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Ingresos del estado, Derechos, Aprovechamientos, Contribuciones de mejora,…
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Son pagos que deben realizarse con obligatoriedad por personas físicas o morales que realizar actividades económicas, la población en general también para impuestos al realizar compra de artículos
Son aportaciones obligatorias por personas físicas o morales que realizan actividades económicas y que son en beneficio de sus trabajadores
Aportaciones que realizan los particulares que se beneficiarán en forma directa y particular de mejoras públicas
Son contribuciones que se realizan por el aprovechamiento, goce, uso, extracción y/o beneficio de recuersos de la nación.
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Ingresos que servicios que presta el estado, registro civil, Notarias, etc.
Obligatorio, de lo contrario habrá penalizaciones.
Obligatorio, de lo contrario habrá penalizaciones.
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Obligatorio, no se podrá realizar trámite sin el pago correspondiente.
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Rama del derecho público que regula al estado como ente normativo, administrador y ejecutor de los recursos que los contribuyentes aportan.
De aquí se obtiene el fundamento jurídico, regulación, principio, destino y aplicación de las contribuciones.
Se relaciona al mencionar los sujetos, la obligación, domicilio, responsabilidad jurídica, pago, compensación y prescripción.
Se relaciona con esta rama del derecho al compartir definiciones mercantiles como parare, acciones, sociedades, títulos, etc.
Su relación es la de compartir procedimientos en la legalidad fiscal y a procedimientos administrativos
Se relaciona con los tratados internacionales y pretende calcular adecuadamente las contribuciones sin caer en doble tributación.
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Los organismos jurídicos responsables de las situaciones impositivas y de observación del cumplimiento son administrativas y aquí reside su relación.
Se relaciona con las actividades financieras del estado, es decir, obtención, administración y aplicación de las contribuciones .