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Gestion Integral de Riesgos - Coggle Diagram
Gestion Integral de Riesgos
Por su parte, los habitantes del territorio nacional, corresponsables de la gestión del riesgo, actuarán con precaución, solidaridad, autoprotección, tanto en lo personal como en lo de sus bienes, y acatarán lo dispuesto por las autoridades.
Las entidades públicas, privadas y comunitarias deben gestionar el riesgo mediante su conocimiento, reducción y manejo, según sus competencias y dentro del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
La gestión del riesgo es un proceso social que busca conocer, reducir y manejar los desastres mediante políticas, planes y acciones permanentes, con el fin de garantizar la seguridad, el bienestar y el desarrollo sostenible.
La gestión del riesgo es una política esencial para el desarrollo sostenible, la seguridad territorial y la calidad de vida, vinculada a la planificación, la gestión ambiental y la participación ciudadana en todos los niveles de gobierno.
Principios Generales de la Gestion Integral de Riesgos
La Gestion Integral de Riesgos esta conformado por 15 Principios:
Principio de igualdad:
Todas las personas naturales tendrán la misma ayuda y el mismo trato al momento de atendérseles con ayuda humanitaria, en las situaciones de desastre y peligro que desarrolla esta ley.
Principio de protección:
Las autoridades en Colombia deben proteger a los residentes, sus bienes y derechos colectivos frente a desastres, garantizando seguridad, tranquilidad.
Principio de solidaridad social:
Todas las personas naturales y jurídicas, sean estas últimas de derecho público o privado, apoyarán con acciones humanitarias a las situaciones de desastre y peligro para la vida o la salud de las personas.
Principio de autoconservación:
Toda persona, pública o privada, debe tomar medidas para gestionar el riesgo y protegerse, facilitando así la solidaridad social.
Principio participativo:
Las autoridades deben promover la participación de diversas comunidades y organizaciones en la gestión del riesgo, y todas las personas tienen el deber de involucrarse en este proceso.
Principio de diversidad cultural:
En reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas, los procesos de la gestión del riesgo deben ser respetuosos de las particularidades culturales de cada comunidad y aprovechar al máximo los recursos culturales de la misma.
Principio del interés público o social:
En situaciones de riesgo o desastre, el interés público tiene prioridad sobre el particular, y el nacional sobre los locales o sectoriales, respetando los derechos fundamentales y la autonomía territorial.
Principio de precaución:
Ante posibles daños graves o irreversibles por desastres, las autoridades y particulares aplicarán el principio de precaución, adoptando medidas preventivas incluso sin certeza científica absoluta.
Principio de sostenibilidad ambiental:
El desarrollo sostenible satisface las necesidades actuales sin afectar las futuras, considerando lo económico, social y ambiental. La explotación racional de recursos y la protección del medio ambiente son clave para la sostenibilidad y la geología.
Principio de gradualidad:
La gestión del riesgo se despliega de manera continua, mediante procesos secuenciales en tiempos y alcances que se renuevan permanentemente. Dicha gestión continuada estará regida por los principios de gestión pública consagrados en el artículo 209 de la Constitución y debe entenderse a la luz del desarrollo político, histórico y socioeconómico de la sociedad que se beneficia.
Principio sistémico:
La política de gestión del riesgo se implementará a través de un sistema administrativo que coordina actividades estatales y privadas, asegurando integración, continuidad y cooperación mediante bases comunes y una estructura organizada.
Principio de coordinación:
La coordinación de competencias es la actuación integrada de servicios tanto estatales como privados y comunitarios especializados y diferenciados, cuyas funciones tienen objetivos comunes para garantizar la armonía en el ejercicio de las funciones y el logro de los fines o cometidos del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
Principio de concurrencia:
La concurrencia de competencias en la gestión del riesgo de desastres ocurre cuando entidades nacionales y territoriales colaboran de manera no jerárquica para lograr mayor eficacia. Requiere respeto por las atribuciones, acuerdos sobre metas comunes y coordinación de procesos.
Principio de subsidiariedad:
La subsidiariedad reconoce la autonomía de las entidades territoriales para ejercer sus competencias. Puede ser negativa, cuando las autoridades superiores no intervienen si las inferiores tienen los medios, o positiva, cuando deben asistirlas si carecen de recursos o si está en riesgo un bien jurídico relevante.
Principio de oportuna información:
Las autoridades del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres deben informar a todas las personas sobre los riesgos, la gestión de desastres, las acciones de rehabilitación y construcción, así como sobre las donaciones recibidas, administradas y entregadas.
la responsabilidad. La gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano.