acciones orientadas a reducir las barreras que limitan el aprendizaje eliminando la discriminación y exclusión.
62.- Asegurar la educación inclusiva en todos los tipos y niveles.
63.- Proporcionará posibilidad de aprender y desarrollar habilidades que favorezcan su inclusión laboral.
64.- Garantizar el derecho a la educación mediante formatos accesibles sin cancelar su acceso al servicio escolarizado.
65.- Facilitar aprendizaje: aprendizaje Braille, LSM. / Realizar ajustes razonables para las personas con discapacidad.
66.- Mecanismos de acreditación, promoción y certificación en educación especial.
67.- Lineamientos para estudiantes con aptitudes sobresalientes.
68.- LG para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, LF para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
IX.- De la educación para personas adultas.
69.- Programas y servicios educativos para personas adultas.
70.- Destinada a personas de 15 años o más que no hayan cursado la educación primaria y secundaria.
71.- Acreditación (Art. 83 y 145 presente Ley).
X.- Del educando como prioridad en el Sistema Educativo Nacional.
72.- Recibir educación de excelencia / Ser respetados en su integridad / Ser respetados / Tener un docente fte a grp.
73.- En la educación para menores de 18 años tomar medidas que aseguren su protección y cuidado.
74.- Promover la cultura de la paz y no violencia.
75.- Prohibición de la venta de alimentos con bajo valor nutritivo y alto contenido calórico en planteles escolares.
76.-Generar condiciones para ejercer el derecho a la educación apegándose a criterios de asequibilidad.
77.- Participación y colaboración de NNAyJ, docentes, directivos, madres y padres de familia o tutores.
78.- Corresponsabilidad de MPT en el proceso educativo, apoyando su aprendizaje, desempeño y conducta.
79.- Desarrollo de programas propedéuticos.
80.- Ofrecer servicios de OE y TS.
81.- Establecimiento de instituciones educativas por el PEF.
82.- Empresas del art. 123, fracc. XII, apt. A: establecer y sostener escuelas cuando lo requieran más de 20 educandos.
83.- La formación para el trabajo deberá enfocarse en permitir a la persona desempeñar una actividad productiva.
XI.- De las tecnologías de la Información, Comunicación, Conocimiento y Aprendizaje Digital para la formación con orientación
84.- Utilizar la tecnología para fortalecer los modelos pedagógicos.
85.- Agenda Digital Educativa.
86.- Promover la formación docente en el desarrollo de habilidades tecnológicas.
XII.- Del calendario escolar.
87.- Mínimo 185 días - Máximo 200 días. / Ajustes mediante previa autorización.
88.- Horas de labor escolar enfocadas a cumplir con PyPE. / Suspensión solo por aut educ. / Recuperar días y horas.
89.- Publicación en el DOF.
II.- Del tipo de educación básica.
37.-Composición de la EB: Inicial, preescolar, primaria y secundaria. / Servicios.
38.-Se generará de manera progresiva la prestación universal de educación inicial.
39.- La Secretaría determinara principios rectores y objetivos de la EI.
40.- Política Nacional de Educación Inicial.
41.- Fomentar programas de orientación y educación para una alimentación saludable y nutritiva.
42.- Edad mínima preescolar: 3 años / Primaria: 6 años (31/Dic).
43.- Educación multigrado: Zona de Alta / Muy Alta Marginación.
I.- De la función de la nueva escuela mexicana.
13.- Responsabilidad ciudadana / Participación en la transformación social / Cuidado del Medio ambiente.
14.- AEN: NNAyJ prioridad SEN / Revalorización docente / Dimensionar PyPE / Participación indígena.
12.- Desarrollo humano integral: pensamiento crítico, aprendizaje colaborativo, combatir la discriminación.
11.- Equidad, excelencia, mejora continua, colocando al centro de la acción publica el máximo logro de aprendizaje.
II.- De los fines de la educación.
15.- Desarrollo integral de los educandos / Respeto de la dignidad humana / Igualdad sustantiva / Amor a la patria.
III.- De los criterios de la educación.
16.- Democrática / Nacional / Humanista / Equitativa / Inclusiva / Intercultural / Integral / EXCELENCIA.
IV.- De la orientación integral.
19.- Seguimiento de la orientación integral.
21.- Evaluación integral: Conocimientos, habilidades, destrezas, logro de lo establecido en PyPE. / Inf. Periódica.
20.- Acompañamiento docente en la trayectoria formativa acercándolos a la realidad y fomentar la transformación.
18.- Considera: Pensamiento LM / Comprensión lectora / Conocimiento TCF / Hab. SE. / Pens. Crítico / Valores.
17.- Comprende: Formación para la vida, contenidos de PyP, vinculación E-C, formación docente.
V.- De los planes y programas de estudio.
26.- Participación de la Secretaría de Cultura y la Secretaría de Salud.
28.- Capacitación docente respecto al contenido y métodos, generar espacios para su análisis y comprensión.
27.- Revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas de PyPE para mantenerlos actualizados.
24.- PyPE EMS.
25.- PyPE escuelas normales.
23.- La SEP determinara PyPE aplicables y obligatorios.
29.- Establecerán: Propósitos de formación general, contenidos, secuencias, evaluación. (15, 16, 18, 30).
22.- PyPE favorecerán el desarrollo integral y gradual de los educandos. / Libertad, creatividad y responsabilidad.
30.- Contenidos: matemáticas, lecto-escritura, historia, geografía, civismo, investigación, lenguas extranjeras.
4.- De la revalorización de las maestras y los maestros.
I.- Del magisterio como agente fundamental en el proceso educativo.
90.- Impulsar su capacidad para la toma de decisiones cotidiana respecto a la planeación educativa.
91.- Reconocimiento de la labor docente a través de ceremonias, homenajes y otros eventos públicos.
92.- Sistema Integral de Formación, Capacitación y Actualización.
93.- LGSCMM
94.- Reducción de carga administrativa./ Supervisión: dar prioridad a apoyos técnicos, didácticos.
II.- Del fortalecimiento de la formación docente.
95.-Garantizar la actualización permanente.
96.- En los PyPE de formación docente, se promoverán las competencias en EI y con enfoque de inclusión.
97.- La formación inicial que imparten las escuelas normales deberá responder a la programación estratégica del SEN.
5.- De los planteles educativos.
I.- De las condiciones de los planteles educativos para garantizar su idoneidad y la seguridad de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
98.- Además de educar a NNAyJ se integrará a las familias y a la comunidad.
99.- Los muebles e inmuebles, así como los servicios e instalaciones, forman parte del SEN.
100.- Construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción o habilitación.
101.- Para que en un inmueble puedan prestarse servicios educativos, deben obtenerse las licencias y autorizaciones.
102.- Priorizar escuelas que tengan mayor posibilidad de rezago.
103.- Lineamientos para establecer inmuebles educativos.
104.- Desarrollar la planeación financiera y administrativa para optimizar recursos.
105.- Para el mantenimiento de las instalaciones concurrirán de manera voluntaria, MPT e int de la comunidad.
106.- Lineamientos de operación de los Comités Escolares de Administración Participativa.
II.- De la mejora escolar.
107.- Emitirán una Guía Operativa para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Básica y MS.
108.- Constituirán CTE en los tipos de EB y MS, como órganos colegiados de decisión técnico pedagógica.
109.- PMC: infraestructura, equipamiento, avance de PyPE, formación-práctica docente, carga administrativa.
CAPITULOS
I.- Disposiciones generales.
II.- Del ejercicio del derecho a la educación.
5.- Toda persona tiene derecho a la educación bajo el principio de la intangibilidad de la dignidad humana.
7.- Universal / Inclusiva / Pública / Gratuita / Laica.
6.- Obligatoriedad: Preescolar, primaria, secundaria, media superior. / Padres: hacer que sus hijos asistan.
III.- De la equidad y la excelencia educativa.
10.- Los distintos niveles de gobierno pueden celebrar convenios para coordinar las acciones mencionadas.
8.- Equidad y excelencia. / Priorizar grupos y regiones con situaciones de vulnerabilidad.
9.- Becas, ampliar la jornada educativa, fomentar opciones educativas, proporcionar libros de texto.
2.- El estado priorizará el interés superior de NNAyJ en el ejercicio de su derecho a la educación.
4.- Corresponde la vigilancia de la presente Ley a las autoridades educativas en su respectivo ordenamiento.
3.- Fomentar la participación activa de todo el SEN para extender sus beneficios a todos los sectores sociales.
1.- Garantiza el derecho a la educación, cuyo ejercicio es necesario para alcanzar el bienestar de todas las personas.
SINTESIS
6.- De la mejora continua de la educación.
I (Único).- De los instrumentos para la mejora continua de la educación.
110.- La educación tendrá un proceso de mejora continua, el cual implica el desarrollo permanente del SEN.
112.- La ley respectiva determinará las funciones de la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación.
111.- Establecerá el Sistema de Mejora Continua de la Educación.
7.- Del Federalismo educativo.
I (Único).- De la distribución de la función social en educación.
Atribuciones exclusivas de la autoridad educativa federal.
Atribuciones exclusivas de las autoridades educativas de los Estados y Ciudad de México.
Adiciones a las atribuciones exclusivas.
Cada municipio podrá promover y prestar servicios educativos de cualquier tipo o modalidad.
El gobierno de CDMX, concurrirá al financiamiento de los servicios educativos en la propia entidad federativa
Conformarán el Consejo Nacional de Autoridades Educativas.
8.- Del financiamiento a la educación.
I (Único).- Del financiamiento a la educación.
No podrá ser menor al equivalente del 8% del producto interno bruto del país.
Cada entidad federativa, proveerá lo conducente para que cada ayuntamiento reciba recursos (116).
Cada entidad federativa tomará en cuenta el carácter prioritario de la educación para los fines del desarrollo.
Son de interés social las inversiones que en materia educativa realice el Estado.
Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora continua en cada ciclo escolar.
El Ejecutivo Federal destinara recursos esp a los gobiernos de aquellas entidades federativas con rezago.
Tratándose de actividades que permitan mayor equidad educativa, la Secretaría podrá, impartir EB y normal.
9.- De la corresponsabilidad social en el proceso educativo.
10.- De la validez de estudios y certificación de conocimientos.
11.- De la educación impartida por particulares.