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Tributación sobre la renta de las cooperativas
Ar. 19-4
Ley 1819 de 2016-art.142
Las cooperativas y sus asociaciones pertenecen al regimen tributario especial tributan sobre sus beneficios netos o excedentes
Con un porcentaje del 20%
Parágrafo 1°
las EC, solo estarán sujetas a rete fuente por concepto de rendimientos financieros
estarán excluídos
Renta presuntiva
Comparación patrimonial
Líquidación de anticipo del imp. sobre la renta
Parágrafo 2°
Este impuesto será tomado para el Fondo de educación y solidaridad(Art. 54 Ley 79, 1988
Parágrafo 3°
Solo se les aplicará lo establecido en
art.364-1
art. 364-5
Parágrafo 4°
El presupuesto destinado a remunerar no podrá exceder del 30% de los gastos totales anuales de la entidad.
Excepción- ingresos brutos anuales inferiores a 3500 UVT no les será aplicable
Parágrafo 5°
exclusión del régimen tributario especial-art 364-3
Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario
Art. 19-5 Ley 1819-2016
Las sociedades y entidades extranjeras son contribuyentes
Art. 20 Ley 1607-2012
son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios las sociedades y entidades extranjeras de cualquier naturaleza
Establecimiento permanente(Art.20-1)
Ley 1607-2012, art. 86
Parágrafo 1°
Parágrafo 2°
Parágrafo 3